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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2010 (13/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de julio de 2010 422127 Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, al uno de julio de dos mil diez. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República MICHAEL URTECHO MEDINA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 518299-2 LEY Nº 29556 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRÍA EN HUAMACHUCO Artículo 1º.- Objeto de la Ley Declárase de necesidad pública e interés nacional la creación e implementación de la Universidad Nacional Ciro Alegría (UNCA) en la ciudad de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Formalización Encárgase al Poder Ejecutivo que remita al Congreso de la República la iniciativa de creación e implementación de la Universidad Nacional Ciro Alegría (UNCA) en la ciudad de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil diez. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República ANTONIO LEÓN ZAPATA Tercer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Trujillo, a los doce días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 518299-3 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 29557 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBTENCIONES VEGETALES Artículo Único.- Objeto de la Resolución Legislativa Apruébase el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, adoptado el 2 de diciembre de 1961, en la ciudad de París, República Francesa, y revisado el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los nueve días del mes de julio de dos mil diez. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República MICHAEL URTECHO MEDINA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 12 de julio de 2010. Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 518299-4 PODER EJECUTIVO AMBIENTE Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Ambiente DECRETO SUPREMO Nº 007-2010-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA