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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de julio de 2010 423041 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 000155-2010-MDSJM que establece beneficio tributario y no tributario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 000009-2010-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 26 de julio del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO, el Informe Nº 053-2010-GR/MDSJM, de fecha 26 de julio de 2010, emitido por la Gerencia de Rentas; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza N° 000155-2010- MDSJM publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 30 de mayo de 2010, se aprobó el Beneficio Tributario y No Tributario en el distrito de San Juan de Miraflores, por medio del cual se establecieron una serie de disposiciones con la finalidad de incentivar el pago 524747-1 de obligaciones por parte de los contribuyentes de nuestro distrito; Que, en la Quinta Disposición Final de la mencionada Ordenanza, se faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe Nº 053-2010-GR/MDSJM, de fecha 26 de julio de 2010, emitido por la Gerencia de Rentas, se informa que estando por vencer la fecha de vigencia del Benefi cio de Regularización Tributaria, establecido en la Ordenanza N° 000155-2010-MDSJM, y teniendo en cuenta que muchos de los contribuyentes de nuestro Distrito aún no han tenido la oportunidad de cumplir con sus obligaciones tributarias y administrativas, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de agosto de 2010; Estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia de la Ordenanza Nº 000155-2010- MDSJM que, “Establece el Beneficio Tributario y No Tributario en el distrito de San Juan de Miraflores”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 524800-1 ORDEN DE LIBERACION Nº 0000 (ANEXO 05) Cieneguilla,……. de …………………del……………… EL SEÑOR GERENTE DE DESARROLLO URBANO Y RURAL, AUTORIZA LA LIBERACION DEL VEHICULO MENOR DE PLACA DE RODAJE Nº…………......................DEL DEPOSITO MUNICIPAL, LUEGO DE HABER PRESENTADO LOS PAGOS RESPECTIVOS . RECIBO Nº MONTO S/ PAPELETA Nº………… GASTOS ADM. DE TRASLADO AL DEPOSITO MUNICIPAL COSTO DIARIO POR GUARDIANIA EN DEPOSITO