Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440267

Articulo 6º.- Terminada la vigencia del permiso de pesca otorgado mediante la presente Resolucion, la empresa pesquera a traves de su representante legal en el MORDAZA, debera entregar mediante declaracion jurada expresa a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcacion pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fines estadisticos del Ministerio de la Produccion. Articulo 7º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 8º.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a traves de la presente resolucion, debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente Resolucion. Articulo 10º.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion no exime a la empresa senalada en el Articulo 1° de la presente Resolucion, de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 622109-5

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 139-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de marzo de 2011 Visto los escritos con registros Nºs. 00088629-2010 y adjunto N° 1, del 18 de noviembre de 2010 y 07 de febrero de 2011, respectivamente, presentados por MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA ECA y MORDAZA MORDAZA ECA; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE y modificado por el Decreto Supremo N° 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia

de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Directoral N° 073-99CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 01 de MORDAZA de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA y ESPOSA y MORDAZA MORDAZA ECA y ESPOSA para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PT-18509-CM, con 62.61 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos; cachema, suco, jurel, cabrilla, caballa y MORDAZA con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco de 1 ½ pulgada (38 mm) de tamano de abertura de malla en el ambito del litoral peruano y fuera de la cinco (05) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral N° 120-2000CTAR-PIURA/DIREPE-Dr de fecha 27 de noviembre del 2000, se amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral N° 073-99-CTAR PIURA/DIREPE-Dr, al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA y ESPOSA, MORDAZA MORDAZA ECA y ESPOSA; para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PT-18509-CM, con 18.83 de Arqueo Neto, equivalente a 62.61 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm), y 1 ½ pulgada (38 mm), de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas, fuera de las cinco (05) millas de la costa; Que, mediante Resolucion Directoral N° 066-2004GRP-420020-100 de fecha 15 de junio de 2004, se modifico la Resolucion Directoral N° 073-99-CTAR-PIURA/ DIREPE-DR de fecha 01 de MORDAZA de 1999, modificada por Resolucion Directoral N° 120-2000-CTAR-PIURA/ DIREPE-DR de fecha 27 de noviembre de 2000, en el extremo referido al volumen de capacidad de bodega correspondiente a la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PT-18509-CM, consignandose el volumen de 79.13 m3 conforme al fundamento expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 052-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de enero de 2009, se rectifico el error material contenido en las Resoluciones Directorales N° 073-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR, modificada por la Resolucion Directoral N° 120-2000-CTAR PIURA/DIREPEDR, y Resolucion Directoral N° 066-2004-GRP-420020-100, incluyendo a las senoras RAMONA ECCA DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, como titulares del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PT-18509-CM; Que, mediante Resolucion Directoral N° 619-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 17 de setiembre de 2010, se declaro IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PT-18509-CM; Que, a traves de los escritos del visto, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA ECA y MORDAZA MORDAZA ECA; solicitan cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA con matricula N° PL-18509-CM, en virtud de lo dispuesto por el procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que, mediante el Oficio N° 0038-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 05 de enero de 2011, se requirio a los administrados, a fin que cumplan con consignar los datos de Publicidad Registral (Ficha/Partida y Asiento) de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula PT-18509CM, otorgandose un plazo de diez dias habiles, caso contrario se declararia IMPROCEDENTE su solicitud; Que, con fecha 22 de enero de 2011, segun consta en el Cargo de Recepcion obrante en fojas 36 del expediente, el senor MORDAZA MORDAZA ECA identificado con D.N.I. N° 02758898 recepciona el Oficio N° 0038-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi; Que, mediante escrito con registro N° 0008629-20101 de fecha 07 de febrero de 2011, los administrados

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