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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de marzo de 2010 415344 Distrito de Lince, el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago entre Otros correspondiente al Ejercicio 2010; Que, estableciéndose Benefi cios por pronto pago de los Arbitrios Municipales para el presente año, entre los cuales se determina que los contribuyentes que cumplan con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2010 dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial recibirán un descuento del 15% y si cancelen sólo un Semestre completo recibirán el 10% de descuento; Que, se establecieron además, las fechas de vencimiento del pago de Impuesto Predial hasta el 27 de febrero (pago al contando) y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas, venciendo la primera cuota el 27 de febrero y respecto a los Arbitrios Municipales el 27 de febrero como fecha de cancelación de los meses de enero y febrero; Que, de conformidad, con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 259-MDL que faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, asimismo para establecer la prórroga de este Benefi cio de ser el caso; Que, asimismo teniendo en cuenta los innumerables pedidos de contribuyentes, solicitando ampliación de los plazos establecidos, a efectos de que cumplan oportunamente con la cancelación de sus obligaciones tributarias; Que, resulta necesario otorgar a los contribuyentes las máximas facilidades para el cumplimiento ordenado y oportuno de sus obligaciones tributarias; Que estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del artículo 20 de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y el Acuerdo de Concejo Nº 17-2010-MDL de fecha 17/02/2010; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar las Fechas de Vencimiento para el Pago de los Tributos Municipales Ejercicio 2010, según detalle: IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES Al Contado: 30 de Abril 2010 Enero : 30 de Abril 2010 Febrero : 30 de Abril 2010 Artículo Segundo.- Los Benefi cios establecidos en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 259-MDL serán de aplicación en función del artículo procedente. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Administración Tributaria, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Tecnología de Información Proceso y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIAN CARLO ALBERTO FLORES CACERES Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 465365-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan fecha de vencimiento de pago anual y de la primera cuota del Impuesto Predial 2010 ORDENANZA Nº 334-CDLO Los Olivos, 26 de febrero de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 03-2010-CDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto’; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributaras vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que de acuerdo al T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal – D.S. Nº 156-2004-EF, el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial es el último día hábil del mes de febrero del ejercicio de pago; Que, de acuerdo al cronograma de cálculo e impresión de los formatos que conforman la Cuponera de los Tributos Municipales, se ha determinado que su distribución se realizara a partir de la segunda quincena del mes de febrero del presente a los contribuyentes, lo cual les impedirá a éstos poder programar en forma oportuno el cumplimiento de sus obligaciones tributarias para el primer trimestre 2010 por los escasos días de pago que quedan para el presente mes. Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó por unanimidad la siguiente; ORDENANZA Nº 334-CDLO QUE PRORROGA LA FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO ANUAL Y DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL 2010 Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo del presente ejercicio el vencimiento de pago anual y de la primera cuota del Impuesto Predial 2010, así como la obligación de la presentación de la declaración jurada de autoavaluo del ejercicio. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y FISCALIZACIÓN el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUB GERENCIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TIC’s, su debida implementación en el sistema informático, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicación y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 465971-1 Amplían plazo de exoneración de gastos y costas procesales para deudas tributarias por pago al contado ORDENANZA Nº 335-CDLO Los Olivos, 26 de febrero de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 04-2010-CDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los