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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de mayo de 2010 418835 VISTO: La carta de fecha 06 de mayo del 2010, mediante la cual el servidor German Sandoval Bonilla, identifi cado con DNI Nº 09210111, y Plaza CAP INRENA Nº 149, como Especialista en Servicios Generales III, Nivel P-3, solicita suspensión al régimen del Decreto Legislativo Nº 728; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, se crea la Autoridad Nacional del Agua – ANA, Organismo Público Especializado adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2008-AG se dispuso la fusión de la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, en la Autoridad Nacional del Agua -ANA, así como la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, derechos, obligaciones, pasivos y demás activos de la precitada Intendencia a la ANA; Que, con el Decreto Supremo Nº 039-2008-AG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, estableciéndose que la Jefatura es la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad; Que, por Resolución Jefatural Nº 020-2009-ANA, de fecha 29 de enero 2009, se encargo al servidor German Sandoval Bonilla, las funciones de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua; Que, el citado servidor formaba parte del Cuadro de Asignación de Personal -CAP del ex INRENA, con Contrato a Plazo Indeterminado, bajo el Decreto Legislativo Nº 728, en la Plaza CAP INRENA Nº 149, Especialista en Servicios Generales III Nivel P-3, habiéndose transferido al mencionado servidor con su respectiva plaza a la ANA; Que, es necesario dejar expresamente establecido que el encargo de confi anza al que se refi ere el considerando anterior implica la reserva de la Plaza de origen por parte de la ANA para el mencionado servidor; y En uso de las facultades conferidas por el inciso h) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2009- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la encargatura de confi anza del servidor German Sandoval Bonilla, como encargado de las funciones de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Ofi cina de Administración, es con cargo a la retención de su plaza con Contrato a Plazo Indeterminado bajo el Decreto Legislativo Nº 728, Plaza CAP INRENA Nº 149, Especialista en Servicios Generales III, Nivel P-3. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto efectúe las acciones necesarias para la reserva de la plaza del mencionado servidor. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PALOMINO GARCÍA Jefe Autoridad Nacional del Agua 493116-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 291-2010-ANA Lima, 11 de mayo de 2010 VISTO: La carta de fecha 06 de mayo del 2010, mediante la cual el servidor Walter Rolando Cahuana Gerónimo, identifi cado con DNI Nº 06690904, y Plaza CAP INRENA Nº 183, como Tesorero I Especialista I, Nivel P-1, solicita suspensión al régimen del Decreto Legislativo Nº 728; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, se crea la Autoridad Nacional del Agua – ANA, Organismo Público Especializado adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2008-AG se dispuso la fusión de la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, en la Autoridad Nacional del Agua -ANA, así como la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, derechos, obligaciones, pasivos y demás activos de la precitada Intendencia a la ANA; Que, con el Decreto Supremo Nº 039-2008-AG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, estableciéndose que la Jefatura es la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad; Que, por Resolución Jefatural Nº 0008-2009-ANA, de fecha 20 de enero 2009, se encargó al servidor Walter Gerónimo Cahuana Rolando, las funciones de la Unidad de Tesorería de Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua; Que, el citado servidor formaba parte del Cuadro de Asignación de Personal -CAP del ex-INRENA, con Contrato a Plazo Indeterminado, bajo el Decreto Legislativo Nº 728, en la Plaza CAP INRENA Nº 183, Tesorero I-Especialista I Nivel P-1, habiéndose transferido al mencionado servidor con su respectiva plaza a la ANA; Que, es necesario dejar expresamente establecido que el encargo de confi anza al que se refi ere el considerando anterior implica la reserva de la Plaza de origen por parte de la ANA para el mencionado servidor; y En uso de las facultades conferidas por el inciso h) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2009- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la encargatura de confi anza del servidor Walter Rolando Cahuana Gerónimo, como encargado de las funciones de la Unidad de Tesorería de la Ofi cina de Administración, es con cargo a la retención de su plaza con Contrato a Plazo Indeterminado bajo el Decreto Legislativo Nº 728, Plaza CAP INRENA Nº 183, Tesorero I-Especialista I, Nivel P-1. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto efectúe las acciones necesarias para la reserva de la plaza del mencionado servidor. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PALOMINO GARCÍA Jefe Autoridad Nacional del Agua 493116-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 081-2010-MINCETUR/DM Mediante Ofi cio Nº 474-2010-MINCETUR/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 081-2010-MINCETUR/DM, publicada en nuestra edición del día 8 de mayo de 2010. DICE: Artículo 3°.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Comisión para la Promoción del Perú para el Comercio Exterior y el Turismo.