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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de mayo de 2010 418833 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA D.A. Nº 006.- Instauran el 17 de enero como el día de Acción de Gracias y Oración por la Ciudad de Lima 418879 Res. Nº 071-2010-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resolución que aprobó la regularización de habilitación urbana ejecutada denominada Urbanización Residencial Sol de Oro 418880 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Ordenanza Nº 004-2010-MDLP.- Modifi can Ordenanza N° 003-2010-MDLP mediante la cual se otorgaron benefi cios tributarios a contribuyentes del distrito 418881 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASTROVIRREYNA R.A. Nº 134-2010-MPC/A.- Aprueban relación de expedientes técnicos de obras sobre infraestructura educativa a contratarse por cooperación internacional 418882 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES Ordenanza Nº 001-2008-MDC-ALC.- Modifi can la Ordenanza N° 017-MDC y declaran zona de destino turístico y de necesidad pública la Plaza Mayor del distrito y las calles que circundan su perímetro 418883 Ordenanza Nº 005-2010-MDC-ALC.- Aprueban Reglamento para los locales de expendio y consumo de bebidas alcohólicas en establecimientos y vía pública del distrito 418883 Ordenanza Nº 006-2010-MDC-ALC.- Aprueban el TUPA de la Municipalidad y los Formularios correspondientes 418884 Ordenanza Nº 007-2010-MDC-ALC.- Aprueban texto único de Tasas por Servicios Administrativos o Derechos de Licencias y de Transporte Público de la Municipalidad 418885 Ordenanza Nº 008-2010-MDC-ALC.- Regulan el régimen tributario de las tasas de la Municipalidad 418886 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 105-2010-OS/CD.- Resolución que resuelve el Recurso de Reconsideración presentado por la empresa KUNTUR contra la Resolución OSINERGMIN Nº 056- 2010-GART que fi ja las Tarifas del Gasoducto Andino del Sur 418816 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Constituyen Grupo de Trabajo Multisectorial de la Cuenca del Río Chillón - GTM Río Chillón RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2010-PCM Lima, 10 de mayo de 2010 Visto, el Ofi cio Núm. 875-2009-SG/MINAM y 492- 2010-SG/MINAM del Secretario General del Ministerio del Ambiente; CONSIDERANDO: Que, por el Decreto del Consejo Directivo Núm. 002- 2004-CONAM/CD, ampliado por los Decretos del Consejo Directivo Números 027-2005-CONAM/CD y 018-2007- CONAM/CD, del ex Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, se creó el Grupo Técnico Estratégico de la Cuenca del Río Chillón – GTE Chillón, vigente hasta el día 11 de octubre del 2008, cuya fi nalidad era contribuir al desarrollo sostenible de la Cuenca del Río Chillón y a mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Asimismo, por Resolución Presidencial Núm. 127-2004-CONAM/ PCD se designó a la Municipalidad Metropolitana de Lima como su Secretaría Técnica; Que, el GTE Chillón cumplió parcialmente sus objetivos y fi nalidades, habiendo quedado pendiente, entre otras actividades: incluir integralmente la problemática de la cuenca en la Propuesta de Plan de Ordenamiento Ambiental de la Cuenca del Río Chillón, actualizando dicho Plan a la legislación vigente; la propuesta de Trabajo para elaborar el Plan de Manejo Integral de Residuos Sólidos y Líquidos, que alcanzó planteamientos generales; y, en el Diagnóstico de la Actividad Minera resta evaluar y considerar la situación legal de la Minería Artesanal de la cuenca; Que, la importancia del GTE Chillón se vincula al desarrollo social y económico sostenible de la ciudad de Lima, desde un enfoque de desarrollo por cuencas, así como por la necesidad de asegurar la protección ambiental y social, formulando un plan de ordenamiento territorial y consolidando el trabajo de aquellas instituciones responsables de la vigilancia, supervisión y fi scalización ambiental y social, integrando mecanismos de coordinación permanente que las articule en base a un enfoque de desarrollo sostenible para la prevención, a mecanismos que permitan optimizar y volver efi caces a las instituciones en la tutela y protección del ambiente, del patrimonio natural y cultural, teniendo en consideración a las poblaciones más vulnerables; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Núm. 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente – MINAM, dispuso la fusión por absorción del ex CONAM en el MINAM, por lo que toda referencia hecha al ex CONAM o a sus competencias, funciones y atribuciones que venía ejerciendo se entiende efectuada al MINAM habiendo concluido el proceso de fusión; Que, el artículo 3º del citado Decreto Legislativo Núm. 1013, establece que es objeto del Ministerio del Ambiente la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, para contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno; Que, habiendo vencido el plazo de vigencia del GTE Chillón, resulta necesario constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial de la Cuenca del Río Chillón – GTM Río Chillón, dependiente del Ministerio del Ambiente, encargado de terminar las tareas pendientes del GTE Chillón así como apoyar las acciones del Estado en materia de prevención,