Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2010 (26/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de junio de 2010

RENIEC, Oficio N° 280-2010-SGAE/GOR/RENIEC y Oficio N° 812-2010/GOR/ SGAE/RENIEC, expedidos por la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC, superando dicha cantidad las 3281 firmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comite distrital de San MORDAZA de Porres, se verifica que el acta de constitucion ha sido suscrita por mas de cincuenta (50) adherentes debidamente identificados; asimismo, se constata el funcionamiento de dicho comite segun se advierte del Memorando N° 761-2009-DNFPE/JNE, de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales; Que, adicionalmente, la organizacion solicitante ha presentado un Acta de Fundacion, el cual contiene la denominacion, el domicilio legal, la designacion del apoderado, de los representantes legales, de los personeros legales y tecnicos, el organo directivo con expresa mencion de las personas que ocuparan los cargos designados y la aprobacion de un ideario con los principios, objetivos y la vision del citado distrito; Que, con fecha 20 de mayol de 2010, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la sintesis de la solicitud de inscripcion a efectos de que cualquier persona natural o juridica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la organizacion politica solicitante dentro del plazo de 05 dias habiles posteriores a la publicacion, conforme lo senala el articulo 10º de la Ley Nº 28094, documento que fuera remitido a este Registro por los interesados el 24 de MORDAZA de 2010; asimismo, de acuerdo al Memorando N° 0724-2010-SC/ JNE de fecha 01 de junio de 2010, la Oficina de Servicios al Ciudadano informa que no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripcion dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la organizacion politica local distrital "SAN MORDAZA CON DECISION" del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el libro especial de organizaciones politicas locales, Tomo ocho, Partida Electronica numero trece, y registrese la inscripcion en el Asiento numero uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personeros legal titular y alterno a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuapanqui y MORDAZA MORDAZA Apestegui MORDAZA, respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Director del Registro de Organizaciones Politicas 511605-1

El Proveido Nº 003125-2010/JNAC/RENIEC (09JUN2010), emitido por la Jefatura Nacional y el Informe Nº 001059-2009/GAJ/RENIEC (10JUN2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como un organismo MORDAZA de derecho publico interno, encargado por disposicion de la Constitucion Politica del Estado, de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos vitales y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el articulo 7º literal b) de la Ley Nº 26497 senala que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil tiene como una de sus funciones el registrar los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifiquen el estado civil de las personas, las mismas que son desempenadas por el Registrador del Estado Civil y tienen por objeto la proteccion de la persona humana en el ejercicio de sus derechos civiles; Que, la labor desempenada por el Registrador del Estado Civil en las Oficinas de Registro del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades, Hospitales, Centros Poblados, Comunidades Nativas, Oficinas Registrales Consulares y Oficinas Registrales implementadas por el RENIEC conforme al MORDAZA de revocacion e incorporacion; resulta de MORDAZA importancia, no solo por el ejercicio de la fe publica administrativa brindada de modo profesional, MORDAZA y por delegacion del Estado, sino tambien por la seguridad juridica brindada en cada una de las inscripciones obrantes en el Registro de Estado Civil; Que, lo expuesto hace indispensable expresar el saludo de la Institucion a los Registradores del Estado Civil, con motivo de celebrarse el 26 de junio, el dia del Registro del Estado Civil, dado su permanente esfuerzo por prestigiar la funcion desempenada y del Sistema Registral a cargo del RENIEC; y su empeno continuo al servicio de la sociedad; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 4482010-JNAC/RENIEC (20MAY2010); SE RESUELVE: Articulo Unico.- Expresar el reconocimiento Institucional a los senores Registradores del Estado Civil por la denodada e incesante labor registral que vienen prestando en sus respectivas Oficinas, exhortandolos a mantener su vocacion de servicio en favor del Sistema Registral y de la sociedad. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 509475-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Expresan reconocimiento institucional a Registradores del Estado Civil por su labor
RESOLUCION JEFATURAL Nº 523-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 14 de junio de 2010

Incorporan a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
RESOLUCION JEFATURAL N° 544-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 22 de Junio de 2010 VISTOS: El Informe N° 000067-2010/GRC/RENIEC (17JUN2010) emitido por la Gerencia de Registros Civiles, el Oficio

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