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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2010 (29/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de julio de 2010 423037 Cáceres, región de San Martín, por un periodo de 40 años renovables. Artículo Segundo.- Defi nir que el área que se otorga en concesión, se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas UTM, con el Datum WGS84, en la zona 18, de la presente Resolución: Cuadro de coordenadas UTM VERTICE ESTE NORTE PP 222264 9214370 V2 223502 9216420 V3 225346 9215310 V4 226680 9216560 V5 228001 9215470 V6 230532 9214880 V7 232060 9217840 V8 233816 9221140 V9 235929 9224680 V10 236803 9228850 V11 240662 9227500 V12 244086 9226760 V13 246953 9227820 V14 251650 9224960 V15 252108 9221650 V16 255578 9223470 V17 258748 9219140 PO2 262150 9218300 V19 264067 9217030 V20 263334 9215100 V21 264524 9213040 V22 265637 9210010 V23 267036 9209660 V24 269102 9206590 V25 267781 9203520 V26 265880 9199940 V27 264778 9195030 V28 261449 9193040 V29 257460 9194440 V30 251118 9193360 V31 249404 9195700 V32 246580 9194080 V33 243647 9195250 V34 237808 9192640 V35 236041 9194050 V36 235025 9192560 V37 232440 9193740 V38 231032 9194040 V39 228847 9195420 V40 228072 9196390 V41 228077 9197670 PO3 226393 9199720 V43 225532 9201730 V44 226404 9203480 V45 227127 9203920 V46 226529 9205060 V47 227074 9207000 V48 229632 9207980 V49 226071 9210880 PO4 223100 9212720 Artículo Tercero.- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con la Dirección Regional Agraria – Dirección de Recursos Naturales Asuntos Ambientales Agrarios.. Artículo Cuarto.- Encargar a la Sub-Area Forestal y de Fauna Silvestre Juanjui – Saposoa, realizar las verifi caciones que correspondan, en aplicación de lo establecido en la normativa forestal y de fauna silvestre. Artículo Quinto.- Precisar que la publicación de la presente Resolución es de cargo de la “Asociación de Protección de Bosques Comunales Dos de Mayo – Alto Huayabamba”, según lo previsto en el artículo 18º de la Resolución Jefatural Nº 075-2007-INRENA, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de concesiones con fi nes de conservación. Artículo Sexto.- Notifíquese la presente Resolución a la Asociación de Protección de Bosques Comunales Dos de Mayo – Alto Huayabamba para que realice las gestiones pertinentes para su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Séptimo.- Transcribir la presente Resolución a la “Asociación de Protección de Bosques Comunales Dos de Mayo – Alto Huayabamba”, Dirección de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre, a la Dirección de Recursos Naturales y Asuntos Ambientales Agrarios, y al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ALVA REÁTEGUI Director 524491-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Disponen regular y pautar la Ordenanza Nº 039-2007-MDC, mediante la cual se aprobó el “Reglamento de Servicios de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores” y aprueban diversos formularios para efectos de su aplicación DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2010-A-MDC Cieneguilla, 16 de julio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 039-2007-MDC; Informe Nº 307-2010-GDUR-MDC de fecha 15 de Julio de 2010 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural e Informe Nº 153-2010-GAJ-MDC de fecha 15 de Julio de 2010 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades cuentan con autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27472 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 039-2007-MDC, de fecha 26 de Junio de 2007, se aprobó el “Reglamento de Servicios de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores“, con el objeto de regular los aspectos administrativos y técnicos que norman