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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428913 partir de la vigencia de la presente norma. Vencido dicho plazo y una vez cumplidos los objetivos de sus actividades, en caso de ser necesario, se integra en órganos de línea que el Ministerio del Ambiente disponga. Artículo 7º.- Objetivos del Proyecto El Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional” tendrá los siguientes objetivos: - Realizar las acciones necesarias para la preservación de los bienes muebles e inmuebles que conformarán el Parque Ecológico Nacional. - Identifi car las mejores alternativas técnicas para la implementación y desarrollo del Parque Ecológico Nacional. - Desarrollar los estudios de preinversión respectivos, en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública. - Desarrollar e implementar la infraestructura del Parque Ecológico Nacional. - Conservar, proteger y asegurar el aprovechamiento sostenible del Parque Ecológico Nacional. - Realizar actividades para el desarrollo de la cultura ambiental y la recreación de los habitantes de Lima. Artículo 8º.- Dirección del Proyecto El Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional” contará con un Director Ejecutivo que será designado mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente y dependerá funcional y orgánicamente del Secretario General. El Director Ejecutivo ejerce funciones ejecutivas, de administración y de representación del Proyecto Especial, en el marco de los lineamientos de política ambiental. Artículo 9º.- Financiamiento del Proyecto El Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional” se financiará, entre otros, con cargo al presupuesto institucional autorizado para el Ministerio del Ambiente, sin demandar mayores recursos al Tesoro Público. Artículo 10º.- Manual de Operaciones del Proyecto Especial El Ministerio del Ambiente aprobará mediante Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional”, en un plazo no mayor de treinta (30) días contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Artículo 11º.- Transparencia e información El Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional” tendrá su portal en la página Web del Ministerio del Ambiente, adecuándose en su presentación y contenidos de la información al Portal de Transparencia Estándar, incluyendo información de metas y logros del Proyecto Especial. Artículo 12º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Defensa, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.” Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Defensa, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil diez ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa JORGE VILLASANTE ARANIBAR Ministro de la Producción Encargado del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 565758-3 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican R.S. Nº 154-2010-MINCETUR mediante la cual se autorizó viaje de funcionarios del Ministerio a Corea y Tailandia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2010-MINCETUR Lima, 10 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 154-2010- MINCETUR, de fecha 9 de noviembre de 2010, se autorizó el viaje del señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior y de la señorita Diana Sayuri Bayona Matsuda, a las ciudades de Seúl (República de Corea) y de Bangkok (Reino de Tailandia), del 13 al 19 de noviembre de 2010, con el objeto de brindar apoyo técnico al Ministro de Comercio Exterior y Turismo en su visita a la República de Corea el día 15 de noviembre de 2010 y participar en las reuniones que se llevarán a cabo con autoridades tailandesas del 16 al 18 de noviembre de 2010; Que, en razón a la visita ofi cial que realizará el Presidente Constitucional del Perú a la República de Corea, el señor Carlos Esteban Posada Ugaz y la señorita Diana Sayuri Bayona Matsuda deberán participar en las reuniones previas de coordinación que se llevarán a cabo con funcionarios coreanos en la ciudad de Seúl el día 14 de noviembre, por lo que es necesario modifi car la Resolución Suprema N° 154-2010-MINCETUR, autorizando el viaje de dicho personal a partir del día 12 de noviembre de 2010, así como el gasto adicional por concepto de viáticos; De conformidad con la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el Artículo 1° de la Resolución Suprema N° 154-2010-MINCETUR, en la parte referida a