NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (28/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de setiembre de 2010 426484 de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 548968-1 Rectifican y precisan conformación de la Primera Sala Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 761-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de setiembre del 2010 VISTOS: La Resoluciones Administrativas Nº 738 y 741-2010- P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 738- 2010-CSJLI/PJ de fecha veinte de setiembre del presente año, se conforma el Colegiado de la Primera Sala Civil de Lima, designando al doctor Eduardo Armando Romero Roca, como integrante del mismo, por las vacaciones de la doctora Bustamante, del 21 al 24 de setiembre del presente año. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 748- 2010-CSJLI/PJ de fecha veintiuno de setiembre del presente año, se designa al doctor Oswaldo Espinoza López, a partir del 22 de setiembre al 20 de octubre del presente año como integrante de la Primera Sal Civil de Lima, por la licencia del doctor Romero Díaz. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: Rectifi car el Artículo Segundo de la Resolución Administrativa Nº 741-2010-P-CSJLI/PJ, en el extremo de la conformación de la Primera Sala Civil de Lima, debiendo ser de la siguiente manera del 22 al 24 de setiembre del presente año: Primera Sala Civil de Lima: Dr. Rómulo Torres Ventocilla Presidente Dr. Eduardo Armando Romero Roca (P) Dr. Oswaldo Espinoza López (P) Artículo Segundo.- Precisar que la conformación del Colegiado de la Primera Sala Civil de Lima del 25 de setiembre al 20 de octubre del presente año, será de la siguiente manera: Primera Sala Civil de Lima: Dra. Emilia Bustamante Oyague Presidente Dr. Rómulo Torres Ventocilla (T) Dr. Oswaldo Espinoza López (P) Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 548970-1 Designan Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado Transitorio Laboral de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 762-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 27 de setiembre del 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, habiendo tomado conocimiento que el doctor Edgar Rodolfo Montes Anticona, Juez Supernumerario del Tercer Juzgado Transitorio Laboral de Lima, se encuentra delicado de salud, motivo por el cual esta Presidencia considera necesario designar al magistrado que lo reemplazará a fi n de no alterar el normal funcionamiento del referido órgano jurisdiccional. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de éste Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.