Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2010 (21/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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empresa RADIO LIDER S.R.L. autorizacion por el plazo de diez anos (10), que incluyo un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 28 de junio de 2011; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1878-2009MTC/28 del 21 de agosto de 2009, notificada el 25 de agosto de 2009, se aprobo la modificacion de la finalidad del servicio de la estacion de radiodifusion de comercial a educativa; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, entre otros, dispone que para la procedencia de la transferencia de una autorizacion, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion, y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television; Que, con escrito de registro Nº 2008-040553 del 09 de octubre de 2008, la empresa RADIO LIDER S.R.L., solicito la aprobacion de la transferencia de su autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 3922001-MTC/15.03 a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; Que, se ha verificado que la autorizacion de la empresa RADIO LIDER S.R.L., otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 392-2001-MTC/15.03 del 12 de junio de 2001, cumple con las condiciones para que opere la transferencia, establecidas en el articulo 74º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, y, que la adquirente la ASOCIACION CULTURAL BETHEL y sus asociados, no se encuentran incursos en las causales previstas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informes Nº 197-2010MTC/28 y Nº 921-2010-MTC/28, opina que se debe dar por aprobada la transferencia de autorizacion presentada por la empresa RADIO LIDER S.R.L., a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, y que por lo tanto, debe procederse a expedir la Resolucion Viceministerial que asi lo declare y reconozca a esta MORDAZA, como nueva titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 392-2001-MTC/15.03 del 12 de junio de 2001; asi como, de los derechos y obligaciones derivados de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 392-2001-MTC/15.03 del 12 de junio de 2001, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que le fuera otorgada a la empresa RADIO LIDER S.R.L.. Articulo 2º.- Reconocer a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 3922001-MTC/15.03 del 12 de junio de 2001, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo este todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de

Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 520811-1

Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicios de radiodifusion sonora en localidades de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 478-2010-MTC/03 MORDAZA, 30 de junio de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2009-036779 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Huancabamba, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Directoral Nº 975-2005-MTC/17, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, la entonces Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, aprobo el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito y provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, correspondiente a la localidad de Huancabamba; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 116-2004MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 204-2009-MTC/03 y Nº 032-2010-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Huancabamba, la misma que incluye al distrito y provincia de Huancabamba, departamento de Piura; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 500 w. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifico las Normas

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