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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de noviembre de 2010 429583 SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR la ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TRANSFERENCIA DE LOS TERRENOS QUE FUERON OTORGADOS POR EL ESTADO PARA LA RECONSTRUCCION Y REHABILITACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR EL TERREMOTO DE 31MAYO 1970, QUE SE ENCUENTRA BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA CONFORME LO DISPUSO LA LEY N° 25021, que cuenta con cinco (5) Títulos, tres (3) capítulos, doce (12) artículos y dos (2) disposiciones transitorias y derogatorias. Artículo 2°.- ESTABLEZCASE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TRANSFERENCIA DE LOS TERRENOS QUE FUERON OTORGADOS POR EL ESTADO PARA LA RECONSTRUCCION Y REHABILITACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR TERREMOTO DE 31 MAYO 1970 QUE SE ECUENTRA BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA CONFORME LO DISPUSO LA LEY N° 25021 Artículo 3°.- Incorpórese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Municipalidad Provincial de Barranca, el Procedimiento administrativo de REGULARIZACIÓN DE LA TRANSFERENCIA DE LOS TERREMOTOS QUE FUERON OTORGADOS POR EL ESTADO PARA LA RECONSTRUCCION Y REHABILITACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR TERREMOTO DE 31 MAYO 1970 QUE SE ENCUENTRA BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA CONFORME LO DISPUSO LA LEY N° 25021, conforme al anexo A. Artículo 4°.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Desarrollo Urbano, Ofi cina de Administración, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, las acciones correspondientes a fi n de implementar las acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Dado en la Casa Municipal a los Quince días del mes de Setiembre del 2010. Registrese, comuníquese y cúmplase. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 569010-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL CARMEN Aprueban relación de obras y servicios de supervisión que serán contratados conforme a lo establecido en la Ley N° 29078 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 508-2010-MDDEC/A El Carmen, 17 de noviembre de 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL CARMEN, VISTO, el Informe realizado por el Jefe de la División de Infraestructura y Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191 de la Carta fundamental señala, que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo indicado en el Artículo 1º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Que, con Resolución de Alcaldía Nº354-2010-MDDEC del 12 de Julio de 2010, se aprueba el Expediente Técnico de la Obra “Reconstrucción de la Infraestructura Educativa I.E.I. Nº 22250 El Carmen, del distrito El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, afectada por el sismo del 15.08.07”, de acuerdo a la fi cha técnica aprobada por FORSUR. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2010-FORSUR/PE, se aprueba el fi nanciamiento para la ejecución y supervisión de obra del proyecto “Reconstrucción de la Infraestructura Educativa I.E.I. Nº 22250 El Carmen, del distrito El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, afectada por el sismo del 15.08.07””, ascendente a la suma de S/. 2’718,311.00 (Dos millones setecientos dieciocho mil trescientos once con 00/100 nuevos soles). Que la Municipalidad Distrital de El Carmen fi rma convenio con el Fondo de Reconstrucción del Sur (FORSUR), para la ejecución de la obra con fondos provenientes de FORSUR. Que, la Ley Nº 29078, Ley que crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las zonas afectadas por el sismo del 15 de agosto 2007, denominado FORSUR reconoce en su artículo 7º, modifi cado por la Ley Nº 29136, numeral 7.1 que las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitación, construcción y reconstrucción de la infraestructura básica de saneamiento y agua de las zonas declaradas en estado de emergencia por el D.S. Nº 068-2007-PCM y sus ampliaciones, que se ejecuten con cargo a los recursos del FORSUR o que sean priorizadas por éste, se sujetaran al procedimiento y demás disposiciones establecidos en el artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 026-2007, con la invitación de un mínimo de tres (3) proveedores, pudiendo otorgarse la buena pro aún en los casos en los casos que se declare como válida una única propuesta; señalando además en el numeral 7.2 que las demás contrataciones de bienes, servicios y obras se realizaran a través del procedimiento abreviado, aprobado por el Decreto de Urgencia Nº 024- 2006. Encontrándose el proyecto comprendida en la numeral última citada, por constituir obra de construcción de infraestructura educativa. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006, señala que la relación de los bienes, servicios y obras, se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa. Dicha resolución incluyendo la referida relación se publica en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en los respectivos portales electrónicos de las Entidades. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 29078 – Ley Nº 29078 – Ley que crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto 2007 – FORSUR y sus modifi catorias y el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º inciso 6 de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Relación de Obras y Servicios de Supervisión que serán contratados conforme lo establecido en el Artículo 7º numeral 7.2 de la Ley Nº 29078, modifi cado por la Ley Nº 29136, según el siguiente cuadro: Nº EXPEDIENTE TECNICO DE OBRA OBRA SUPERVISION 1 Reconstrucción de la Infraestructura Educativa I.E.I. Nº 22250 El Carmen, del distrito El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, afectada por el sismo del 15.08.07” S/. 2’648,311.00 S/. 70,000.00 Artículo Segundo.- Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE A. SORIA CALDERÓN Alcalde 568983-1