TEXTO PAGINA: 76
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de junio de 2010 421318 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban conformación y funcionamiento de la Mesa de Trabajo del Sector Regional de Educación para ejecutar la implementación de etapas del proceso de modernización aprobado por Ordenanza Nº 077-AREQUIPA ORDENANZA REGIONAL Nº 112-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme se desprende de los artículos 1 y 4 de la Ley Nº 27658, el proceso de modernización de todas las instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos del Estado (sin excepción), ha devenido en una meta y un deber permanente para los diferentes niveles de gobierno; en ese sentido, y dado que esta modernización estatal (necesaria, progresiva e ininterrumpida) se ha constituido en una estrategia esencial de gobierno y de gestión, entonces, corresponde anotar que en su validez y legitimidad es esencial procurar los siguientes objetivos fundamentales: A.-) Mayores niveles de efi ciencia en la prestación de los servicios públicos B.-) Canales efectivos de participación ciudadana C.-) Medidas y acciones de desconcentración y de descentralización D.-) Gestión transparente en las diferentes fases presupuestales E.-) Servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados F.-) Equilibrio, priorización y optimización en el uso de los recursos públicos Que, bajo esta perspectiva, en la presente Gestión, el proceso de modernización de la estructura organizacional y funcional del Gobierno Regional de Arequipa, ha tenido la aprobación y ejecución de medidas generales, y también, de acciones específi cas para los diferentes sectores, unidades orgánicas y procedimientos. Que, aprobado el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA, y también, aprobada la Modernización Descentralizada de la Gestión del Sistema Educativo Regional y de la Gerencia Regional de Educación, por medio de la Ordenanza Regional Nro. 077-AREQUIPA, adicionalmente, con el Acuerdo Regional Nro. 021-2010-GRA/CR-AREQUIPA, se ha propuesto la conformación de una Mesa de Trabajo para los efectos de fortalecer aún más la participación de organizaciones e instituciones del sector en la ejecución y/o implementación de las etapas del proceso de modernización aprobado. Que, formulada la propuesta por la Gerencia Regional de Educación, entonces, por las consideraciones anotadas, y, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055- AREQUIPA; Estando al Dictamen Nº 022-2010-GRA/CR-CDS. SE ORDENA: Artículo 1º.- Mesa de Trabajo APROBAR la conformación y funcionamiento de la Mesa de Trabajo del Sector Regional de Educación, para los efectos de ejecutar la implementación de las etapas del proceso de modernización aprobado con la Ordenanza Regional Nro. 077-AREQUIPA; Mesa de Trabajo que estará integrada conforme el siguiente detalle: MESA DE TRABAJO DEL SECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN Representación Institucional (01) representante titular y (01) alterno de la Gerencia Regional de Educación (GRE) (01) representante titular y (01) alterno de la Dirección de Gestión Pedagógica de la (GRE) (01) representante titular y (01) alterno de la Dirección de Gestión Institucional de la (GRE) (01) representante titular y (01) alterno de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la (GRE) (01) representante titular y (01) alterno de la Ofi cina de Administración de la (GRE) (01) representante titular y (01) alterno de la Dirección de la UGEL Norte (01) representante titular y (01) alterno de la Dirección de la UGEL Sur (01) representante titular y (01) alterno de las Direcciones de las UGEL de Provincias (01) representante titular y (01) alterno de la Asociación de Directores de IE (01) representante titular y (01) alterno del Equipo de Reingeniería Representación Gremial (01) representante titular y (01) alterno del SUTEP (01) representante titular y (01) alterno del Colegio de Profesores (01) representante titular y (01) alterno del SIDESP (01) representante titular y (01) alterno del SIDES (01) representante titular y (01) alterno del SITDREA (01) representante titular y (01) alterno del SITASE UGEL Norte (01) representante titular y (01) alterno del SITASE UGEL Sur (01) representante titular y (01) alterno de la FENTASE Representación Civil (01) representante titular y (01) alterno del COPARE (01) representante titular y (01) alterno del Consorcio de Centros Educativos Católicos de AQP (01) representante titular y (01) alterno de los sectores productivo y empresarial de AQP - - - - - - - Artículo 2º.- Vigencia Normativa La Norma Regional aprobada entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Ofi cial El Peruano, como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; en ese sentido, se encarga a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nro. 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veintiún días del mes de mayo de 2010. CARMEN YAÑEZ FERNANDEZ Presidenta del Consejo Regional de Arequipa