Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2010 (09/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425407

Nº 13-2009-MSS modificado por Decreto de Alcaldia Nº 13-2010-MSS; se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el Articulo 14º de la MORDAZA MORDAZA citada; siendo innecesaria la prepublicacion, por cuanto, permitira que los proyectos que presenten los inversionistas se ejecuten de acuerdo a las normas de zonificacion vigente; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Decretos de Alcaldia se reglamentan entre otros asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando al Informe Nº 307-2010-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, e Informe Nº 968 -2010GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades establecidas en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de las Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR el Numeral 4.1.2. del Articulo 4º, del Decreto de Alcaldia Nº 13-2009-MSS, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "4.1.2. Los Lotes Comerciales CZ (Comercio Zonal) indicados en el Plano de Zonificacion aprobado por Ordenanza Nº 912-MML, que contemplen bahias o refugios vehiculares, podra incrementar un piso adicional a la senalada en dicha MORDAZA, siempre que el 100% de la edificacion sea destinada para uso comercial" Articulo Segundo.- MODIFICAR el Numeral 6.1.4. del Articulo 6º, del Decreto de Alcaldia Nº 13-2009-MSS, modificado por Decreto de Alcaldia Nº 13-2010-MSS. el mismo que quedara redactado de la siguiente forma: "6.1.4. Los lotes con zonificacion RDA o RDM con frente a las vias establecidas en el Literal D.1. del Anexo Nº 02 ­ Consideraciones Normativas de la zonificacion correspondiente a un sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana - de la Ordenanza 912-MML; son compatibles con actividades comerciales que cuentan con ubicacion conforme en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas correspondiente al Area de Tratamiento Normativo III del distrito de MORDAZA de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 1216-MML, manteniendo las condiciones urbanisticas (seccion de vias, alturas, retiros), que rigen al uso residencial, permitiendose como MORDAZA el primer piso para uso comercial (CZ)", siendo el resto de la edificacion de uso residencial, los accesos peatonales y vehiculares deberan ser independientes segun su uso; para los lotes ubicados en esquina con ambientes destinados a comercio, los accesos deberan resolverse frente a las vias senaladas anteriormente; y para las unidades de vivienda, los accesos deberan plantearse frente a las vias de uso residencial". Articulo Tercero.- INCORPORAR el Numeral 17.9 del Articulo 17º del Decreto de Alcaldia Nº 13-2009-MSS, el cual quedara redactado de la siguiente forma: "17.9 Tipos de Locales Comerciales.Los tipos de locales comerciales son: 17.9.1. Tienda.- Edificacion independizada de uno o mas niveles, que puede o no formar parte de otra edificacion, orientada a la comercializacion de un MORDAZA de bienes o servicios. La edificacion independizada debera tener un area minima de 30 m2 y contar con acceso directo desde la via publica. 17.9.2. Conjunto de tiendas.- Edificacion por varios locales comerciales independientes que forman parte de una sola edificacion. Los locales comerciales independientes deberan tener un area minima de 30 m2 y contar con acceso directo desde la via publica. 17.9.3. Tienda por departamentos.- Edificacion de gran tamano destinada a la comercializacion de gran diversidad de bienes. 17.9.4. Centro Comercial.- Edificacion constituida por un conjunto de locales comerciales y/o tiendas por departamentos y/u oficinas, organizados dentro de un Plan Integral, destinada a la compra-venta de bienes y/o prestacion de servicios, recreacion y/o esparcimiento. 17.9.5. Complejo comercial.- Conjunto de edificaciones independientes constituido por locales comerciales y/o

tiendas por departamentos, zonas para recreacion activa o pasiva, servicios comunales, oficinas, etc. Articulo Cuarto.- INCORPORAR parrafo final al Numeral 23.1.1. del Articulo 23º del Decreto de Alcaldia Nº 13-2009-MSS, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Establecer las dimensiones minimas de los espacios de los estacionamientos comerciales, los cuales seran: Estacionamientos Simples: 2.50 metros de ancho por 5.00 metros de largo; Estacionamientos en Doble Fila: 2.50 metros de ancho por 9.50 metros de largo; se prohibe estacionamientos en triple fila o mas. Disponer que el ancho del area de maniobra minima debe ser 6.00 metros". Articulo Quinto.- DEROGAR el MORDAZA parrafo del Literal b), del Numeral 3.1.3, del Articulo 3 del Decreto de Alcaldia Nº 13-2009-MSS. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Setimo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente norma. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 541143-2

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan amnistia tributaria y administrativa con ocasion del 61º Aniversario del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2010-MDS Surquillo, 31 de agosto de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO, el Informe Nº 044-2010-GR-MDS de fecha 31 de agosto de 2010 de la Gerencia de Rentas, relativo a la prorroga de la fecha de vencimiento de la Amnistia Tributaria y Administrativa con ocasion del 61º Aniversario del Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 244-MDS se establecio una Amnistia Tributaria y Administrativa para los contribuyentes del distrito de Surquillo con ocasion del Sexagesimo Primer Aniversario de Surquillo aplicable a los contribuyentes deudores de obligaciones tributarias y administrativas generadas hasta la vigencia de la presente Ordenanza, estableciendose como fecha de termino el 31 de MORDAZA de 2010, la cual fuera prorrogada hasta el 15 de agosto de 2010 por virtud del Decreto de Alcaldia Nº 0052010-MDS; y prorrogada hasta el 31 de agosto de 2010 por Decreto de Alcaldia Nº 006-2010-MDS; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza citada permite al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, prorrogue los plazos de aplicacion de los beneficios de la amnistia tributaria y administrativa; Que, en atencion a los Informes de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza y posterior Decreto de Alcaldia,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.