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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (17/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de junio de 2010 420769 Artículo 23º.- Temas propuestos a desarrollar en La capacitación Las materias a desarrollar en las acciones de capacitación se señalan en el Anexo N° 01 de la presente ordenanza. CAPITULO IV DESARROLLO DE TALLERES DE TRABAJO Artículo 24º.- Talleres de Trabajo Los talleres de trabajo son las reuniones de los agentes participantes, convocadas por el Alcalde en los que, sobre la base de la visión y los objetivos estratégicos del Plan Integral de Desarrollo y Plan Estratégico Institucional, se identifi can, analizan y priorizan los problemas, potencialidades, las soluciones y se defi nen los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Artículo 25º.- Participación en los talleres de trabajo Los agentes participantes conformarán grupos de trabajo según los criterios que establezca la municipalidad. Los talleres se realizarán en forma descentralizada con cada grupo de trabajo, procurando así una mayor participación e intervención de los agentes participantes, pudiendo realizarse en cualquier local dentro de la jurisdicción de La Molina. Los grupos de trabajo estarán integrados por Agentes Participantes, debiendo estar conformado necesariamente por lo menos por un agente participante con derecho a voz y voto para adoptar decisiones válidas. En caso contrario, los grupos de trabajo deberán acumularse, a criterio del Equipo Técnico, con el fi n de cumplir con dicho requisito. Artículo 26º.- Desarrollo de los talleres de trabajo Las reuniones serán descentralizadas y por sectores, en cualquier local de la jurisdicción del distrito, a criterio del Equipo Técnico. El Equipo Técnico comunicará a los agentes participantes la sectorización que se ha dispuesto para el desarrollo de los talleres de trabajo del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 27º.- Convocatoria a los talleres Se convocará de acuerdo a lo previsto en la presente ordenanza, señalándose el día, lugar y hora. Se preverá una tolerancia de 30 minutos para el inicio de los talleres. Artículo 28º.- Intervenciones de los agentes participantes Las intervenciones de los agentes participantes deberán respetar las reglas básicas establecidas en la presente ordenanza y no deberán exceder de tres (3) minutos por cada agente participante. El Equipo Técnico si lo considera pertinente podrá extender las intervenciones por dos (2) minutos adicionales. Artículo 29º.- Adopción de acuerdos La adopción o aprobación de acuerdos en el proceso del Presupuesto Participativo, serán establecidas por consenso y si no fuera posible esto, por votación a favor de Ia mitad más uno de los agentes participantes asistentes con derecho a voto. CAPITULO V TALLER DE RENDICION DE CUENTAS, PLAN INTEGRAL DE DESARROLLO Y PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL Artículo 30º.- Rendición de Cuentas En este taller se informa sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos en el Proceso Participativo anterior. Igualmente, la visión y objetivos contenidos en el Plan Integral de Desarrollo y Plan Estratégico Institucional del distrito. Artículo 31º.- Elaboración de documentos para la rendición de cuentas La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto será la encargada de realizar el seguimiento y evaluación del Plan Integral de Desarrollo, Plan Estratégico lnstitucional y del Presupuesto Participativo del distrito, en todas sus etapas; elaborando la presentación y ayuda memoria para la rendición de cuentas que dará a conocer el Alcalde o quien éste designe, al inicio de los Talleres de Trabajo. Artículo 32º.- Contenido del Informe El informe de Rendición de Cuentas debe contener como mínimo Ia siguiente información: a) Resumen Ejecutivo de la Rendición de Cuentas, para ser expuesto a los Agentes Participantes. b) Grado de cumplimiento de los acuerdos y compromisos tomados durante el Proceso Participativo correspondiente. c) Nivel de avance en ejecución y resultados del presupuesto anterior aprobado, referente a las actividades y proyectos de inversión pública d) Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el presupuesto participativo anterior y modifi caciones presupuestarias realizadas. e) lnforme o Evaluación del nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por la Sociedad Civil. f) Presupuesto Institucional de Apertura del presente ejercicio. g) Resultados de La gestión en eL año anterior a nivel de actividades y proyectos y logro de los objetivos estratégicos. Artículo 33º.- Difusión de a rendición de cuentas El Alcalde a través de La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Tecnologías de La Información y Comunicaciones, pondrá a disposición de la comunidad en general un resumen ejecutivo de la rendición de cuentas mediante el portal institucional de la municipalidad, y si lo considera conveniente a través de otros medios disponibles. Artículo 34º.- Monto máximo de la asignación presupuestal. En esta etapa, se informa sobre el monto máximo de la asignación presupuestaria que será destinada al presupuesto participativo, luego de deducir del techo presupuestario para inversión los compromisos correspondientes a los proyectos en ejecución, la operación y mantenimiento de los proyectos culminados, los recursos para los programas estratégicos, obras de prevención de desastres, los proyectos de inversión a ser ejecutados en el marco de una emergencia para mitigar los efectos dañinos de un fenómeno natural de gran magnitud o por peligro inminente de su ocurrencia, proyectos de inversión destinados a la rehabilitación y reconstrucción de Ia infraestructura pública dañada, la contrapartida de proyectos de inversión que se fi nancian mediante operaciones oficiales de crédito, entre otros. Artículo 35º.- El Banco de Proyectos En esta etapa se propone el banco de proyectos a ser sometida al presupuesto participativo. Asimismo, se informa a los agentes participantes las condiciones para la consideración de los citados proyectos de inversión en el presupuesto institucional. CAPITULO VI TALLER DE IDENTIFICACION V PRIORIZACION DE RESULTADOS Artículo 36º.- Identifi cación y priorización de resultados Este taller tiene como objetivo identifi car los resultados, especifi cados en términos de mejoras en el bienestar ciudadano, a fi n de permitir, posteriormente, una adecuada asignación de los recursos públicos para el logro de los mismos. El Equipo Técnico presenta a los agentes participantes el diagnóstico del ámbito territorial para conocimiento e información con el objeto de ser utilizado en la identifi cación y priorización de resultados. Artículo 37º.- Fases del taller Este taller contiene las siguientes fases: