Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2010 (09/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2010

templo Virgen MORDAZA de Choquekancha, ubicado en el centro poblado de Choquekancha, distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, para su evaluacion y calificacion correspondiente por la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo; Que, con Informe Nº 146-2010-SDR-DPHCR/INC de fecha 6 de MORDAZA de 2010, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano concluye que el templo Virgen MORDAZA de Choquekancha, atrios frontal, lateral y areas libres laterales, barda perimetral y arco triunfal presenta valores arquitectonicos, artisticos, historicos, tecnologicos y simbolicos, constituyendo un testimonio singular de la edilicia religiosa rural del periodo virreinal en la region que debe ser preservado y conservado en su integridad. Asi mismo, la plaza principal y centro poblado en general presentan caracteristicas de interes urbano-paisajistico e historico, en razon a su unidad, emplazamiento e integracion con el entorno natural, por lo que se considera factible la propuesta presentada por la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA y recomienda la declaracion como bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al templo Virgen MORDAZA de Choquekancha, atrios frontal, lateral y areas libres laterales, barda perimetral y arco triunfal contenidos en el plano DBI009-2010-INC/DPHCR-SDR y su respectivo MORDAZA Circundante de Proteccion al area MORDAZA del centro poblado de Choquekancha, distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, comprendida dentro de las poligonales senaladas en el Plano DZM-03 con codigo DZM-03-2010/INC-DPHCR-SDR que forma parte de la propuesta. De igual modo y dada la gran importancia urbanistica, historica, arquitectonica, simbolica de la plaza de principal de Choquekancha, se propone su declaracion como Ambiente Monumental, que comprende la plaza propiamente dicha, los muros incas y la totalidad de los inmuebles que la rodean; Que, de la evaluacion del expediente administrativo, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo, emitio el Acuerdo Nº 08 de fecha 6 de agosto de 2010, considerando que el templo doctrinario del centro poblado de Choquekancha se establece a partir de la institucion de una cofradia bajo la advocacion de la Virgen MORDAZA en el ano 1640, encargandose la "mision de conversion en la provincia de Calca" a la Orden Jesuita tras su establecimiento en el ano 1648. Se desconoce la fecha de construccion del templo inicial; sin embargo, se tienen noticias en 1689 que se encontraba muy danado tras el sismo de 1650, por lo que en "el ano mil seiscientos noventa y dos la iglesia Virgen MORDAZA de Choquekancha fue reconstruido en su integridad incluida la MORDAZA del campanario con una infraestructura portentosa"; Que, el templo se encuentra emplazado al Norte y de forma paralela a la amplia plaza principal del centro poblado, presentando orientacion Este-Oeste y ocupando la parte central de una manzana irregular delimitada por calles, emplazada al extremo Nor-Oeste del centro poblado. Presenta nave unica, con presbiterio elevado del area de fieles por dos gradas, MORDAZA alto en el MORDAZA de pies, sacristia en el lado del Evangelio con ingreso desde el presbiterio; exteriormente presenta contrafuertes en ambos lados y el MORDAZA testero. La MORDAZA del campanario se ubica adosada al MORDAZA de la epistola, alineada con el MORDAZA de pies y a cuyo interior se ingresa por el sotacoro; presenta base y campanario cubico de un cuerpo cada uno; Que, la edificacion se encuentra rodeada de areas libres conformando hacia el lado de la Epistola y de pies amplios atrios lateral y frontal cercados con un MORDAZA pretil (barda perimetral) de MORDAZA en dos de sus lados, ostentando en el eje orientado hacia la plaza, un arco triunfal de ingreso del mismo material, el cual se alinea con el ingreso principal al templo ubicado en el lado de la Epistola proxima a la MORDAZA del campanario, que presenta una sencilla portada compuesta por jambas de MORDAZA canteada y arco de ladrillo; el ingreso MORDAZA ubicado en el MORDAZA de pies bajo cobijo conformado por la prolongacion de los muros de la nave y el techo a dos vertientes, presenta un vano con arco de medio carente de ornamentacion. Interiormente el templo aun conserva algunos de los bienes muebles originales (imagenes de bulto, lienzos, ornamentos varios), careciendo de retablos y pulpito; Que, la fabrica del templo es de cimientos y sobrecimientos de MORDAZA irregular con mortero de

