TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de abril de 2011 440421 resultado se aprobó la propuesta a siete Facultades, la que ha sido mayoritariamente aceptada por Decanos, profesores y alumnos de la Universidad, tal como lo confi rman las distintas actas suscritas por los Decanos; Que, en este contexto la Comisión de Orden y Gestión en uso de la potestad prevista en el artículo 29º inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733, en concordancia con el artículo 119º inc. g) del Estatuto Universitario y por acuerdo adoptado por UNANIMIDAD en Asamblea Universitaria de fecha 1 de diciembre del 2010, se ha determinado fusionar las Facultades de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; hecho que no signifi ca disminuir ni quitar la importancia de las distintas Facultades que por esta fusión se conviertan en Escuelas Académicas Profesionales, quienes serán en adelante las responsables de la formación académico profesional de los estudiantes, y contarán con un Consejo Directivo presidido por el Director de la Escuela con las atribuciones y facultades señaladas en el Estatuto Universitario; Que, la fusión de Facultades de la Universidad, permitirá optimizar los recursos humanos, fi nancieros, logísticos, académicos y de investigación; asimismo, cohesionar y ordenar a las distintas Escuelas Académicas Profesionales en una nueva Facultad, en base a su Proyecto de Desarrollo Institucional – PDI, basado en criterios de especialidad, afi nidad, analogía, semejanza, similitud, aproximación, funcionalidad y campo de acción entre ellas; y en este caso, para aprobar la fusión se han tomado todas estas variables que permitirán que las nuevas Facultades y Escuelas demuestren su capacidad de desarrollarse dentro de una nueva estructura académica-administrativa; y De conformidad con el Art. 29 º de la Ley Universitaria Nº 23733, el Art. 119º del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, las atribuciones conferidas a la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann mediante Resoluciones Nº 0068, 0676, 0681 y 0724-2010-ANR; y el acuerdo de la XI Sesión Extraordinaria de Asamblea Universitaria de fecha 1 de diciembre del 2010; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la FUSIÓN, ORDENAMIENTO Y CREACIÓN DE FACULTADES de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; quedando conformada la nueva Estructura Académica de la Universidad de la siguiente manera: 1. FACULTAD DE INGENIERÍA: E.A.P. Ingeniería de Minas E.A.P. Ingeniería Metalúrgica. E.A.P. Ingeniería Mecánica. E.A.P. Ingeniería en Informática y Sistemas E.A.P. Ingeniería Química. 2. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y EMPRESARIALES: E.A.P. Ciencias Contables y Financieras. E.A.P. Ciencias Administrativas. E.A.P. Derecho y Ciencias Políticas E.A.P. Ingeniería Comercial. 3. FACULTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS: E.A.P. Agronomía E.A.P. Economía Agraria E.A.P. Medicina Veterinaria y Zootecnia. E.A.P. Ingeniería Pesquera E.A.P. Ingeniería en Industrias Alimentarias. 4. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD: E.A.P. Medicina Humana. E.A.P. Obstetricia E.A.P. Enfermería E.A.P. Odontología. E.A.P. Farmacia y Bioquímica. 5. FACULTAD DE HUMANIDADES: E.A.P. Educación E.A.P. Ciencias de la Comunicación. 6. FACULTAD DE CIENCIAS: E.A.P. Biología-Microbiología. E.A.P. Física. 7. FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL, ARQUITECTURA Y GEOTECNIA: E.A.P. Ingeniería Civil E.A.P. Arquitectura y Artes E.A.P. Geología y Geotecnia. Artículo Segundo.- La nueva Estructura Académica entrará en vigencia a partir del 01 de Enero del 2011 y su aplicación se inicia con el Año Académico 2011. Artículo Tercero.- Las nuevas Facultades tendrán el plazo de 60 días para la implementación y reestructuración académica y administrativa de sus respectivas Escuelas que la conforman. Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución en conocimiento de las autoridades de la Universidad, de la Asamblea Nacional de Rectores, así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y ejecútese. LUIS ALBERTO IBERICO ROJAS Presidente DIGNO VALENZUELA PAJUELO Secretario General 596471-1 Inician Proceso Administrativo Disciplinario a docentes de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN COMISIÓN DE ORDEN Y GESTIÓN RESOLUCIÓN PRESIDENCIA COMISIÓN DE ORDEN Y GESTIÓN Nº 1129-2010-COG-UN/JBG Tacna, 20 de diciembre del 2010 VISTOS: El Informe de Pronunciamiento de fecha 19 de julio del 2010, emitido por la Comisión Externa de Procesos Administrativos 2010 de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann de Tacna– Expediente Nº 002-2010- UNJBG caso C.D. Joel Pauro Asillo (250 folios), que contiene el Informe Legal Nº 001-2010-OFAL-UNJBG; sobre apertura de proceso administrativo disciplinario. CONSIDERANDO: Que, conforme a las Resoluciones Nº 068, 0676, 0681 y 724-2010-ANR, emitidas por la Asamblea Nacional de Rectores, se amplía el plazo de intervención de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, por el término de 180 días, designando a partir del 02 de agosto del 2010, una nueva Comisión de Orden y Gestión con atribuciones de Consejo Universitario y Asamblea Universitaria; Que, mediante Resolución de Orden y Gestión Nº 567- 2010-COG-UNJBG de fecha 15 de julio del 2010, la Comisión de Orden y Gestión designada mediante Resolución Nº 078-2010-ANR, designó una Comisión Externa de Procesos Administrativos de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, que hará las veces de Tribunal de Honor, para autoridades y ex autoridades universitarias, de Comisión de Procesos Administrativos para Docentes, de Comisión de Procesos Administrativos para No Docentes y de Comisión de Procesos Disciplinarios para Estudiantes; Que, dentro de las atribuciones conferidas a la Comisión Externa de Procesos Administrativos de