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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428929 CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo para Reprogramar Recursos de un Proyecto de Cooperación Financiera Alemana hacia el Proyecto “Medida Complementaria para el Programa de Medidas de Rápido Impacto”, fue formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota Verbal Nº 0223/2007 de 15 de marzo de 2007, de la Embajada de la República Federal de Alemania y Nota “RE” (SEU-ECO) Nº 6-5/34 de 14 de abril de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo para Reprogramar Recursos de un Proyecto de Cooperación Financiera Alemana hacia el Proyecto “Medida Complementaria para el Programa de Medidas de Rápido Impacto”, formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota Verbal Nº 0223/2007 de 15 de marzo de 2007 de la Embajada de la República Federal de Alemania y Nota “RE” (SEU- ECO) Nº 6-5/34 de 14 de abril de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 565758-7 Ratifican Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre la República del Perú y la República de El Salvador DECRETO SUPREMO Nº 124-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre la República del Perú y la República de El Salvador”, fue suscrito el 8 de julio de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado Instrumento Internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre la República del Perú y la República de El Salvador”, suscrito el 8 de julio de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 565758-8 Ratifican Acuerdo entre la República del Perú y la República Federal de Alemania sobre Cooperación Técnica y Financiera para el período 2006 - 2007 DECRETO SUPREMO Nº 125-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre la República del Perú y la República Federal de Alemania sobre Cooperación Técnica y Financiera para el período 2006 - 2007, fue formalizado mediante intercambio de Notas, el 15 de diciembre de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la República del Perú y la República Federal de Alemania sobre Cooperación Técnica y Financiera para el período 2006 - 2007, formalizado mediante intercambio de Notas, el 15 de diciembre de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 565758-9 Nombran Representante Permanente del Perú ante la UNESCO RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 460-2010-RE Lima, 10 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 28091, Ley del