Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2010 (20/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2010

Articulo 3º.Pago de la Bonificacion extraordinaria La Bonificacion Extraordinaria establecida en el articulo 1º del presente Decreto de Urgencia, sera abonada en doce (12) cuotas iguales de S/. 30.00 (Treinta y 00/100 nuevos soles) cada una, conjuntamente con el pago de la pension mensual que corresponda en cada mes a partir del mes de diciembre del ano 2010. Articulo 4º.- Financiamiento El gasto que ocasione la aplicacion del presente Decreto de Urgencia sera financiado con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Oficina de Normalizacion Previsional ­ ONP. Articulo 5º.- Naturaleza Juridica de la Bonificacion Extraordinaria La Bonificacion Extraordinaria que se otorga a los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 19990, se paga por unica vez con caracter extraordinario, por lo que no tiene la naturaleza de pensionable. Articulo 6º.- Normas reglamentarias Facultese al Ministerio de Economia y Finanzas a dictar las normas reglamentarias que resulten necesarias para la mejor aplicacion de la presente norma. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 569480-1

el objeto de desarrollar las actividades para el desarrollo y ejecucion del MORDAZA Ecologico Nacional que permita contar con un espacio en donde la poblacion de la provincia de MORDAZA pueda gozar de un ambiente saludable y solaz, admirar la biodiversidad existente y representativa de la MORDAZA, asi como con un area que contribuya con la recuperacion de la calidad atmosferica de la MORDAZA de Lima; declarandose de interes nacional su desarrollo y ejecucion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 224-2010-EF, se exceptua del cumplimiento de la fase de Preinversion del Ciclo del Proyecto a que se refiere la Ley Nº 27293 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, incluida la declaracion de viabilidad, al Proyecto Especial "Parque Ecologico Nacional"; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2010-MINAM modificado por Decreto Supremo Nº 016-2010-MINAM, establece que el Ministerio del Ambiente propondra las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de estos fines; Que, en el presente ano y en forma reiterada se han producido intentos de invasion en el area correspondiente al "Parque Ecologico Nacional", ameritando la intervencion de la Policia Nacional con el apoyo del Ejercito del Peru y el Ministerio Publico para desalojar a los invasores, sucesos que fueron de publico conocimiento por parte de los medios de difusion, siendo que en la MORDAZA semana de noviembre del ano en curso se dio un ultimo intento de invasion en el area afectada por las MORDAZA de Ancon, contigua al "Parque Ecologico Nacional", por lo que existe un latente peligro de invasion; Que, considerando los sucesos descritos en el considerando precedente, es necesario establecer medidas extraordinarias de caracter economico y financiero, que autoricen al Ministerio del Ambiente a iniciar acciones para el desarrollo y ejecucion del MORDAZA Ecologico Nacional, tales como medidas de seguridad y cautela de la integridad del predio, entre otras acciones, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico; medidas que de no implementarse de manera inmediata generarian perjuicios y una mayor demanda de recursos publicos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA:

DECRETO DE URGENCIA Nº 075-2010 DICTAN MEDIDAS URGENTES Y EXCEPCIONALES DE CARACTER ECONOMICO Y FINANCIERO PARA EL DESARROLLO Y EJECUCION DEL MORDAZA ECOLOGICO NACIONAL EN EL DISTRITO DE ANCON, DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE MORDAZA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, este tiene por objeto la conservacion del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y etico de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, economico y cultural de la persona humana, en permanente MORDAZA con su entorno, y asi asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2010-MINAM, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2010-MINAM, se crea el Proyecto Especial "Parque Ecologico Nacional" (PEPEN), en el ambito del Ministerio del Ambiente, con

Articulo 1º.- Objeto La presente MORDAZA tiene como objeto dictar medidas urgentes y excepcionales en materia economica y financiera, en el presente ano fiscal, para la implementacion y ejecucion del cerco perimetrico y demas medidas necesarias para asegurar y resguardar el area que sera destinada al denominado "Parque Ecologico Nacional". Articulo 2º.- De la autorizacion de gasto Autorizase al Ministerio del Ambiente - MINAM, a realizar la implementacion y ejecucion del Proyecto Especial "Parque Ecologico Nacional", con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, para cuyo efecto realiza las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que MORDAZA necesarias, hasta por la suma de S/. 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3º.- De la transparencia y la suspension de normas 3.1 El Ministerio del Ambiente, a traves del responsable del Proyecto Especial senalado en el articulo 2º de la presente MORDAZA, publicara en forma trimestral la informacion financiera, administrativa, metas, avances y logros del proyecto en su MORDAZA institucional, incluyendo la aplicacion de la presente norma. 3.2 Dejese en suspenso las disposiciones administrativas y fiscales generales y especificas que se opongan o limiten la aplicacion de lo dispuesto en la presente MORDAZA y el uso de los recursos autorizados.

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