Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2010 (20/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de marzo de 2010

RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 026-2010-GRA/PR-GGR
VISTO: El Expediente Nº 052-2009-GRA/OOT, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado, de un terreno eriazo de de 3 383767 Has, ubicado a la altura del KM. 17 de la Carretera Mollendo ­ MORDAZA del distrito de Mollendo Panamericana Sur, provincia de Islay, departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolucion Nº 011-2002/SBN y Resolucion Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 052-2009-GRA-OOT y el Informe Nº 016-2010-GRA/ OOT, Informe Nº 723-2010-GRA/OOT emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se tiene que se ha seguido el procedimiento establecido en la mencionada Directiva y que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo senalado y de la documentacion acompanada, consideramos que es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado, el terreno eriazo de de 3 383767 Has, ubicado a la altura del KM. 17 de la Carretera Mollendo ­ MORDAZA del distrito de Mollendo Panamericana Sur, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolucion es visada por los funcionarios que suscribieron el informe tecnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 157-2010-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad

con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 337-2007GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de domino a favor del Estado, de un terreno eriazo de de 3 383767 Has, ubicado a la altura del KM. 17 de la Carretera Mollendo ­ MORDAZA del distrito de Mollendo Panamericana Sur, provincia de Islay, departamento de MORDAZA,. conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 3º.- La MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el articulo primero. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecisiete (17) dias del mes de Febrero del Dos Mil Diez. Registrese y comuniquese BERLY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Declaran la cuarta semana del mes de marzo de cada ano como la "Semana del Artesano Productor de la provincia de Lima"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003
MORDAZA, 18 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social. Asimismo, conforme al articulo 73º, inciso 4.4 de la citada MORDAZA, las municipalidades asumen competencias y ejercen funciones especificas para el fomento de la artesania; Que, de acuerdo al articulo 33º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, toda mencion contenida en la legislacion nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende tambien hecha a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en lo que le resulte aplicable; Que, en el articulo 64º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, se establece que los Gobiernos Regionales tienen entre sus funciones especificas, planificar concertadamente y ejecutar el desarrollo de la actividad

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