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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428922 De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29465, el Decreto de Urgencia Nº 001-2010 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio de la señora Sandra Doig Díaz, Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Atlanta, Estados Unidos de América, del 14 al 17 de noviembre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 753,00 Viáticos : US$ 880,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje la referida funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 565758-13 ENERGIA Y MINAS Actualizan el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 471-2010-MEM/DM Lima, 2 de noviembre de 2010 Visto el Informe N° 805-2010-MEM-DGM/DNM emitido por la Dirección Normativa de Minería y los Informes N° 035-2010-MEM-DGM/DTM/PAM y N° 708-2010-MEM- DGM/DTM/PAM de la Dirección Técnica Minera; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que la identifi cación, elaboración y actualización del inventario de los pasivos ambientales mineros está a cargo del Ministerio de Energía y Minas, a través de su órgano técnico competente; Que, el artículo 6° del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM, indica que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Minería, está facultado para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identifi cación de los pasivos ambientales mineros, la elaboración y actualización del inventario, y la determinación de los responsables de las medidas de remediación ambiental correspondiente; Que, el artículo 7º del reglamento antes citado dispone que el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros será aprobado mediante resolución ministerial publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2007- EM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, donde se precisa que la Dirección Técnica Minera tiene, entre otras funciones, las de realizar acciones para la identifi cación y priorización de los pasivos ambientales mineros, así como para la elaboración y actualización del inventario correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 290-2006- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de junio de 2006, se aprobó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de veintisiete (27) folios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 487-2007- MEM-DM, publicada en el Diario Ofi cial el Peruano con fecha 13 de octubre de 2007, se aprobó la inclusión de pasivos ambientales mineros en la cuenca del río Llaucano, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca, presentados por el Fondo Nacional del Ambiente – FONAM, mediante Expediente Nº 1659510; Que, mediante Resolución Ministerial N° 079-2008- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de febrero de 2008, se aprobó la inclusión de cuatro (4) pasivos ambientales mineros, señalados en el Informe N° 045-2008-MEM-DGM-DTM, ubicados en el río San Juan, delta de Upamayo y parte norte del Lago Chinchaycocha; Que, mediante Resolución Ministerial N° 591-2008- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 25 de diciembre de 2008, se aprobó la inclusión de veintidós (22) pasivos ambientales mineros identifi cados en el Informe N° 007-2008-MEM-DGM/DTM/PAM, ubicados en el cerro Santa Bárbara, distrito de Yanama, provincia de Yungay, región Ancash; Que, mediante Resolución Ministerial N° 243-2009- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31 de mayo de 2009, se aprobó la inclusión de cuatro (4) pasivos ambientales mineros identifi cados en el Informe N° 006-2009-MEM-DGM/DTM/PAM, ubicados en las quebradas de Huepetuhe y Santa Elena, distrito de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 246-2009- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 3 de junio de 2009, se aprobó la modifi cación de la ubicación del pasivo ambiental ASTOHUARACA considerado en el inventario inicial; asimismo se aprobó la inclusión de cincuentisiete (57) pasivos ambientales mineros identifi cados a través del Informe N° 007- 2009-MEM-DGM/DTM/PAM, ubicados en el distrito de Santa Ana, provincia de Castrovirreyna, región de Huancavelica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 096-2010- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 4 de marzo de 2010, se actualizó el inventario de pasivos ambientales mineros aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM, teniendo en cuenta lo señalado por la Dirección Técnica Minera en los Informes Nº 003-2010-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 004-2010-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 005-2010-MEM- DGM/DTM/PAM, Nº 006-2010-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 007-2010-MEM-DGM&DTM/PAM y Nº 008-2010-MEM- DGM/DTM/PAM; Que, mediante Resolución Ministerial N° 371-2010- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 28 de agosto de 2010, se actualizó el inventario de pasivos ambientales mineros aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM, teniendo en cuenta lo señalado por la Dirección Técnica Minera en el Informe Nº 028-2010-MEM-DGM/DTM/PAM; Que, la Dirección Técnica Minera ha elaborado el Plan de Manejo de Pasivos Ambientales Mineros que se