Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2010 (10/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2010

relaciones comunitarias con los centros poblados de las zonas rurales y altoandinas de la Region Tacna. Articulo Tercero.- PROMOVER dentro de las entidades del sector publico del ambito regional, la responsabilidad social con los poblados de las zonas rurales y altoandinas. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a todas las dependencias del Gobierno Regional Tacna, cuyas obras o proyectos de desarrollo hayan generado impacto sobre los centros poblados de las zonas rurales y altoandinas de la Region, a elaborar y/o gestionar actividades orientadas a fortalecer las relaciones comunitarias con los mismos. Articulo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintiseis de febrero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia uno de Marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio respecto de inmueble ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 1039-2009-A-SEGE-02-MDEA El MORDAZA, 23 de diciembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. VISTO: El Expediente Nº 21905-09 de fecha 12-11-2008, seguido por el Presidente del Consejo de Administracion Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con D.N.I. Nº 07075072, en representacion de la COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS MORDAZA LTDA., propietario del Predio que se encuentra constituido por la acumulacion de los siguientes terrenos: Parte de la MORDAZA Cercada, Ladrillerita y el MORDAZA, ubicado entre la Avenida Circunvalacion y la Av. Ferrocarril, del Distrito de El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, quien solicita ACOGERSE AL ARTº 24 DE LA LEY Nº 29090, LEY DE REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES, Y SE DECLARE DE OFICIO LA HABILITACION URBANA. CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 21905-09 de fecha 12-11-2008, seguido por el Presidente del Consejo de Administracion Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con D.N.I. Nº 07075072, en representacion de la COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS MORDAZA LTDA., propietario del Predio que se encuentra constituido por la acumulacion de los siguientes terrenos: Parte de la

MORDAZA Cercada, Ladrillerita y el MORDAZA, ubicado entre la Avenida Circunvalacion y la Av. Ferrocarril, del Distrito de El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, quien solicita ACOGERSE AL ARTº 24 DE LA LEY Nº 29090, LEY DE REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES, Y SE DECLARE DE OFICIO LA HABILITACION URBANA. Que, de conformidad a la MORDAZA Literal de la Partida Nº 49071790, del terreno a favor de la COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS MORDAZA LTDA., que se encuentra ubicado entre la Avenida Circunvalacion y la Av. Ferrocarril dentro del Distrito de El MORDAZA, como consecuencia de la Independizacion anotada del predio inscrito en la presente partida ha quedado reducido a el AREA REMANENTE con una area de 77,284.72 m2. Que las Municipalidades Distritales tienen funciones especificas y exclusivas para regular aspectos relacionados a Habilitaciones Urbanas de predios ubicados dentro de su jurisdiccion, conforme a lo previsto en el numeral 3.6.1del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que mediante el Articulo 24º de la Ley Nº 29090, Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se senala que las Municipalidades Distritales y las Provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de Habilitacion Urbana. Que con Informe Nº 506-2009-SGCAT/HU-GDUMDEA, de fecha 01-12-2009, la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, conforme a la evaluacion efectuada y constatandose los Datos Tecnicos de conformidad a los Planos y Memoria Descriptiva, debiendose tener presente que, se trata de un predio registralmente calificado como terreno MORDAZA que se encuentra ubicado en MORDAZA MORDAZA consolidada con edificaciones y servicios publicos. Esta situacion lo enmarca dentro del alcance del Artº 24, de la Ley Nº 29090, que establece la Habilitacion MORDAZA de Oficio, debiendo la Municipalidad emitir la Resolucion correspondiente. Que con Informe Nº 762-2009-GDU-MDEA, de fecha 11-12-2009, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite todos los actuados para opinion legal. Que con Informe Nº 1073-2009-GAJ-MDEA, de fecha 16-12-2009, la Gerencia de Asesoria Juridica, considera que se han dado los supuestos legales, senalados en el Art. º 24 de la Ley Nº 29090, para que la entidad pueda declarar Habilitado de Oficio como MORDAZA el Uso del Suelo de la Cooperativa de Vivienda Los MORDAZA y para ello se debera de emitir el Resolutivo correspondiente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del capitulo II del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo establecido en el art.º 24 de la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, D.S. Nº 024-2008-Vivienda, Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencia de Edificacion, Ordenanzas Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 1025-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones, y estando a lo informado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Asesoria Juridica,. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR HABILITADO DE OFICIO, de conformidad al Plano Signado con el Nº 001-2009HUO-SGCAT/HU-GDU-MDEA y 002-2009-HUOSGCAT/HU-GDU-MDEA, la Habilitacion MORDAZA de Oficio, correspondiente al Replanteo de Lotizacion, destinados a Uso Residencial de Densidad Media (RDM), correspondiente al Predio que se encuentra constituido por la acumulacion de los siguientes terrenos: Parte de la MORDAZA Cercada, Ladrillerita y el MORDAZA, ubicado entre la Avenida Circunvalacion y la Av. Ferrocarril, del Distrito de El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, con una area de 77,284.72 m2.

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