barro, muros portantes de adobe de 1.5 m. de espesor aproximadamente, armadura de la techumbre de par y nudillo y vigas tirante de MORDAZA rolliza, cubierta de teja ceramica sobre torta de barro, pisos de ladrillo pastelero (nave y presbiterio) y tierra apisonada (sacristia) y entablado de MORDAZA (campanario), careciendo el MORDAZA actualmente de piso; exteriormente los atrios presentan piso empedrado con MORDAZA rodado. La carpinteria de puertas y ventanas es de MORDAZA, en su mayoria de factura moderna; Que, es imprescindible destacar la importancia del emplazamiento del templo y de la plaza principal que la antecede, la cual carece de tratamiento alguno constituyendo un ejemplo de plaza seca que corresponderia con una importante explanada ceremonial MORDAZA de la cual se conservan como testimonio, dos extensos muros de MORDAZA alineados en un solo eje, interrumpido por una MORDAZA estrecha (resultante de una posible demolicion del muro), que delimita el extremo Sur de la citada plaza y se extiende por la MORDAZA Kiswarcalle alcanzando una extension aproximada de 69.30 m. y voltea por una MORDAZA transversal formando un MORDAZA aproximado de 90º, con un longitud de 26 m. Los muros presentan aparejo celular de MORDAZA semicanteada, con mortero de barro y ostentan amplias hornacinas trapezoidales en un primer nivel y hornacinas cuadrangulares de doble jamba sobre las primeras, alcanzando una altura promedio de 3.90 m. El entorno edilicio de la plaza, se encuentra conformado por sencillas edificaciones de adobe de dos pisos (caracteristica comun en casi la totalidad del centro poblado lo que otorga unidad urbanistica) hacia el lado Este, y de uno y dos pisos en el lado Oeste, constituyendo uno de los puntos mas bajos y plano del centro poblado y unico espacio con traza regular, adaptandose el resto del area MORDAZA a la topografia de la MORDAZA conformada por laderas de diversa pendiente, lo que confiere al conjunto sumado al entorno natural, de gran interes urbano-paisajistico; Que, se considera factible la poligonal planteada por la Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA, que comprende templo Virgen MORDAZA de Choquekancha, atrios frontal, lateral y areas libres laterales, barda perimetral y arco triunfal; Que, la propuesta de declaracion como bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion se enmarca dentro de lo estipulado en el Articulo IV de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, que senala: "Declarese de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes". En tal sentido, corresponde al Instituto Nacional de Cultura como entidad del Estado encargada de "...registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion, dentro de sus competencias" conforme lo establece el Articulo VII de la citada Ley Nº 28296. Asi mismo es concordante con las Convenciones, Cartas y Recomendaciones internacionales sobre patrimonio cultural; Que, en virtud de los considerandos MORDAZA expuestos, la Comision aludida acordo proponer a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la declaracion como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al templo Virgen MORDAZA de Choquekancha, atrios frontal y lateral, areas libres laterales, barda perimetral y arco triunfal contenidos en el plano DBI-009-2010-INC/DPHCRSDR y su respectivo MORDAZA Circundante de Proteccion al area MORDAZA del centro poblado de Choquekancha, comprendida dentro de las poligonales senaladas en el Plano DZM-03 con codigo DZM-03-2010/INC-DPHCRSDR que forma parte de la propuesta; asimismo, la declaracion de Ambiente Monumental a la Plaza Principal del centro poblado de Choquekancha, ambos ubicados en el distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de MORDAZA que comprende la plaza propiamente dicha y la totalidad de los inmuebles que la rodean; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº

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