Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2010 (27/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2010

institucion se rige por su Ordenanza de creacion, su Estatuto, su Reglamento de Organizacion y Funciones, y en lo pertinente por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y demas disposiciones legales que le MORDAZA aplicables. Articulo Sexto.- El ambito de "Construyendo Ventanilla"; es el distrito de Ventanilla; sin embargo, podra dar servicios a otros lugares del MORDAZA, previa solicitud de la poblacion en necesidad y mediante Convenio de Cooperacion y Apoyo. Articulo Septimo.- "Construyendo Ventanilla", tiene su domicilio legal y sede en el distrito de Ventanilla; sin embargo, podra a fin de ejercer su representatividad, senalar domicilio legal en los lugares donde brinde su apoyo, para lo cual se requiere la suscripcion de convenio de cooperacion con otras Entidades Publicas o Privadas, Las actividades de "Construyendo Ventanilla" se iniciaran a partir de la fecha en que la Presidencia del Consejo de Ministros a traves de su Secretaria de Gestion Publica emita la opinion tecnica favorable, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3° del Decreto Supremo N° 0302002-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. TITULO TERCERO DEL REGIMEN ECONOMICO Y LABORAL Articulo Octavo.- Constituyen recursos "Construyendo Ventanilla", los siguientes: de

registrales y arancelarios cuando los bienes provengan del extranjero, para los fines del calculo del impuesto a la renta, seran deducidos como gasto, de acuerdo a la legislacion vigente sobre la materia. Articulo Decimo Tercero.- "Construyendo Ventanilla", podra recibir donaciones de acuerdo a Ley, los que deberan ser puestos a consideracion del Consejo Directivo. Articulo Decimo Cuarto.- El personal de "Construyendo Ventanilla" esta comprendido en el regimen laboral privado; conforme al Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral y su TUO, D.S. N.° 003-97-TR, y sus normas complementarias; asi como tambien por el regimen especial de contratacion administrativa de servicios regulado mediante Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Nº 075-2008-PCM. TITULO MORDAZA DE LAS FUNCIONES GENERALES Articulo Decimo Quinto.- Son funciones generales de "Construyendo Ventanilla" las siguientes: a) Ejecutar obras publicas en la jurisdiccion de Ventanilla, previamente programadas en el Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad de Ventanilla. b) Realizar obras publicas, tanto en el distrito de Ventanilla, como en diferentes distritos, que hayan sido establecidos previamente por Convenio. c) Apoyar, promover, coordinar con entidades publicas y privadas programas y proyectos de infraestructura publica, necesarios con el fin de mejorar los servicios publicos. d) Brindar ayuda tecnica en los casos de desastre o de emergencia en ayuda a la poblacion de Ventanilla. e) Suscribir todos los actos, contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de sus fines, pudiendo asociarse con otras entidades publicas o privadas nacionales, extranjeras o multinacionales. f) Otras funciones que a criterio de la Direccion ejecutiva, MORDAZA necesarias para atender a sus fines de conformidad con la normatividad vigente. TITULO V DE LA ORGANIZACION Y ADMINISTRACION CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo Decimo Sexto.- La Estructura Organica de "Construyendo Ventanilla" es la siguiente: CAPITULO II DEL CONSEJO DIRECTIVO

a) El presupuesto que fije y transfiera la Municipalidad Distrital de Ventanilla al inicio de sus actividades como Organismo Publico Descentralizado y los recursos que le asigne, mediante transferencias en los posteriores anos fiscales. b) Los que generen sus propias actividades, incluyendo las regalias originadas en la propiedad intelectual de sus actividades creativas. c) Los ingresos financieros que genere la administracion de sus propios recursos. d) Los provenientes de donaciones, legados, subvenciones y aportes voluntarios que realicen las entidades o personas; asi como por endeudamiento interno y de cooperacion tecnica que se concerten conforme a ley. e) Los recursos correspondientes al saldo que asumen los estados financieros provenientes de sus ingresos propios al cierre de cada ejercicio fiscal. f) Los bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, transfiera al inicio de sus actividades y los que el servicio adquiera en el desarrollo de sus actividades. g) Los que se capten por convenio o contratos con terceros. h) Otros que se obtengan en cualquier concepto con arreglo a Ley. Articulo Noveno.- La programacion, formulacion, ejecucion, control y evaluacion del Presupuesto y estados financieros de "Construyendo Ventanilla", se regiran por las disposiciones legales que sobre la materia se encuentre vigentes por el presente Estatuto. "Construyendo Ventanilla" se ubica dentro de las entidades publicas con tratamiento empresarial que se regulan por las directivas que emite la Direccion Nacional de Presupuesto Publico. Articulo Decimo.- El ejercicio economico de "Construyendo Ventanilla" se inicia el primero de Enero y termina el 31 de Diciembre de cada ano. Al final del ejercicio se formulara el Balance General, dentro del plazo que la normatividad vigente senale, contados a partir del cierre del Ejercicio Economico Anual. Articulo Decimo Primero.- Los recursos de "Construyendo Ventanilla" seran depositados en el sistema financiero, procurando que los fondos depositados obtengan la mayor rentabilidad y seguridad. Aticulo Decimo Segundo.- Siendo "Construyendo Ventanilla" un organismo publico descentralizado de la Municipalidad de Ventanilla, se encuentra exonerado de todo impuesto, asi como de pago de los derechos

Articulo Decimo Septimo.- Es el Organo de mayor nivel de la entidad, estando encargado de la definicion de los planes y politicas vinculadas a su ambito. El Consejo Directivo esta integrado hasta por 04 miembros. La Presidencia del Directorio que recae en el Presidente Ejecutivo, sera designado por el MORDAZA Distrital de Ventanilla, al igual que los demas miembros del Directorio. Articulo Decimo Octavo.Directorio las siguientes: Son funciones del

a) Definir los lineamientos de politica que rigen las decisiones y actividades de Construyendo Ventanilla, en concordancia con las politicas establecidas por el Concejo Municipal de Ventanilla y el MORDAZA de Ventanilla. b) Establecer los objetivos de la entidad. c) Normar y regular el funcionamiento de "Construyendo Ventanilla", asi como ejercer la funcion fiscalizadora de la entidad, de conformidad con sus atribuciones.

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