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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de octubre de 2010 427268 para que la sirena salga de noche y tome y temple el instrumento; ella no deberá ser vista bajo la amenaza de que se lleve a los incautos al río. El instrumento se recoge al día siguiente, considerándosele “sirenado”; Que, es evidente la importancia que esta celebración tiene para la población del distrito y lo que representa en términos de rasgos de identidad de la población involucrada, como la qashwa, la vestimenta tradicional y el uso de la bandurria; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al Carnaval de San Pablo, del distrito de San Pablo, provincia de Canchis, región Cusco, en tanto constituye un circuito ritual con vertientes indígenas y mestizas de gran riqueza cultural y originales expresiones musicales y coreográfi cas, que contribuye a la afi rmación de la identidad colectiva regional y nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional Instituto Nacional de Cultura 552836-7 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la convocatoria FONIPREL 2010 DECRETO SUPREMO N° 205-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, destinado al fi nanciamiento o cofi nanciamiento de proyectos de inversión pública de los gobiernos regionales o gobiernos locales; Que, la Ley N° 29125 establece que la fi nalidad del FONIPREL incluye los estudios de preinversión, y que sus recursos están orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básicos, que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país; disponiendo, asimismo que, para acceder al cofi nanciamiento del FONIPREL, los gobiernos regionales y los gobiernos locales participan en concursos públicos de proyectos convocados por el Fondo a nivel nacional, de acuerdo a los procedimientos establecidos en las bases del concurso, aprobadas por el Consejo Directivo del FONIPREL; Que, el Reglamento de la citada Ley N° 29125, aprobado por Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establece como una de las funciones de la Secretaría Técnica del FONIPREL, presentar la lista de los estudios de preinversión y/o proyectos de inversión que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobación; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 07 de junio del 2010, aprobó la lista de los estudios de preinversión y proyectos de inversión de la Convocatoria FONIPREL 2010 seleccionados por la Secretaría Técnica para el respectivo cofi nanciamiento, por una suma total de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES CIENTO SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 273 106 899,00); Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL ha suscrito los respectivos convenios de cofi nanciamiento con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o de los proyectos de inversión; Que, conforme a los referidos cronogramas de ejecución fi nanciera, se ha determinado que para el Año Fiscal 2010 es necesario transferir un monto total de CIENTO CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 145 304 526,00) a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuyos estudios de preinversión y proyectos de inversión resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2010; Que, en la Reserva de Contingencia existen recursos que permiten fi nanciar lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF y por el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 por la suma de CIENTO CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 145 304 526,00), para la elaboración de los estudios de preinversión y la ejecución de los proyectos que resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2010, incluidos en el Anexo N° 1 que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En nuevos soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009: Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001: Administración General FUNCIÓN 03: Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA 008: Reserva de Contingencia FUNCIONAL SUBPROGRAMA 0014: Reserva de Contingencia FUNCIONAL ACTIVIDAD 000010: Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE 1: Recursos Ordinarios FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 145 304 526,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 145 304 526,00 ============ A LA: En nuevos soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: Recursos Determinados Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 125 712,00 ------------------- TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 6 125 712,00 ==========