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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de noviembre de 2010 430035 de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 085-2010-PCM. Que a efectos de dar publicidad a los lineamientos aprobados, resulta indispensable ponerlos en conocimiento de los administrados de modo que puedan prever la actuación de la autoridad administrativa en los procedimientos de registro que se inicien ante la Dirección o que provengan de procedimientos regulados en el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), por lo que debe disponerse su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el portal web institucional. La presente Resolución se emite en aplicación de la norma legal antes mencionada y en uso de las facultades conferidas por los artículos 37 y 40 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionada por Decreto Legislativo Nº 1033, concordante con el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1075, que aprueba Disposiciones Complementarias a la Decisión 486. 2. RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DISPONER la publicación de los “Lineamientos de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías para el pago de anualidades de acuerdo con el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo 085-2010-PCM”, aprobados mediante Resolución Nº 001299-2010/DIN-INDECOPI en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el portal web institucional. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. BRUNO MÉRCHOR VALDERRAMA Director de Invenciones y Nuevas Tecnologías INDECOPI Lineamientos de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías para el pago de anualidades de acuerdo con el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo 085-2010-PCM 1. Solicitudes de patentes de invención en trámite presentadas a partir del 20 de agosto de 2010: En este caso, todas las solicitudes abonarán las anualidades correspondientes desde el primer año de acuerdo con lo establecido en el TUPA vigente. 2. Solicitudes de patentes de invención presentadas con anterioridad al 20 de agosto de 2010: Estas solicitudes pagarán la anualidad que corresponda por el año que se devengue a partir de la vigencia del nuevo TUPA. Por ejemplo: - Solicitud presentada el 1º de junio de 2008: Pagará la anualidad correspondiente al tercer año. - Solicitud presentada el 1º de setiembre de 2008: Pagará la anualidad correspondiente al segundo año. - Solicitud presentada el 1º de junio de 2009: Pagará la anualidad correspondiente al segundo año. - Solicitud presentada el 1º de setiembre de 2009: Pagará la anualidad correspondiente desde el primer año. 3. Solicitudes de patentes de invención ingresadas en fase nacional de acuerdo con el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT): Para estas solicitudes, se tomará en cuenta la fecha de presentación internacional de la solicitud PCT. En este caso, las solicitudes realizarán el pago desde el ingreso en fase nacional por el año en curso tomando como referencia la fecha de presentación internacional. 4. En todos los casos se mantienen vigentes las disposiciones relativas al pago efectuado antes del vencimiento y en el plazo de gracia. 571849-1 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera Edyficar la apertura de oficina especial temporal en el distrito de Ilo, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN SBS Nº 15258-2010 Lima, 18 de diciembre de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Financiera Edyfi car para que se le autorice la apertura de una Ofi cina Especial Temporal, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” mediante el Informe Nº 216- 2010-DSB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009. RESUELVE Artículo Único.- Autorizar a Financiera Edyfi car, la apertura de una (01) Ofi cina Especial Temporal ubicada en el Centro Comercial Tiendas, Calle Cuzco 2do piso Tienda C-14, distrito de Ilo, provincia de Ilo y departamento de Moquegua; que funcionará del 18 de noviembre de 2010 al 18 de mayo de 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 571863-1 UNIVERSIDADES Sancionan con amonestación a profesor adscrito a la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional del Callao UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO TRIBUNAL DE HONOR RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE HONOR Nº 009-2010-TH/UNAC Callao, 17 de Mayo 2010