Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2010 (13/05/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

418846

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2010

Ratifican politica institucional asumida en la R.M. Nº 073-2004/MINSA y declaran a los organos, organismos, institutos, hospitales y demas dependencias del Ministerio como "Ambientes 100% libres de humo de tabaco"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 387-2010/MINSA MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2010 CONSIDERANDO: Que, el Convenio MORDAZA de la Organizacion Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT), cuyo texto fue aprobado en la 56º Asamblea Mundial de la Salud con fecha 21 de MORDAZA de 2003, y ratificado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 28280 publicada con fecha 17 de MORDAZA de 2004, constituye la MORDAZA de derecho internacional con caracter vinculante que tiene como objetivo proteger a las generaciones presentes y futuras contra las devastadoras consecuencias del consumo de tabaco y de la exposicion al humo del tabaco; Que, en tal virtud, la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, modificada recientemente por la Ley Nº 29517, han desarrollado los principales instrumentos para la aplicacion del Convenio MORDAZA en el Peru, en particular la prohibicion de fumar en los establecimientos dedicados a la salud y a la educacion, en las dependencias publicas, en los interiores de los lugares de trabajo, en los espacios publicos cerrados y en cualquier medio de transporte publico, que constituyen ambientes cien por ciento libres de humo de tabaco; Que, no obstante, en el caso particular del Ministerio de Salud, dicha politica se ha venido impulsando desde MORDAZA de la ratificacion del CMCT, como se evidencia en la Resolucion Ministerial Nº 073-2004/MINSA, publicada con fecha 29 de enero de 2004, que declaro a la Sede Central institucional como "Ambiente Libre de Humo de Tabaco"; Que, en dicha oportunidad, se aprobaron ademas las condiciones especificas para conseguir ese proposito, entre las cuales se destacan la prohibicion de fumar dentro de la institucion durante las 24 horas del dia, la colocacion de anuncios visibles y la promocion de iniciativas y programas orientados a informar sobre los riesgos para la MORDAZA y la salud derivados del consumo del tabaco, asi como los medios de prevencion y tratamiento que procuren la cesacion del habito de fumar; Que, sin perjuicio de la aprobacion de las normas reglamentarias que permitan implementar lo dispuesto en la Ley Nº 29517, corresponde ratificar la politica institucional asumida en virtud de la Resolucion Ministerial Nº 073-2004/MINSA, con el proposito de ampliar los alcances de la aplicacion de la mencionada norma; Que, conforme al articulo 3 de la Ley Nº 27657, el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, en tal virtud, corresponde declarar a todos los organos, organismos, institutos, direcciones, hospitales, programas, proyectos y demas dependencias del Ministerio de Salud como "Ambientes 100% libres de humo de tabaco", debiendose disponer las acciones necesarias para el debido cumplimiento de este proposito; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, modificada por la Ley Nº 29517, asi como el literal l) del articulo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

Articulo 1º.- Ratificar la politica institucional asumida por el Ministerio de Salud en virtud a la Resolucion Ministerial Nº 073-2004/MINSA, publicada con fecha 29 de enero de 2004, que declaro a su Sede Central como "Ambiente Libre de Humo de Tabaco". Articulo 2º.- Declarar a todos los organos, organismos, institutos, direcciones, hospitales, programas, proyectos y demas dependencias del Ministerio de Salud como "Ambientes 100% libres de humo de tabaco", para lo cual todas sus instalaciones estaran debidamente senalizadas con el simbolo internacional de prohibicion de fumar. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion General de Promocion de la Salud, en coordinacion con la Direccion General de Salud de las Personas, la Oficina General de Administracion, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y la Oficina General de Comunicaciones, implementen las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2º de la presente Resolucion, dando cuenta al Despacho Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 492434-3

Incorporan a representante de la Oficina General de Estadistica e Informatica- OGEI al Grupo Impulsor de Asociaciones Publico Privadas en Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 388-2010/MINSA MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2010 Visto, el Expediente Nº 10-033599-001 que contiene el Oficio N° 002-2010-GIAPP/MINSA, de la Coordinadora del Grupo Impulsor de Asociaciones Publico Privadas en Salud; CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Ministerial N° 0582010/MINSA, de fecha 22 de enero de 2010, se creo el Grupo Impulsor de Asociaciones Publico Privadas en Salud, adscrito al Ministerio de Salud, encargado de efectuar estudios respecto a la viabilidad de potenciales Asociaciones Publico Privadas en el MORDAZA de la salud a nivel de Gobierno Nacional y Regional, en el MORDAZA de la normatividad vigente, generando mecanismos de articulacion con otros sectores y agentes afines; Que el articulo 2 de la citada resolucion senala los miembros que integran el referido grupo; Que con fecha 15 de MORDAZA de 2010 el Grupo Impulsor de Asociaciones Publico Privadas en Salud acordo, por unanimidad, incluir a un representante de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Salud; Que en tal virtud, resulta necesario modificar el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 058-2010/ MINSA, a fin de formalizar el acuerdo MORDAZA senalado; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el inciso l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar a un representante de la Oficina General de Estadistica e Informatica ­ OGEI, al Grupo Impulsor de Asociaciones Publico Privadas en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.