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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (29/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de noviembre de 2010 430047 Que, mediante Oficio Nº 0486-2010-GOREMAD/ GRDE/DIRPRODUCE, la Blga. Hilda Verónica Kojagura Gierch, Directora Regional de la Producción, comunica que el Ministerio de la Producción y el Consejo Regional de la Amazonía (CRA), en reunión de trabajo realizada en la ciudad de Lima el 11 de febrero del presente año, acordó entre otros, la realización de diversas reuniones de coordinación que contribuyan a la implementación del Plan Nacional de Desarrollo Acuícola (PNDA). Que, uno de los acuerdos adoptados en la mencionada reunión, fue la programación de una visita al Estado de Rondonia de la República Federativa de Brasil, del 01 al 07 de junio del presente año, siendo la mencionada funcionaria parte de la delegación peruana. Durante las visitas que se tienen programadas, están las de visitar a diversas instalaciones acuícolas que vienen cultivando el recurso paiche, con el propósito de ver in situ, el avance tecnológico en su reproducción y cultivo en el mencionado país, así como está considerado el intercambio de información al respecto. Motivo por el cual, la Blga. Hilda Verónica Kojagura Gierch, Directora Regional de la Producción, solicita autorización de viaje ante el ejecutivo regional. Que, mediante Ofi cio N° 464-2010-GOREMAD/PR, el Presidente Regional remite al Consejo Regional la petición efectuada por la Blga. Hilda Verónica Kojagura Gierch, Directora Regional de la Producción, para su trámite correspondiente. Que, el documento referido en el considerando precedente ha sido puesto en agenda del Consejo Regional, teniendo en cuenta la importancia de los efectos que produce para la región y el país, la participación de la representante regional en los eventos de tan trascendental importancia y envergadura, escenario que permitirá el intercambio de experiencias entre los integrantes de las diferentes delegaciones. Que, el Numeral 10.1, del artículo 10, de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, otorga competencia al Consejo Regional, para autorizar los viajes de los funcionarios al exterior. Que, estando a la solicitud efectuada, el Consejo Regional en pleno en sesión ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por mayoría de los Consejeros Regionales, ha considerado autorizar el viaje solicitado. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; y, demás leyes. ACUERDA: Artículo Primero: AUTORIZAR, el viaje de la Blga. Hilda Verónica Kojagura Gierch, Directora Regional de la Producción de la Región Madre de Dios, como miembro integrante de la delegación ofi cial representativa del Perú, al Estado de Rondonia de la República Federativa de Brasil, del 01 al 07 de junio del 2010, a fi n de visitar diversas instalaciones acuícolas que vienen cultivando el recurso paiche, con el propósito de ver in situ, el avance tecnológico en su reproducción y cultivo, en el mencionado país. Artículo Segundo: ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil diez. EMERSON BOCANEGRA PÉREZ Consejero Delegado 571769-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Prorrogan plazo de vigencia de Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria aprobado mediante Ordenanza Nº 445-MSB DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2010-MSB-A San Borja, 26 de noviembre de 2010 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA. VISTO: el Memorando Nº 1327-2010-MSB-GM de fecha 24.11.2010 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 074-2010-MSB-GR de fecha 21.11.2010 de la Gerencia de Rentas e Informe Nº 183-2010-MSB/GR/URT de fecha 22.11.2010 de la Unidad de Recaudación Tributaria, por el cual se propone la ampliación del plazo de vigencia del Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria aprobado mediante Ordenanza Nº 445-MSB. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanza Nº 445-MSB publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 22 de julio de 2010, se aprueba un Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, cuyo plazo de vigencia terminó el 27 de julio de 2010. Que, en mérito a las facultades establecidas en la tercera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 445-MSB, mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldía Nº 010-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldía Nº 011- 2010-MSB-A y Decreto de Alcaldía Nº 012-2010-MSB-A, se prorroga el plazo de vigencia del benefi cio aprobado, hasta el 30 de noviembre del 2010. Que, siendo política de la actual administración el brindar las máximas facilidades a los vecinos del distrito a fi n de que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se considera necesario prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 445-MSB, señalado precedentemente. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Rentas y de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre del 2010, el plazo de vigencia establecido en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 445-MSB, prorrogado mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldía Nº 010-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldía Nº 011- 2010-MSB-A y Decreto de Alcaldía Nº 012-2010-MSB-A. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologías de la Información, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 571668-1