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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (01/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de setiembre de 2010 424760 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 302-2010-CE-PJ.- Autorizan viaje de Presidente del Poder Judicial a Austria para presidir delegación que participará en actividades con motivo de la inauguración de la Academia Internacional Anticorrupción 424830 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 668-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Provisional del Décimo Primer Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima y Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro 424831 Res. Adm. Nº 669-2010-P-CSJLI-PJ.- Disponen la permanencia de magistrado como juez superior provisional de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel y designan juez supernumerario del Vigésimo Segundo Juzgado Penal de Lima 424831 Res. Adm. Nº 670-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Cuadragésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima 424832 Res. Adm. Nº 671-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima 424833 Res. Adm. Nº 672-2010-P-CSJL/PJ.- Disponen reincorporación de magistrado como Juez Titular del Juzgado Mixto de Lurín 424833 Res. Adm. Nº 676-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan juez supernumerario del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima 424833 Res. Adm. Nº 677-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumeraria del Cuadragésimo Segundo Juzgado Civil de Lima 424834 ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. Nº 763-2010/JNAC/RENIEC.- Disponen la apertura de nuevas agencias para la atención exclusiva de trámites de DNI para menores de 0 a 14 años en los departamentos de Lima, Lambayeque, Arequipa y Piura 424835 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 9392-2010.- Autorizan al Banco de la Nación la corrección de la dirección de agencia ubicada en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque 424835 RR. Nºs. 9393 y 9394-2010.- Autorizan al Banco de la Nación la apertura de agencias en los departamentos de Huánuco y Ancash 424836 Res. Nº 9728-2010.- Autorizan viaje de funcionaria para participar en seminario sobre seguros que se realizará en Chile 424836 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Ordenanza Nº 005-2010-MPT-SG.- Regulan el Procedimiento de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Ley N° 28976, en el ámbito del distrito de Tumbes 424837 PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1094 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, mediante el inciso a) del Artículo Único de la Ley Nº 29548, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, por un plazo de sesenta (60) días, entre otras materias, la dación de un nuevo Código de Justicia Militar Policial, dentro de los parámetros constitucionales vigentes. De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: INDICE TÍTULO PRELIMINAR Artículo I.- Objeto del Código Artículo II.- Delito de función Artículo III.- Prevalencia de las normas en materia de derechos humanos Artículo IV.- Principio de legalidad Artículo V.- Prohibición de la analogía Artículo VI.- Principio de lesividad Artículo VII.- Conocimiento de la ley Artículo VIII.- Jurisdicción natural Artículo IX.- Función de la pena y de las medidas de seguridad Artículo X.- Principio de culpabilidad Artículo XI.- Derecho de defensa Artículo XII.- Doble instancia Artículo XIII.- Prohibición de doble incriminación Artículo XIV.- Principios militares policiales esenciales Artículo XV.- Aplicación supletoria LIBRO PRIMERO PARTE GENERAL TÍTULO I DE LA LEY PENAL MILITAR POLICIAL Capítulo I Aplicación espacial Artículo 1º.- Principio de territorialidad Artículo 2º.- Extraterritorialidad Artículo 3º.- Extradición y entrega Artículo 4º.- Ubicuidad