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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de junio de 2010 420764 Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de las más alta autoridad de la UNSAAC. Por otro lado el Art. 11 del D.S. 047-2002-PCM, prescribe que en el caso de viajes al exterior para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante resolución del Titular de la Entidad correspondiente. Si esto es así debe interpretarse que constituye gasto al Estado aquello proveniente del Tesoro Público. En el Presente caso el viaje al exterior se realizará con cargo a otros recursos no generados directamente por la Universidad, esto es la donación efectuada por la Fundación Ford; que en consecuencia es viable legalmente autorizar el viaje solicitado, dado que la donación ha sido perfeccionada para la ejecución exclusiva del Programa aludido; Que, sobre el asunto, obra en el expediente el Proveído S/N mediante el cual la Jefa de la Unidad de Contabilidad Presupuestal señala que la petición puede ser atendida con cargo al Código SIAF: 00113, Actividad: 1000250/3142867 Extensión y Proyección Social, Naturaleza de Gasto: 2.3.21.11 Pasajes y Gastos de Transporte (internacional), 23.21.22 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio (nacional) y 2.3.21.12 Viáticos y Asignación por Comisión de Servicio (Internacional), Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias; informe ratifi cado por la Dirección General de Administración a través del Proveído N° 418-2010-DIGA-UNSAAC, por consiguiente deberá emitirse la Resolución correspondiente; Estando a lo solicitado; Ley 29465, Ley 27619, Ley 27753, Art. 5 y 10 del DS. 047-2002-PCM y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley 23733 y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR EN COMISIÓN DE SERVICIO, al Mgt. MARCO ALCIDES VILLASANTE LLERENA, Director Ejecutivo del Programa Hatun Ñan “Políticas y Programas de Acción Afi rmativa para estudiantes de origen Quechua y Amazónico” de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a partir del 10 al 12 de junio de 2010, quien participará en la Reunión de Directores de Programa de Acción Afi rmativa PHE, que se llevará a cabo en la Universidad de Tarapacá, ciudad de Arica, República de Chile, del 10 al 12 de junio de 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- AUTORIZAR a La Dirección General de Administración, otorgue a favor del comisionado como sigue: - Pasajes vía terrestre Tacna-Arica-Tacna - Viáticos por dos (02) días internacional (10 y 11 de junio de 2010) en la suma de US$. 200.00 dólares americanos por día, al cambio del día en moneda nacional. - Medio Viático Nacional (12 de junio de 2010) en la suma de S/.105.00 Nuevos Soles. Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo al Código SIAF: 00113, Actividad: 1000250/3142867 Extensión y Proyección Social, Naturaleza de Gasto: 2.3.21.11 Pasajes y Gastos de Transporte (internacional), 23.21.22 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio (nacional) y 2.3.21.12 Viáticos y Asignación por Comisión de Servicio (Internacional), Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias. Cuarto.- ACLARAR que los pasajes hasta la ciudad de Tacna a favor del comisionado, serán asumidos por el Programa Thakhi. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA, la obligación del comisionado de presentar informe documentado de los gastos efectuados ante la Dirección General de Administración, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones Nros. CU-0101-2007-UNSAAC, R-248- 2008-UNSAAC, R-281-2009-UNSAAC y Art. 10 del D.S. Nº 047-2002-PCM, en el plazo de quince (15) días, de haber retornado a esta ciudad, perdiendo dicho derecho al fi nalizar el plazo indicado. Sexto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619. El Vicerrectorado Administrativo y la Dirección General de Administración, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, transcríbase y archívese. VICTOR RAÚL AGUILAR CALLO Rector 507832-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el año 2009 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 08-2010-GRA/DREMA Ayacucho, 20 de mayo de 2010 VISTO: El Informe Nº 0157-2009-GRA/DREMA/ATN, de fecha 14 de abril del 2010, del Área Técnica Normativa de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, haciendo referencia al artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de la Minería, establece que para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley, el Registro Público de Minería, dentro de los primeros 15 días de cada mes publicará en el Diario Ofi cial El Peruano la Relación de las Concesiones Mineras cuyos títulos hubieran sido otorgadas durante el mes inmediato anterior; Que, de conformidad Informe Nº 0157-2009-GRA/ DREMA/ATN, de fecha 14 de abril del 2010, del Área Técnica Normativa de la Dirección Regional de Energía y Minas, informa la Relación de cuarenta y nueve (49) títulos de concesiones mineras, otorgadas el año 2009 se encuentran expeditos para la publicación correspondiente en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad a la Resolución Ministerial Nº 550- 2006-MEM-DM, publicada con fecha 18 de noviembre del 2006 se declaró que el Gobierno Regional de Ayacucho, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de la fecha para el ejercicio de la misma, y de conformidad al Decreto Supremo Nº 084-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el año 2009, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º