Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428925 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano MANUEL JESÚS AYBAR MARCA, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Libertad - Violación de la Libertad Personal - Secuestro agravado, en perjuicio de Carlos Guillermo Galdós Chacón y otros, y disponer su presentación por vía diplomática a los Estados Unidos de América, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 565758-21 Acceden a pedido de extradición activa de procesado por presunta comisión de delito de tráfico ilícito de drogas y disponen su presentación a Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 212-2010-JUS Lima, 10 de noviembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 102-2010/ COE-TC, del 26 de octubre de 2010, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del procesado ARTURAS BALTRUSAITIS o BERNARDEZ CNASKAS o BERNARDAS ZINIAUSKAS, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 20 de agosto de 2010, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado ARTURAS BALTRUSAITIS o BERNARDEZ CNASKAS o BERNARDAS ZINIAUSKAS, por la presunta comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, modalidad agravada, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 74 - 2010); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es función de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 102-2010/COE-TC, del 26 de octubre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradición, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia modifi catorio del Convenio Bolivariano de Extradición fi rmado el 18 de julio de 1911”, suscrito en la ciudad de Lima el 22 de octubre de 2004; y, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, suscrita en Viena el 19 de diciembre de 1988; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del procesado ARTURAS BALTRUSAITIS o BERNARDEZ CNASKAS o BERNARDAS ZINIAUSKAS, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, modalidad agravada, en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los Acuerdos Internacionales vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 565758-22 Revocan R.S. N° 253-2009-JUS mediante la cual se accedió a pedido de extradición activa de ciudadano colombiano RESOLUCIÓN SUPREMA N° 213-2010-JUS Lima, 10 de noviembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 105-2010/ COE-TC, del 28 de octubre de 2010, sobre la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 253-2009-JUS, mediante la cual se accedió a la solicitud de extradición activa a la República de Panamá del ciudadano colombiano WILLIAM COBO IDROBO; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 253-2009-JUS, se accedió al pedido de extradición activa del ciudadano colombiano WILLIAM COBO IDROBO, por la presunta comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano, Resolución que fuera publicada el día 5 de noviembre de 2009 en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución de fecha 07 de octubre de 2010, dispuso revocar la Resolución