Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2010 (27/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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incluyendo los que se encuentren en estado de cobranza coactiva, asi como se condonara en un 50% las costas y costos que hayan generado. 4.- EN MATERIA DE EDIFICACIONES ­ OBRAS PRIVADAS Mediante la presente ordenanza OTORGUESE el beneficio del 30% de descuento sobre la sancion pecuniaria a la que le corresponde imponerse, de acuerdo al C. U. I. S. a los siguientes casos: 1. Demoliciones de viviendas unifamiliares. 2. Obras nuevas, remodelaciones y ampliaciones de vivienda unifamiliar. 3. Obras de ampliacion de viviendas unifamiliar a vivienda multifamiliar con un MORDAZA de dos viviendas (unidades inmobiliarias por predio o lote unico. 4. Viviendas unifamiliares que forman parte de una MORDAZA, siempre y cuando no exceden los tres pisos. Este beneficio no es aplicable para los predios que se ubiquen dentro del ambito de la MORDAZA monumental del distrito, ni para constructoras e inmobiliarias. Asimismo este beneficio solo es aplicable siempre y cuando la construccion ejecutada cumpla con las normas establecidas en el Reglamento General de Edificaciones y con los parametros urbanisticos y edificatorios. 5. DEL COMERCIO AMBULATORIO: Todo aquel administrado que tenga deudas por concepto de ocupacion de la via publica y cancele su deuda correspondiente al MORDAZA semestre del periodo 2010, durante la vigencia de la presente Ordenanza, obtendra el beneficio de la condonacion de sus obligaciones pendientes por este concepto de anos anteriores. B.- DEL PAGO FRACCIONADO: Los contribuyentes que no opten por el pago al contado, podran suscribir un convenio de fraccionamiento con un MORDAZA de 4 cuotas que se efectuaran en forma mensual, con una tasa de interes mensual de 0.8% por fraccionamiento y la condonacion del 100% de la tasa de interes moratorio respecto de la deuda tributaria y no tributaria que sea materia de dicho convenio. El contribuyente debera cancelar al momento de la suscripcion del convenio la cuota inicial del fraccionamiento, el cual no podra ser menor del 10% del monto total liquidado, y las cuotas mensuales podran ser divididas en montos que no MORDAZA menores a S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 nuevos soles) dependiendo del monto de la deuda. Asimismo la deuda sera fraccionada hasta en cuatro cuotas como MORDAZA, debiendo previamente cumplir con los requisitos senalados en el Reglamento de Fraccionamiento de Pago. El incumplimiento de pago de dos cuotas en el plazo establecido en el fraccionamiento ineludiblemente generara la PERDIDA DEL FRACCIONAMIENTO, asi como todos los beneficios otorgados al MORDAZA de la presente norma. Los deudores tributarios que hayan suscrito convenio de fraccionamiento de pago respecto de obligaciones tributarias o aquellos que hayan perdido el beneficio de pago fraccionado, podran acogerse a los beneficios otorgados en la presente Ordenanza, en la modalidad de refinanciamiento de deuda, o pago al contado. Articulo 5º.- DE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE El plazo para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza comprende desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 30 de noviembre del ano 2010. Articulo 6º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA El acogimiento a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza implicara el reconocimiento expreso de las obligaciones tributarias y no tributarias materia de regularizacion por parte de los deudores tributarios, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones o recursos administrativos respecto de las deudas canceladas al MORDAZA de estos beneficios.

Articulo 7º.- DE LAS RECLAMACIONES Y RECURSOS EN TRAMITE Los contribuyentes que mantengan reclamaciones y recursos en materia tributaria y administrativa pendientes de pronunciamiento de parte de la administracion y que deseen acogerse a los beneficios otorgados mediante la presente Ordenanza, previamente deberan haberse desistido de la impugnacion y sus pretensiones debiendo cumplir con las formalidades exigidas en el Articulo 130º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario asi como la Ley del Procedimiento Administrativo General previa acreditacion ante la Administracion con la MORDAZA en original y fotocopia autenticada del escrito de desistimiento. Articulo 8º.- CONTRIBUYENTES EN PROCESOS DE FISCALIZACION Los contribuyentes que se encuentren en MORDAZA de Fiscalizacion y que tengan deudas tributarias que hayan sido determinadas por acciones de Fiscalizacion ejercitadas al MORDAZA del Articulo 62º del Codigo Tributario no se encuentran dentro de los alcances de los beneficios que aprueba la siguiente Ordenanza. Articulo 9º.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o prorroga del plazo de los beneficios contenidos en la presente Ordenanza. Articulo 10º.- DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria, a traves de sus Sub Gerencias, a la Gerencia de Administracion Financiera, Gerencia de Desarrollo a la MORDAZA, a la Unidad de Informatica, a la Unidad de Imagen Institucional, Subgerencia de Comercializacion y Defensa del Consumidor y a Secretaria General el cumplimiento, difusion y publicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 559423-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan la realizacion de la IV MORDAZA de Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2010-MDSL San MORDAZA, 24 de setiembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: El Informe N° 78-2010-MDSL-SG-RC de fecha 15.09.10 emitido por la Sub Gerencia de Registro Civil, mediante el cual solicita se expida la Resolucion de Alcaldia que apruebe el cronograma para los Matrimonios Civiles Comunitarios el 27 de noviembre 2010; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno protege la familia y promueve el matrimonio, en concordancia con el Art. 248° y siguientes del Codigo Civil donde se establece los lineamientos legales para el tramite y celebracion de Matrimonios bajo la jurisdiccion de Registro Civil;

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