Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2010 (20/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de marzo de 2010

aplicable a las deudas tributarias, correspondientes a tributos administrados por la Municipalidad de MORDAZA del Mar". Articulo Segundo.- La presente modificacion se aplicara a partir del 01 de Marzo del 2010. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, al Departamento de Recaudacion y Control y al Departamento de Informatica y Estadistica. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA QUARTARA MORDAZA DE RUAS Alcaldesa

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Aprueban Ordenanza que prorroga las fechas de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2010 y beneficios tributarios de descuentos
ORDENANZA Nº 428-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 18 de marzo de 2010. LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 05 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 075­2010-GATR-MDMM de fecha 12 de Marzo de 2010 de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; Informe Nº 128­2010-GATR/DRC-MDMM de fecha 12 de Marzo de 2010 del Departamento de Recaudacion y Control, y; el Informe Nº 0315-2010-GAJMDMM de fecha 15 de Marzo de 2010 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus contribuciones, arbitrios, tasas, licencias y derechos administrativos, de conformidad con los articulos 191º y 192º, numerales 2) y 3) de la Constitucion Politica del Peru, concordantes con las Normas III y IV del Titulo Preliminar y el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, mediante la Ordenanza Nº 425-MDMM, el Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, aprobo prorrogar las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2010, dispuestas por la Ordenanza Nº 420-MDMM, estableciendose en el articulo primero como fecha de vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial para el dia 17 de Marzo del 2010 y en el articulo MORDAZA como fecha de vencimiento de los meses de enero y febrero de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2010 para el dia 17 de Marzo del 2010; Que, mediante Ordenanza Nº 422-MDMM, publicada con fecha 6 de enero del 2010, el Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA aprobo el otorgamiento de beneficios tributarios a los contribuyentes que cumplen puntualmente con el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2010, fijandose, como requisito para acceder a los beneficios tributarios de descuentos, en los puntos 1 y 2 del articulo primero, la fecha limite para la cancelacion al contado de los tributos, el dia 26 de febrero del 2010; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2010MDMM, publicado con fecha 26 de febrero del 2010,

se prorrogo la fecha limite para la cancelacion, al contado, de tributos fijada como requisito para acceder a beneficios tributarios de descuentos, dispuestos en los puntos 1 y 2 del articulo primero de la Ordenanza Nº 422-MDMM, publicada con fecha 6 de enero del 2010, fijandose como fecha limite para la cancelacion al contado de los tributos hasta el dia 17 de Marzo del 2010; Que, de los informes emitidos por las areas tecnicas competentes, se aprecia que a la fecha existe un considerable numero de contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA, que aun no han cumplido con cancelar sus tributos correspondientes al ejercicio 2010, razon por lo cual es necesario brindarles mayores facilidades, a efecto que estos cumplan con la cancelacion de sus tributos, para lo cual resulta necesario prorrogar tanto la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota, correspondiente al Impuesto Predial del Ejercicio 2010, fijada por la Ordenanza Nº 425-MDMM para el 17 de Marzo de 2010 hasta el 31 de Marzo de 2010 y la fecha de vencimiento para el pago de los meses de enero y febrero del ano 2010 correspondiente a los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2010, fijada por la Ordenanza Nº 425-MDMM para el 17 de Marzo de 2010 hasta el 31 de Marzo de 2010; Que, en el mismo sentido, de los informes MORDAZA mencionados se desprende que, es necesario prorrogar la fecha limite para la cancelacion, al contado de tributos, fijada como requisito para acceder a beneficios tributarios de descuentos, dispuestos en los puntos 1 y 2 del Articulo Primero de la Ordenanza Nº 422-MDMM, publicada con fecha 6 de enero del 2010, prorrogada al 17 de Marzo del 2010, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 002-2010MDMM, publicado con fecha 26 de febrero del 2010, estableciendose como nueva fecha limite hasta el dia 31 de Marzo del 2010; Estando a lo dispuesto por el articulo 9º numerales 8), 38) y 40) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2010 Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS Articulo Primero.PRORROGAR la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota, correspondiente al Impuesto Predial del Ejercicio 2010, fijada por la Ordenanza Nº 425-MDMM, desde el 17 de Marzo de 2010 hasta el 31 de Marzo de 2010. Articulo Segundo.- PRORROGAR, la fecha de vencimiento para el pago de los meses de enero y febrero del ano 2010 correspondiente a los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2010, fijada por la Ordenanza Nº 425- MDMM, desde el 17 de Marzo de 2010 hasta el 31 de Marzo de 2010. Articulo Tercero.- PRORROGAR la fecha limite para la cancelacion, al contado de tributos, fijada como requisito para acceder a beneficios tributarios de descuentos, dispuestos en los puntos 1 y 2 del articulo primero de la Ordenanza Nº 422-MDMM, hasta el dia 31 de Marzo del 2010. Articulo Cuarto.- DEJESE SIN EFECTO los intereses moratorios que se pudieran generar con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Articulo Quinto.- FACULTESE a la Sra. Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente ordenanza. Articulo Sexto.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y al Departamento de Recaudacion y Control y al Departamento de Informatica y Estadistica. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QUARTARA MORDAZA DE RUAS Alcaldesa

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