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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de abril de 2011 440259 Que, la Dirección de Normatividad, propone a la Dirección Nacional la modificación del Plan Contable Gubernamental vigente, considerando la naturaleza de las cuentas contables, los dispositivos legales y las normas sobre la materia; así como los cambios en los Clasificadores Presupuestarios de Ingresos y Gastos Presupuestarios aprobados por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, mediante la Resolución Directoral Nº 043-2009-EF/76.01 y modificatorias; Que, es necesario modifi car el Plan Contable Gubernamental 2009, de acuerdo a las propuestas por la Dirección de Normatividad; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7º literal a) de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la versión modifi cada del Plan Contable Gubernamental 2009, el mismo que forma parte de la presente Resolución y disponer su difusión en el Portal del Ministerio de Economía y Finanzas http://www. mef.gob.pe, en la misma fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 622884-1 EDUCACION Disponen que los egresados del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI con anterioridad a la expedición de la Ley Nº 29672, pueden acceder a un título a nombre de la Nación DECRETO SUPREMO Nº 008-2011-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29672 - Ley que autoriza al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI) a otorgar títulos a nombre de la Nación, reconoció a dicha entidad como persona jurídica de derecho público, con autonomía técnica, pedagógica, administrativa y económica, con patrimonio propio, de gestión privada, no comprendida en el ámbito de aplicación de las normas del sistema administrativo del Sector Público; Que, asimismo, dicha norma le autorizó a otorgar títulos a nombre de la Nación según las normas vigentes; Que, tal atribución debe ser ejercida por SENATI conforme al principio constitucional de igualdad ante la ley, de manera tal que aquellos que hayan egresado del SENATI con anterioridad a la dación de la mencionada Ley, puedan también acceder a un título a nombre de la Nación siempre y cuando cumplan con los requerimientos académicos y legales que se establezcan para tal efecto; De conformidad con el numeral 3) del artículo 11º de la Ley Nº 29158 y de la Ley Nº 29672; DECRETA: Artículo 1º.- De la titulación Dispóngase que aquellas personas que hayan egresado del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI con anterioridad a la expedición de la Ley Nº 29672, pueden acceder a un título a nombre de la Nación, siempre que cumplan con los requerimientos académicos y legales que se establezcan para tal efecto, según las normas vigentes. Artículo 2º.- De las normas complementarias Autorízase al Ministerio de Educación a expedir las normas que resulten necesarias para la implementación del otorgamiento del título a nombre de la Nación establecido por la Ley Nº 29672. Artículo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de abril del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHAVEZ Ministro de Educación 623300-2 Modifican la Directiva “Normas que regulan el Proceso de Selección de Personal para cubrir mediante Encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1053-2011-ED Lima, 30 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Jefatural Nº 0452-2010-ED y su modifi catoria la Resolución Jefatural Nº 0898-2010-ED, se aprueba la Directiva Nº 022-2010-ME/SG-OGA-UPER de fecha 11 de Marzo del 2010, “Normas que regulan el Proceso de Selección de Personal para cubrir mediante Encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos”; Que, mediante Memorándum Nº 0173-2011-ME/ VMGP-DIGESUTP de fecha 01 de marzo del 2011 y Memorándum Nº 230-2011-ME/VMGP-DIGESUTP de fecha 22 de marzo del 2011, la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, solicita la modifi cación e inclusión de algunos numerales en la citada Directiva, con la fi nalidad de atender los casos presentados en los concursos de encargatura de Director General y plazas jerárquicas de Institutos de Educación Superior Pedagógicos y Tecnológicos, Escuelas Superiores de Formación Artística, Institutos Superiores de Educación y Escuelas Nacionales de Educación Superior, declarados desiertos porque los postulantes no alcanzaron el puntaje mínimo requerido o no existen postulantes a la convocatoria; Que, en tal sentido corresponde adecuar la citada Directiva con la fi nalidad de brindar solución a los problemas presentados, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por Ley Nº 26510; Ley Nº 29394; los Decretos Supremos Nºs. 006-2006-ED, 004-2010-ED y la Resolución Ministerial Nº 0023-2010-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese los acápites a. y b. del numeral 7.3.1 y el acápite c. del numeral 7.3.7 de la Directiva Nº 022-2010-ME/SG-OGA-UPER, “Normas que regulan el Proceso de Selección de Personal para cubrir mediante Encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos”,