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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de abril de 2011 440254 se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012, expidiéndose oportunamente las correspondientes autorizaciones; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem Nº 27, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por Ley Nº 29598, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010 DE, del 20 de noviembre 2010; Que, el Artículo 8º del Reglamento de Viajes al Exterior de personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobada con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, señala que cuando la Misión de Estudios sea por un período mayor a un (01) año, corresponderá la asignación de pasajes y tarifa única de uso de aeropuerto para el titular, cónyuge y aquellos sobre quienes se ejerce la patria potestad, así como los gastos de traslado, el equivalente a dos (02) compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero que comprende los gastos por equipaje, bagaje e instalación, tanto para el viaje de ida como de vuelta; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Misión de Estudios al señor Teniente Coronel EP Víctor Fernando GÁLVEZ SILVA, identifi cado con DNI Nº 43604604 y CIP Nº 116632800, para participar como alumno invitado en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas, en la ciudad de Madrid - Reino de España, del 1 de mayo de 2011 al 31 de julio de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Madrid - Lima (Clase económica) US$ 2031.00 x 03 personas (Incluye TUUA) Gastos de Traslado (Ida) US$ 4050.00 x 02 compensaciones Para los gastos que se irroguen para el cumplimiento de la presente misión en el ejercicio fi scal 2012, la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, tomará las previsiones respectivas con cargo a sus partidas presupuestales, en el ejercicio presupuestal correspondiente. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos, de servicios en el exterior, de conformidad con el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/ SG de fecha 25 de julio de 2008, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El mencionado Ofi cial revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 6º.- El citado Ofi cial, no podrá solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido a la Institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la misión de estudios. Artículo 7º.- El citado Ofi cial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 623300-11 Otorgan derecho de uso de área acuática a la empresa Austral Group S.A.A. para la instalación de terraplén, como ampliación de sus instalaciones, a ubicarse en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 122-2011-DE/ Lima, 1 de abril de 2011 Vista la Carta GF-443/2007 del 26 de diciembre de 2007, presentada por el señor Juan de Dios ARCE VIZCARRA, Gerente de Flota de la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A. sobre el otorgamiento del derecho de uso de área acuática para la instalación de UN (1) Terraplén, ubicado en la Bahía de Coishco, distrito de Chimbote, provincial del Santa, departamento de Ancash, relacionado con el Expediente Nº DMA-223-08-CA; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 66º de la Constitución Política del Perú, los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la Nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, el inciso a) del artículo 3º de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los