Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (26/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de junio de 2010 421305 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aprueban el Plan de Trabajo de Medidas de Ecoeficiencia del SERNANP RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL Nº 27-2010-SERNANP Lima, 17 de Junio de 2010 VISTO: El Informe Nº 012-2010-SERNANP-SG de fecha 02 de Junio de 2010 de la Secretaría General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que recomienda aprobar el Plan de Trabajo para implementar medidas de ecoefi ciencia en la institución. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 2) de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se creó el SERNANP, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente, así como, en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE y su autoridad técnica normativa; Que, de conformidad con la Décimo Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, las entidades públicas continúan fortaleciendo las medidas de ecoefi ciencia para el Sector Público, tales como: ahorro de consumo de energía, agua y papel, así como gastos de combustible en sus vehículos, entre otras; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM del 14 de mayo de 2009, se aprobaron las medidas de ecoefi ciencia para las entidades del Sector Público, en cuyo artículo 7º, numeral 7.4, se establece que el Plan de Ecoefi ciencia Institucional es el documento que contiene el conjunto de medidas de ecoefi ciencia identifi cadas como viables en el diagnóstico de oportunidades, las que incluyen innovaciones tecnológicas y organizacionales para prestar un mejor servicio público; Que, en el documento del visto, se informa que se ha presentado un Plan de Trabajo que contiene medidas de ecoefi ciencia que permitirán a la institución alcanzar ratios mayores de ecoefi ciencia; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º, literal a), del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006- 2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan de Trabajo de Medidas de Ecoefi ciencia del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, cuyo texto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Ofi cina de Administración es la responsable de implementar las medidas de ecoefi ciencia que contiene el Plan de Trabajo aprobado en el artículo precedente. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web institucional: www.sernanp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALCIDES CHÁVARRY CORREA Secretario General (e) 512110-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgados de Paz en las Comunidades Centro América, Dos de Mayo y Nuevo Valentín, así como en el Centro Poblado Menor “La Viña”, Distritos Judiciales de Loreto y Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 076 - 2010 - CE - PJ Lima, 24 de febrero de 2010 VISTOS: El Ofi cio N° 2419-2009-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe N° 010-2010-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Centro América, Distrito de Fernando Lores, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1300 habitantes, conjuntamente con las Comunidades Tapirillo, Ocho de Mayo, Mangua, Samiria I Zona, Samiria II Zona, San Marcos, Nuevo San Jorge, Flor de Oriente, Terradona, Tapira, Buenas Nuevas y San Jorge, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a cuatro horas de distancia desplazándose en peque peque por vía fl uvial en la localidad de Tamshiyacu, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 010-2010-SEP-GP- GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Centro América, Distrito de Fernando Lores, Provincia de Maynas, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; consignándose los límites geográficos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes del centro poblado y comunidades a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del doctor Jorge Alfredo Solís Espinoza, sin la intervención de los señores Consejeros Robinson Octavio Gonzáles Campos y Darío Palacios Dextre, por encontrarse de vacaciones y licencia, respectivamente, por unanimidad;