Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2010 (09/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Justicia de MORDAZA, quien se viene desempenando como Juez Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion; y, agradeciendosele por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Reconocer publicamente, acorde a lo expresado en la parte considerativa de la presente resolucion, los servicios prestados a este Poder del Estado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su destacada trayectoria como magistrado, asi como por sus cualidades humanas y profesionales. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 540960-2

Sancionan con destitucion a Secretario Judicial del Decimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION N° 208-2008-LIMA MORDAZA, cinco de agosto de dos mil diez. VISTA: La Investigacion numero doscientos ocho guion dos mil ocho guion MORDAZA seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Secretario Judicial del Decimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero doce expedida con fecha veintinueve de marzo del ano en curso, obrante de fojas quinientos once a quinientos treinta y cinco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que previo al pronunciamiento respecto al presente procedimiento administrativo disciplinario, corresponde evaluar el pedido verbal del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el cual solicita inhibirse de emitir pronunciamiento en estos actuados; de sus fundamentos se desprende que es Juez Titular del Decimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el cual se han suscitado los hechos materia de la presente investigacion. Al respecto, se tiene que un magistrado puede apartarse de un MORDAZA puesto en su conocimiento, por causales expresamente previstas en la ley y lograr inhibirse de oficio; ademas en forma excepcional puede hacerlo cuando se duda de su imparcialidad siempre que exista un motivo fundado, atendiendo a sus actitudes personales durante la practica de actos procesales o tambien a sus presuntos vinculos legales, intereses o relaciones no contempladas expresamente por la ley, que puedan poner en tela de juicio su imparcialidad; por lo que resulta amparable la peticion formulada, conforme a lo establecido en el articulo ochenta y ocho de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Segundo: Que, los hechos que se atribuyen a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA radican en que paralelamente a las funciones como Secretario de Juzgado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, desde el ano dos mil seis brindaba asesoria juridica a la Asociacion de Comerciantes Importadores MORDAZA, por ello los cargos imputados en su contra son: a) Por ejercer labores relacionadas a su funcion fuera del recinto judicial; b) Incompatibilidad por razones de funcion para patrocinar; y c) Infraccion a los deberes y prohibiciones establecidas en la Ley Organica del Poder Judicial. En tal sentido, corresponde determinar

si estos cargos se encuentran debidamente acreditados y eventualmente la sancion a imponerse; Tercero: Que, a manera de introduccion y a efectos de establecer la MORDAZA aplicable, es menester precisar que el ordenamiento nacional ha establecido dos supuestos que rigen la potestad sancionadora de la administracion y que operan a favor del administrado, en cuanto a la dimension temporal de las normas. Los supuestos son los siguientes: i) El MORDAZA de irretroactividad, el cual garantiza que la atribucion de la potestad sancionadora solo sera valida para la aplicacion de disposiciones de tipificacion de ilicitos y previsora de sanciones, cuando hayan entrado en vigencia con anterioridad al hecho y esten vigentes al momento de su calificacion por la autoridad; y, ii) La aplicacion de las normas sanciona5doras posteriores a la comision del ilicito que benefician al administrado, esto es retroactividad de la norma; tipificado en el articulo doscientos treinta, inciso cinco, de la Ley del Procedimiento Administrativo General que establece "Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le MORDAZA favorables"; Cuarto: Con fecha siete de MORDAZA de dos mil nueve entro en vigencia la Ley N° 29277 -Ley de la MORDAZA Judicial-, donde en su disposicion complementaria derogatoria establece derogar varios articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial entre ellos los articulos doscientos uno y doscientos once, normas invocadas en la resolucion materia de pronunciamiento al estar vigentes, pero que se encuentran derogadas al momento de resolver la presente investigacion, y descrita en los articulos diez y diecisiete del Reglamento del Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; por lo que se puede apreciar que la MORDAZA MORDAZA citada no ha tenido cambio sustantivo en relacion al caso en referencia; en tal sentido, se debe aplicar la MORDAZA vigente a la fecha de la comision de los hechos investigados de conformidad con el MORDAZA de irretroactividad MORDAZA descrito; Quinto: En cuanto a los hechos, se advierte de autos que el Presidente de la Asociacion de Importadores MORDAZA atribuye al investigado haberle brindado asesoria juridica en el tramite en un MORDAZA de prescripcion adquisitiva de dominio a cambio de un provecho economico (veinticinco mil dolares americanos), el cual se encuentra acreditado, entre otros, con el documento obrante a fojas veinte de fecha diciembre de dos mil seis, denominado "contrato de asesoria" suscrito por los representantes de la Asociacion denunciante y el investigado, de cuyo texto se colige que la referida asociacion se compromete a pagar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la suma de quince mil dolares americanos para que este lo asesore en el MORDAZA judicial de prescripcion adquisitiva de domino sobre el local comercial de la asociacion. Si bien el investigado ha negado la firma consignada en el documento MORDAZA mencionado; sin embargo, de una simple comparacion con la firma que aparece en la ficha del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es evidente la similitud entre MORDAZA firmas; Sexto: Asimismo, se puede apreciar en el descargo realizado por el investigado obrante de fojas cuatrocientos veintiocho a cuatrocientos veintinueve, quien refiere conocer a los quejosos por cuanto han contrato los servicios del Estudio Juridico De Los MORDAZA MORDAZA MORDAZA donde su hermana MORDAZA de Los MORDAZA MORDAZA trabaja; ademas, no debe perderse de vista la Carta Notarial que obra a fojas once de fecha uno de marzo de dos mil siete cursada por MORDAZA de Los MORDAZA MORDAZA a la Asociacion de Comerciantes Importadores MORDAZA, donde textualmente refiere que su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA estuvo apoyando con su asesoria y experiencia en los diversos casos que maneja el estudio. Por otro lado, se atribuye a la asociacion conocer la situacion laboral de su hermano -trabajador del Poder Judicial- e incluso le manifiesta que trataron de concertar una reunion con los denunciantes con citacion a MORDAZA MORDAZA para que participe en Ia reunion y haga sus descargos. A mayor abundamiento se observa a fojas trescientos cuarenta y cinco la demanda de prescripcion adquisitiva interpuesta el veintisiete de noviembre de dos mil siete por la Asociacion denunciante; en el MORDAZA otrosi se autoriza a MORDAZA De Los MORDAZA MORDAZA hermana del investigado- para que se le otorgue facilidades del caso en el mencionado MORDAZA judicial; lo cual nos Ileva a concluir que el investigado brindaba asesoria juridica a terceros directamente o a traves del estudio

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