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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de julio de 2010 421684 Que, por medio del Dictamen en Mayoría Nº 007-2010- COM-CDUTSV, presentado por los Señores Regidores Julián Molina Marín y Julio Sánchez Mena, integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Seguridad Vial, sugieren al Pleno aprobar el Proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial; asimismo, con Dictamen en Minoría Nº 001-2010-MPH-CDUTSV, el Señor Regidor Elías Zorrilla Flores, integrante de la Comisión precitada, recomienda la aprobación de la Nueva Fórmula Normativa propuesta por la Ofi cina de Asesoría Jurídica con la inclusión de algunas modifi caciones. Que, sometido a debate, luego de las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en el Numeral 8) del Artículo 9º, Numeral 5) del Artículo 20º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, con el voto en mayoría del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza con las modifi caciones planteadas: ORDENANZA QUE REGULA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO EN LA PROVINCIA DE HUARAL Artículo Primero.- CONSTITUIR la Comisión Consultiva de Transporte y Tránsito en la Provincia de Huaral y regular su funcionamiento, la cual estará integrada por los siguientes miembros: a) El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral. b) Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Seguridad Vial del Concejo Municipal. c) El Gerente de Transporte, Tránsito y seguridad Vial. d) Dos representantes de la Policía Nacional del Perú. e) El párroco de la Provincia de Huaral. f) Dos representantes de la Sociedad Civil elegidos en el marco del Presupuesto Participativo. g) Un representante de la Municipalidad Distrital de Aucallama. h) Un representante de la Municipalidad Distrital de Chancay. i) Un Representante del Sector Educación. j) Un Representante del sector salud. k) Tres Representantes de Transportistas Autorizados para la prestación de servicio en vehículos mayores de la Provincia, que cuenten con acreditación mayoritaria a nivel Provincial y que cuenten con autorización y con tarjetas de circulación vigentes emitidos por la Gerencia de Transporte de la Municipalidad Provincial. Cada Empresa sólo podrá acreditar a una sola persona. l) Dos representantes de los Transportistas del Servicio Especial en Vehículos menores que cuenten con acreditación mayoritaria a nivel Provincial de las Empresas o Asociaciones que cuenten con autorización vigente emitidos por la Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de Huaral. Cada persona Jurídica sólo podrá acreditar a una sola persona. Artículo Segundo.- La Comisión Consultiva de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial en la Provincia de Huaral, tiene el carácter consultivo y de coordinación en materia de Tránsito y Transporte Urbano e Interurbano en todas las modalidades en la Provincia de Huaral y tendrá las siguientes atribuciones: a) Coordinar, concertar y fomentar los planes reguladores y otros planes específi cos en materia de transporte, tránsito, educación y capacitación en seguridad vial. b) Tratar temas relacionados al desarrollo del Transporte y Tránsito en la Provincia de Huaral. c) Requerir Asesoría Técnica especializada y/o solicitar opinión a instituciones rectoras. Artículo Tercero.- La Comisión Consultiva de Transporte y Tránsito no ejerce funciones ni actos de gobierno. Artículo Cuarto.- Para la instalación y funcionamiento de la Comisión Consultiva de Transporte y Tránsito de la Provincia de Huaral, se requiere de la asistencia de la mitad más uno de los miembros. La ausencia de Acuerdos por consenso no impide al Concejo Municipal decidir lo pertinente. Artículo Quinto.- La Comisión Consultiva de Transporte y Tránsito en la Provincia de Huaral será presidida por el Alcalde Provincial de Huaral, pudiendo ser delegado a su elección en caso de ausencia, a un miembro de la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Seguridad Vial. Artículo Sexto.- La Comisión Consultiva de Transportes y Tránsito en la Provincia de Huaral se reunirá dos veces al año y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Alcalde Provincial. Artículo Sétimo.- Establecer como órgano de apoyo responsable del acervo documentario de la Comisión Consultiva al Gerente de Transportes Tránsito y Seguridad Vial. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Presidente de la Comisión Consultiva deberá convocar a las Instituciones que refi ere el Artículo 1º para que acrediten a sus representantes al día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza para que en el lapso de diez (10) días hábiles éste instale la Comisión. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguense todas las normas municipales que se opongan a la presente. Segunda.- En todo lo previsto para el régimen de sesiones y acuerdos adoptados por la Comisión, se utilizará como norma supletoria el SUBCAPITULO V - ÓRGANOS COLEGIADOS establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 514071-1 Reglamentan el proceso de la zonificación ecológica y económica de la provincia de Huaral y aprueban conformación de la Comisión Técnica ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2010-MPH Huaral, 10 de junio del 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 002-2010-CSSAE de la Comisión de Salud, Saneamiento Ambiental y Ecología; y, CONSIDERANDO; Que, el Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que las competencias y funciones de las Municipalidades Provinciales, comprende entre otras, la planifi cación integral del desarrollo local y el ordenamiento territorial provincial. Que, la Ley General del Ambiente – Ley Nº 28611, en sus Artículos 17º, 19º y 21º considera como instrumento de Gestión Ambiental el ordenamiento territorial que forma parte de la política de Ordenamiento Territorial, precisando