Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2010 (17/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de junio de 2010

9. Certificado de Operacion: Documento que autoriza al vehiculo menor para que preste el servicio especial luego de cumplir con los requisitos senalados en la presente Ordenanza en una MORDAZA de trabajo autorizada y delimitada. 10. Credencial del Conductor: Documento que autoriza a una persona natural a prestar el servicio especial, luego de cumplir con los requisitos senalados en la presente Ordenanza, afiliada a una persona juridica debidamente autorizada. 11. Autoridad Policial: Personal de la Policia Nacional del Peru (PNP) que brinda el apoyo que sea necesario en el cumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza. 12. Flota: Numero de vehiculos menores autorizados por la municipalidad a la persona juridica, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ordenanza para la prestacion del servicio especial. 13. Constatacion de Caracteristicas Fisicas: Verificacion que realiza la autoridad administrativa, anualmente como minimo, de las condiciones basicas de las caracteristicas originales del vehiculo menor, en concordancia con la tarjeta de propiedad, MORDAZA interior y exterior del vehiculo, asi como de las condiciones de seguridad que deben de reunir para brindar en forma optima el servicio. 14. Inspector Municipal: Personal debidamente autorizado por la municipalidad conforme a las normas del Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RAS) o mediante contrato o convenio con persona juridica dedicada a la fiscalizacion, que tiene la funcion de supervisar el cumplimiento de la presente Ordenanza y demas disposiciones municipales, imponiendo las resoluciones de sancion respectivas por las infracciones que cometan las personas juridicas y/o los conductores de vehiculos menores, estando ademas facultado a disponer el internamiento de los vehiculos infractores en el deposito municipal y/o lugar que designe la municipalidad. 15. Resolucion de Sancion: Acto administrativo mediante el cual se impone al infractor (conductor y/o propietario y/o persona juridica autorizada o no) la multa y medida complementaria que corresponda. 16. Carne de Educacion y Seguridad Vial: Documento que expide la municipalidad a los conductores, que hayan realizado y aprobado el Curso de la Educacion y Seguridad Vial, el mismo que se realizara en forma anual organizado por la municipalidad. 17. Licencia de Conducir: Documento otorgado por la autoridad competente a la persona natural para conducir un vehiculo menor. 18. Sticker Vehicular: Distintivo municipal plastificado con la inscripcion "VEHICULO AUTORIZADO" adherido en la parte interna del parabrisas del vehiculo otorgado (y autorizado) por la municipalidad. 19. Deposito Municipal y/o lugar que designe la Autoridad Municipal: Locales propios de la municipalidad o alquilados para internar los vehiculos menores infractores, sancionados por la autoridad administrativa o quien haga sus veces. 20. Organizacion de Transportistas de Vehiculos Menores: Asociacion de personas juridicas debidamente constituida e inscrita en la Oficina de los Registros Publicos que deberan contar con no menos del 33% del total de las personas juridicas que prestan servicio de transporte en vehiculos menores en la jurisdiccion de San MORDAZA de Porres, debidamente autorizadas; las mismas que se acreditaran ante la autoridad administrativa distrital para conformar la Comision Tecnica Mixta convocada por la municipalidad. 21. Pasajero o Usuario: Persona natural que hace uso del servicio de transporte pagando el precio convenido. 22. Acta de Internamiento: Documento en el que se consignara las caracteristicas del vehiculo menor internado en el deposito municipal y/o lugar que designe la autoridad municipal (ver Anexo 1). 23. Orden de Liberacion: Documento que otorga la liberacion del vehiculo menor del deposito municipal y/o lugar que designe la autoridad municipal (ver Anexo 2). 24. Seguro Contra Accidente de Transito: Poliza de seguro vigente correspondiente al Seguro Obligatorio contra Accidente de MORDAZA (SOAT) o Asociacion Fondo contra Accidente de MORDAZA ( AFOCAT).

25. Via Metropolitana: Son aquellas vias administradas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, clasificadas en Via Expresa, Via Arterial y Via Colectora. 26. Via Expresa: Es aquella via que soporta importantes volumenes de vehiculos con circulacion de alta velocidad, en condiciones de flujo libre e ininterrumpido. Une zonas de importante generacion de MORDAZA, extensas zonas de vivienda, concentraciones comerciales e industriales. 27. Via Arterial: Es aquella que tambien lleva apreciable volumen de MORDAZA entre areas principales de generacion de MORDAZA y a velocidades medias de circulacion. 28. Via Colectora: Es aquella que tiene por funcion llevar el MORDAZA desde un sector MORDAZA hacia las vias arteriales y/o vias expresas. Sirve a una buena proporcion de MORDAZA de paso. 29. Via Local: Es aquella cuya funcion es proveer acceso a los predios o lotes adyacentes y no cuenta con un volumen de MORDAZA considerable. 30. MORDAZA Rigida: Area de la via en la que se prohibe el estacionamiento de vehiculos y se distingue por el pintado de los sardineles de color amarillo." "Articulo 16º.- La autoridad municipal debera establecer dentro de su jurisdiccion las zonas para el servicio de transporte de pasajeros en vehiculos menores, asignandoles un codigo para su identificacion; asimismo hasta que no se apruebe el Plan Regulador del Distrito de San MORDAZA de Porres no se permitira MORDAZA alguno de superposicion entre zonas de trabajo para nuevas resoluciones de operacion." "Articulo 30º.- Las sanciones que se impongan por infracciones a la presente Ordenanza y al servicio, seran: 1) Resolucion de sancion de multa. 2) Resolucion de sancion de multa mas la medida complementaria con el internamiento del vehiculo menor. 3) Cancelacion del permiso de operacion. El cobro por derecho de guardiania a los infractores y/o propietarios de los vehiculos menores internados en el deposito municipal, de conformidad con el numeral 2) del presente articulo, ascendera a S/. 10.00 (Diez Nuevos Soles) por cada dia o fraccion que el vehiculo permanezca internado." "Articulo 34º.- El infractor, con la MORDAZA de la resolucion de sancion, debera acercarse a la Subgerencia de Fiscalizacion y Control para obtener la orden de pago correspondiente, la misma que tendra un cincuenta (50%) de reduccion si la cancela dentro de los quince (15) dias calendarios a la fecha en que se impuso la resolucion de sancion. Vencido el plazo indicado perdera el beneficio. Asimismo, en caso de reincidencia en una misma infraccion en el lapso menor a 6 meses, perdera el beneficio del descuento del 50 % de reduccion." Articulo Segundo.- MODIFICAR la MORDAZA, Decima, Decimoquinta y Decimosexta Disposiciones Complementarias del Titulo VII, Capitulo I, de la Ordenanza Nº 118-MDSMP, quedando redactadas de la siguiente manera: "Segunda.- Las zonas y el numero de vehiculos menores requeridos por cada una de ellas seran establecidos por la autoridad municipal, teniendo una flota minima de doce (12) unidades vehiculares por MORDAZA de trabajo y tendran como numero MORDAZA cincuenta (50) unidades vehiculares por MORDAZA de trabajo, hasta que se establezca el Plan Regulador de Vehiculos Menores del Distrito de San MORDAZA de Porres." "Decima.- Conformese la Comision Tecnica Mixta de Transporte Menor, que tendra vigencia de un ano y estara integrada por: - Los cinco Regidores integrantes de la Comision de Planificacion MORDAZA y Transporte ­ o la que haga sus veces - de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres. - Un Representante de la Policia Nacional del Peru designado por su institucion.

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