Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, los administrados sustentan el procedimiento senalado en el considerando precedente, al poseer el dominio de la embarcacion pesquera ALABADO SEA MORDAZA de matricula PL-017354-CM, tal como consta en el Certificado Compendioso de Dominio, en la que consigna que la citada embarcacion esta inscrita en la Partida Nº 11048042 del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la MORDAZA Registral Nº II-Sede Chiclayo; Que, de la evaluacion al expediente presentado, se determina que los senores MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA, MORDAZA MORDAZA TINCEP MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, asi como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; por lo que corresponde aprobar, el cambio de titular de permiso de pesca solicitado a favor del mismo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Tecnico Nº 1842011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal Nº 2162011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de los senores MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA, MORDAZA MORDAZA TINCEP MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera ALABADO SEA MORDAZA de matricula PL-017354-CM, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina con destino al consumo humano directo y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado, con Resolucion Directoral Nº 021-2003-PRE/P-LL de fecha 28 de febrero de 2003. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado al senor MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 021-2003-PRE/P-LL de fecha 28 de febrero de 2003. Articulo 4º.- Incorporar a los senores MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA, MORDAZA MORDAZA TINCEP MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como los nuevos titulares del permiso de pesca de la embarcacion pesquera ALABADO SEA MORDAZA de matricula PL-017354-CM, en los Anexos correspondientes de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 622109-1

Otorgan permiso de pesca a empresas para operar embarcaciones pesqueras de banderas ecuatoriana y de Vanuatu
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 136-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de marzo de 2011 Visto: El escrito con Registro Nº 00015699-2011 de fecha 18 de febrero del 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA, con domicilio legal en la Av. MORDAZA MORDAZA Belaunde N° 181, Of. N° 404, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en representacion de la compania DELFITEC S.A. CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, solo podran efectuarse sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que, los Articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el inciso c) del Articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE del 04 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del Articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$. 50.00 (Cincuenta Dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que, con el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA en representacion de la compania DELFITEC S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "ROSSANA L", con matricula N° P-00-00839, de bandera ecuatoriana, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por un periodo de tres (3) meses; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se advierte que la administrada cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, asi como, los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 153-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal N° 263-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de

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