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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (20/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de noviembre de 2010 429451 Res. Nº 15282-2010.- Autorizan viaje de funcionarios a El Salvador para participar en el Seminario Regional sobre Regulación y Supervisión de Seguros 429524 UNIVERSIDADES Res. Nº 1210-2010-CR-UNJFSC.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2010, de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión 429525 Res. Nº 05888-R-10.- Ratifi can resolución que autoriza viaje del Decano de la Facultad de Ingeniería Electrónica y Eléctrica de la Universidad Nacional de Ingeniería para participar en evento a realizarse en Italia 429526 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Ordenanza Nº 003-2010-REGION ANCASH/CR.- Declaran de preferente interés regional la extracción y procesamiento artesanal e industrial del recurso Anchoveta para el consumo humano directo 429527 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza Nº 118-2010/MLV.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Victoria 429528 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Res. Nº 00644-2010-GG/MDSA.- Declaran nulidad de la Resolución de Gerencia N° 165-2010-GODU-GG/MDSA 429533 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza Nº 124/MDVMT.- Aprueban benefi cios tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito 429534 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Res. Nº 141-2010/MPC-GGDU.- Disponen la recomposición de expedientes administrativos sobre aprobación de plano defi nitivo de lotización de lotes en predio ubicado en el distrito de La Perla 429535 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza Nº 017-2010-MDLP/ALC.- Establecen montos por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de Arbitrios para el Ejercicio Fiscal 2011 429536 SEPARATA ESPECIAL TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.D. N° 294-2010-MTC/12.- Parte 311 “Servicios de Tránsito Aéreo” de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú 429418 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 074-2010 DICTAN DISPOSICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE UNA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA PARA LOS PENSIONISTAS DEL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES REGULADO POR EL DECRETO LEY Nº 19990 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modifi cado por la Ley Nº 26323, se crea la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, y defi nida como un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refi ere el Decreto Ley Nº 19990; Que, es propósito prioritario del Estado Peruano mejorar el nivel del bienestar de los pensionistas comprendidos en el Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 19990; Que, en tal sentido, resulta necesario y urgente dictar medidas económicas y fi nancieras de carácter extraordinario orientadas a autorizar el otorgamiento de una bonifi cación extraordinaria de carácter no pensionable y, por única vez, a favor de los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 19990, como concepto adicional al monto de la pensión mensual, que será pagada en doce cuotas mensuales, generando un mayor bienestar a dicho pensionistas; Que, al ser una bonifi cación otorgada con carácter extraordinario, la misma no tiene carácter pensionable; En uso de las facultades conferidas por numeral 19º del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorícese a la Ofi cina de Normalización Previsional- ONP, para que de manera extraordinaria otorgue una Bonifi cación Extraordinaria por la cantidad de S/. 360.00 (TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) a los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 19990. El pensionista que goce de más de una pensión del Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 19990, sólo percibirá el monto correspondiente a una Bonifi cación Extraordinaria, la cual se pagará en la pensión de menor monto. Artículo 2º.- Requisitos para el otorgamiento Para tener derecho a la Bonifi cación Extraordinaria, el benefi ciario con pensión de Jubilación, Invalidez, Viudez, Orfandad o Ascendiente del Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 19990, debe haber obtenido dicha condición, con carácter de defi nitiva, al 31 de diciembre de 2010. Adicionalmente, los benefi ciarios con pensión de Jubilación, Invalidez, Viudez, deben contar con 65 ó más años de edad al 31 de diciembre de 2010.