Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2010 (01/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

418291

Autorizan viaje de funcionario para participar en evento sobre el MORDAZA de remesas que se realizara en los Estados Unidos Mexicanos
RESOLUCION SBS Nº 3519-2010
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I.) VISTA: La invitacion del Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN), miembro del Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para participar en el evento global "RemesAmericas 2010: Remesas para el Futuro", que se celebrara en la MORDAZA de Mexico, Estados Unidos Mexicanos, los dias 6 y 7 de MORDAZA de 2010; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento es una plataforma que provee un espacio de dialogo y discusion para que actores del MORDAZA de remesas intercambien lecciones aprendidas y experiencias exitosas de proyectos implementados en los ultimos 10 anos en MORDAZA Latina y el Caribe, en la cual se analizara el futuro de los negocios de transferencia de dinero al identificar nuevas areas de intervencion, cerrando con un debate sobre el futuro de la banca movil en la region y el mundo; Que, el evento congregara a oficiales de alto nivel del sector financiero, directivos de negocios de remesas, representantes de gobiernos, agencias internacionales de donantes y otros actores provenientes de diversas partes del mundo; Que, atendiendo la invitacion cursada y por ser de interes para la Institucion participar en este foro internacional, de singular importancia para las actividades que MORDAZA desarrolla, se estima conveniente la asistencia del senor MORDAZA MORDAZA Izu Kanashiro, Analista Principal del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que concurra al citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciendose en el Numeral 4.2.1., que se autorizaran los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus funcionarios, asi como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS-DIR-ADM-08513 y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolucion SBS Nº3329-2010; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Izu Kanashiro, Analista Principal del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, del 5 al 8 de MORDAZA de 2010, a la MORDAZA de Mexico, Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un

informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ US$ 796.39 660,00 31,00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUIROGA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

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Modifican numerales de la Circular Nº G-146-2009 sobre Servicio de Atencion a los Usuarios
CIRCULAR Nº G-150-2010
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2010 -----------------------------------------------------------Ref. : Servicio de Atencion a los Usuarios ------------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de la atribucion conferida por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada mediante Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y con la finalidad de promover la adecuacion de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT) a lo previsto en la Circular G-146-2009, sobre Servicio de Atencion a los Usuarios, se ha considerado modificar los numerales 20 y 21 de la precitada Circular, en los siguientes terminos: 1.- Modificar el numeral 20, incorporandole el siguiente parrafo: "20. Vigencia ... De igual modo, a las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT) se les otorga adicionalmente un plazo de adecuacion de noventa (90) dias contados a partir de la vigencia de la presente circular." 2.- Modificar el numeral 21, agregandole el numeral 21.3 segun el siguiente texto: "21. Disposiciones transitorias ... 21.3 En el caso de las AFOCAT, esta Superintendencia podra poner a su disposicion, mediante Oficio Multiple, un esquema que indique el contenido minimo que deben presentar los manuales previstos en la presente circular y los procedimientos de atencion de reclamos y consultas; asi como formatos para la recepcion y registro de los reclamos, reportes, informes trimestrales, entre otros. Respecto al registro de los requerimientos de informacion de entidades gubernamentales, asi como de los reclamos, previsto en los numerales 4.1 y 5.4, las AFOCAT deberan realizarlo "como minimo" o "al menos" en un documento Excel. A efectos de garantizar un adecuado seguimiento de los reclamos de los usuarios, esta Superintendencia podra realizar las precisiones y requerimientos que considere pertinentes.

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