Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2010 (09/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2010

otras entidades publicas o privadas, siendo el monto que se cobra por ello un precio publico; Que, el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA fue aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 100-2005-MML, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01 de enero del 2006; De conformidad con los Articulos 20º Numeral 6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y Articulo 37° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo Primero.- Fijese los siguientes precios a cobrar por el Servicio de Velatorio Municipal que brinda la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Metropolitana de Lima: MORDAZA con Capilla Ardiente MORDAZA sin Capilla Ardiente Ambiente de Servicios Alquiler de la Capilla para Servicio Religioso S/. 60.00 30.00 5.00 20.00

Articulo Segundo.- Incluyase en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el "Servicio de Velatorio Municipal", de acuerdo al detalle consignado en el Anexo adjunto, que forma parte del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia y su Anexo seran publicados en el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 540103-1

Que, igualmente son funciones de las Municipalidades tal y como lo precisa el articulo 73º inciso 1) concordante con el articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 el velar por el saneamiento ambiental, salubridad y salud. Que, mediante Informe Nº 011-2010-ODC-MDCH la Secretaria Tecnica de Defensa Civil recomienda Declarar en Emergencia dicho sector dado la situacion inestable del cerro compuesto por MORDAZA fracturada con presencia de grietas mayores a un centimetro, cuyos trabajos de limpieza y remocion de escombros por Maquinarias Municipal podria generar vibraciones y nueva caida de rocas con dano al personal trabajador, pobladores, viviendas colindantes e infraestructura Municipal, asi tambien recomendamos contratar los servicios de una empresa especializada en el tema afin de llevar a cabo los trabajos en mencion, se debera notificar a la Junta Directiva del AA.HH. Ampliacion Intillacta a fin de que tomen las previsiones necesarias respecto a lo indicado. Se debera notificar al propietario del inmueble ubicado en la Mz A7 Lt 15 a fin de evacuar del inmueble por ubicarse en MORDAZA de alto riesgo. Que, haciendo uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA aprobatorio por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal. ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA al Asentamiento Humano INTILLACTA en el tramo comprendido en la MORDAZA de derrumbe del cerro en el Jr. 06 de Enero de dicho Asentamiento Humano, por las razones expuestas en los considerando del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion, dada la condicion de emergencia a fin de efectuar la contratacion de una Empresa especializada en el tema, para llevar a cabo de los trabajos de limpieza, remocion de escombros y materiales inestables, que la maquinaria municipal no puede realizar ya que podria generar vibraciones y nueva caida de rocas con dano al personal al trabajador, pobladores, viviendas colindantes e infraestructura Municipal. Articulo Tercero.- DISPONER que se proceda a notificar a la Junta Directiva del AA.HH. Ampliacion Intillacta a fin de que tomen las previsiones necesarias respecto a lo indicado. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 540569-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Declaran en emergencia al Asentamiento Humano Intillacta en tramo comprendido en MORDAZA de derrumbe y exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa para la remocion de escombros
ACUERDO DE CONCEJO N° 25-2010-MDCH Chorrillos, 21 de agosto del 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Que, asimismo el articulo IV del Titulo Preliminar de la referida Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion.

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Modifican el Articulo 12º Ordenanza Nº 160-MDPH
ORDENANZA Nº 187-2010-MDPH Punta MORDAZA, 3 de septiembre del 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 3 de septiembre de 2010, el Informe Nº 150-2010-MDPH-OAJ, de fecha 27 de agosto de 2010, emitido por la Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, y el Informe Nº 084-2010OR-MDPH de fecha 26 de agosto de 2010, respecto del Proyecto de Ordenanza que modifica el articulo 12º de la Ordenanza Nº 160-2010-MDPH; y,

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la

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