NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (09/09/2010)
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TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de setiembre de 2010 425390 de presencia paterna, conforme se evidencia del Informe Psicológico de fojas 19, elaborado por el Psicólogo Jesús Herrera De Amat, especialista del Instituto de Salud Adolescente de la Universidad Nacional de San Agustín, y en el que se concluye que el adolescente quien tiene problemas de lenguaje, presenta una marcada preocupación por su familia debido a que se encuentra separada por motivos de trabajo lo cual ocasiona que tenga una carencia afectiva; por lo cual tiene incluso difi cultades en las áreas intrapersonal y de adaptabilidad; recomendándose presencia del padre y terapia familiar; Quinto: Que, el artículo 5° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 052-93-CE-PJ, señala que el traslado por unidad familiar procede cuando el cónyuge del magistrado y/o sus hijos menores de edad o incapacitados, tienen residencia permanente y por razones justifi cadas, en el lugar de destino; Sexto: Que, siendo así, resulta evidente que en las actuales circunstancias no es factible que la familia del magistrado recurrente pueda trasladarse a la ciudad de Ica, donde éste cumple funciones jurisdiccionales; motivo por el cual al concurrir los requisitos exigidos por el artículo 5° del mencionado reglamento, y atendiendo al interés superior del niño y del adolescente que se confi gura con el hecho que el menor P.S.J.C.A., necesita tener cerca la fi gura paterna para su desarrollo integral; es del caso acceder a la solicitud del magistrado recurrente y disponer su traslado por razones de unidad familiar a la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Juez Superior titular; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Flaminio Vigo Saldaña, sin la intervención del señor Consejero Darío Palacios Dextre por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por razones de unidad familiar presentada por el señor Erazmo Armando Coaguila Chávez, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ica y de Arequipa, Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA 540960-1 Aceptan renuncia al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien se viene desempeñando como Juez Provisional de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 307 - 2010 - CE - PJ Lima, 8 de setiembre de 2010 VISTA: La solicitud de renuncia irrevocable por motivos personales presentada por el señor Sergio Roberto Salas Villalobos, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; quien se viene desempeñando como Juez Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la República, con certifi cación de fi rma ante el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor Sergio Roberto Salas Villalobos formula renuncia irrevocable por motivos personales a la carrera judicial en el cargo de Juez del Poder Judicial, precisando que ha desempeñado por más de 16 años sin interrupción servicios al sistema de justicia; solicitando que la misma se haga con exoneración de cualquier trámite previo que impida o retarde su ejecución; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3, de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial; Tercero: Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente, no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado de este Poder del Estado; Cuarto: Que, de otro lado, conforme aparece de la Hoja de Vida adjunta, el señor Sergio Roberto Salas Villalobos ha desempeñado, entre otras, las siguientes funciones: • Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima (2001 - 2002). • Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Elecciones Municipales 1998, elegido por acuerdo de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Lima. • Miembro Integrante y Representante del Poder Judicial en el CERIAJUS, y Presidente del Grupo Temático de Gobierno, Gestión y Presupuesto del Poder Judicial (2003). • Miembro de la Comisión Interna del Poder Judicial para el Ante Proyecto de la Ley de Carrera Judicial (2003). • Representante del Poder Judicial ante el Registro Nacional de Detenidos a Pena Privativa de Libertad Efectiva - RENADESPPLE; desde 1996 a la fecha. • Representante de la Corte Suprema de Justicia de la República ante la Comisión Nacional de Seguridad Ciudadana – CONASEC, desde el año 2003 a la fecha. • Miembro de la Comisión de Diseño del Nuevo Despacho Judicial aprobado por el III Congreso Nacional de Jueces – Piura, año 2009. • Participó como Coordinador en el I, II y III Congresos Nacionales de Jueces, así como Miembro de la Comisión Organizadora del II Congreso. • Autor del Libro Sistemas Judiciales. Visión y Análisis Comparativo en el Integral de los Modelos Contemporáneos en el siglo XXI, con el auspicio del Proyecto JUSPER - Poder Judicial año 2009 Quinto: Que, siendo así, y teniendo en cuenta la destacada trayectoria profesional del señor Sergio Roberto Salas Villalobos en su labor como magistrado del Poder Judicial, en su condición de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, Juez Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la República, y estando a su evidente capacidad profesional, vocación de servicio y dedicación; es menester brindar reconocimiento por su desempeño al servicio de este Poder del Estado; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 09 de setiembre del año en curso, la renuncia irrevocable formulada por el señor Sergio Roberto Salas Villalobos al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de