Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2010 (09/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2010

"Articulo 13º.- DEL DESCARGO El presunto infractor podra formular descargo dentro del plazo de 5 dias habiles de impuesta la PIM. El descargo sera presentado por escrito en la Subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo, la cual debera anexarlo al expediente de fiscalizacion organizado. Vencido el plazo para presentar el descargo presentado este la Subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo debera remitir el expediente de fiscalizacion organizado a la Subgerencia o Unidad Organica correspondiente, dentro de las 48 horas." "Articulo 14º.- DE LA EMISION Y NOTIFICACION DE LA RESOLUCION La Resolucion Subgerencial a traves de la cual se expresa la decision respecto de las infracciones administrativas sera emitida segun la naturaleza del caso por la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones, la Subgerencia de Programas Sociales y Nutricionales, la Subgerencia de Juventudes, Deporte y Recreacion, la Subgerencia de Limpieza Publica, la Subgerencia de Parques, Jardines y Medio Ambiente, la Subgerencia de Defensa Civil, la Subgerencia de Estudios y Obras Publicas, la Subgerencia de Obras Privadas, la Subgerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro; y de ser el caso por las Gerencias respectivas, siempre que medie delegacion expresa del titular del Pliego." "Articulo 19º.INFRACCION DE LA CONTINUIDAD DE LA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen disposiciones para la regularizacion de obras ejecutadas en azoteas del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana
DECRETO DE ALCALDIA Nº 22-2010-MSS MORDAZA de MORDAZA, 7 de setiembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando que la autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 195º inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativa, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se senalan las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 74º de la Ley MORDAZA acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion, fiscalizacion y control, en las materias de su competencia, conforme a la Ley Nº 27972 y la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 19-2010-MSS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14.08.2010 se amplia la vigencia de la Ordenanza Nº 336-MSS "Regularizacion Tributaria y Administrativa por Actualizacion Catastral" hasta el 31.12.2010; Que, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro mediante Informe Nº 817-2010-SGPUCGDU-MSS, indica que a traves del Decreto de Alcaldia Nº 19-2010-MSS se amplia la vigencia de la Ordenanza Nº 336-MSS; la cual permite regularizar las edificaciones ejecutadas en el Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana y siendo dicha Subgerencia el organo competente para realizar las inspecciones oculares de las solicitudes presentadas por los vecinos al MORDAZA de la mencionada Ordenanza, ha verificado que dentro de dicho ambito, se han construido edificaciones en azoteas sobre el ultimo nivel autorizado; sin embargo, dichas obras no pueden ser regularizadas; por cuanto, la normatividad sobre la materia no lo contempla; Que, asimismo, sostiene la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro que, el Literal B. 13 del Anexo Nº 02 Consideraciones normativas de la zonificacion correspondiente a un sector del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana, de la Ordenanza Nº 912-MML "Reajuste integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo de un sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA, conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana"; dispone entre otros, que las azoteas podran ser de uso comun, privado o mixtos, segun lo determine la municipalidad distrital de MORDAZA de MORDAZA, siendo de materiales livianos para las edificaciones existentes; asimismo dispone que en las azoteas de uso comun, el ingreso sera unicamente desde la escalera principal y ascensores, en caso de

19.1 La continuidad se configura cuando el infractor, a pesar de haber sido sancionado, mantiene la conducta constitutiva de infraccion. Para que se sancione por continuidad debe haber transcurrido por lo menos treinta (30) dias habiles de emitida la primera Resolucion Subgerencial y se acredite haber notificado al administrado para que demuestre haber puesto fin a la infraccion dentro de dicho plazo." DISPOSICION FINAL Primera.- Derogacion Generica Deroguese o dejese sin efecto, segun corresponda, todas las normas que se opongan o resulten incompatibles con la presente ordenanza. Segunda.- Vigencia La presente ordenanza entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION TRANSITORIAS Primera.- Regulacion Transitoria Los procedimientos sancionadores con expedientes en tramite, organizados MORDAZA de la entrada en MORDAZA de la presente ordenanza, se regiran por la normativa anterior hasta poner fin a la via administrativa. Segunda.- Plazo de Adecuacion Fijese un plazo de 30 (treinta) dias a partir de la vigencia de la presente ordenanza para que las subgerencias se adecuen a la misma. Tercera.- Remision de Expedientes A partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza la Subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo remitira a las subgerencias los expedientes administrativos relativos a los procedimientos sancionadores bajo su cargo. Cuarta.- El dispositivo legal aprobado se publicara en el Diario Oficial El Peruano y el texto integro de los documentos de gestion aprobados en el MORDAZA institucional www.munisanmiguel.gob.pe y en los portales de servicio al ciudadano y empresa www.psce.gob.pe, y del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 540846-1

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