Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2011 (05/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de MORDAZA de 2011

la Universidad, esta ha tomado conocimiento de la denuncia presentada por el Docente C.D MORDAZA MORDAZA PAURO ASILLO de la Escuela Academica Profesional de Odontologia de la Facultad de Ciencias Medicas, quien presenta su queja ante el Vicerrector Academico Dr. MORDAZA MORDAZA Cutire, por presuntas presiones que venia siendo objeto por parte del Decano de la Facultad de Ciencias Medicas, Dr. MORDAZA MORDAZA Rendon para que retire las Actas Finales y someter a una nueva evaluacion a los alumnos: GUINER DUBERLY MORDAZA MORDAZA, SNYDERS EYCK MORDAZA MORDAZA COPA, SHARET MARIASELLA MORDAZA PUMATAY y MORDAZA MORDAZA HUANACUNI MORDAZA, quienes fueron desaprobados en el curso de ENDODONCIA CLINICA I del IV ano, Seccion A; ademas al haberse negado al pedido del Decano, y como represalia no se le permitio elegir el curso que le correspondia dictar, (ENDODONCIA CLINICA I y II), y que le fueron negados por encontrarse en "conflicto" por queja de los alumnos desaprobados; Que, de la evaluacion efectuada por la Comision Externa de MORDAZA Administrativos, asi como por la Oficina de Asesoria Legal de la Universidad a la denuncia presentada por el Docente C.D MORDAZA MORDAZA Pauro Asillo; se desprende que efectivamente el citado docente, dicto el curso de ENDODONCIA CLINICA I correspondiente a la Seccion A del IV ano de Odontologia, del periodo academico 2008; curso en el que resultaron desaprobados, entre otros, los siguientes alumnos: GUINER DUBERLY MORDAZA MORDAZA, SNYDERS EYCK MORDAZA MORDAZA COPA, SHARET MARIASELLA MORDAZA PUMATAY y MORDAZA MORDAZA HUANACUNI RAMOS; sin embargo estos alumnos presentaron ante el Director de la Escuela Academico Profesional de Odontologia, sus reclamos contra el docente, por la forma de llevar a cabo sus clases de Endodoncia (practica); reclamos que fueron presentados con fecha 26 y 28 de enero del 2009, cuando el Docente responsable del curso, ya habia presentado su ACTA FINAL a la autoridad Universitaria, Acta debidamente firmada con fecha 18 de diciembre del 2008 por el Decano de entonces MORDAZA MORDAZA BORNAZ MORDAZA, el Secretario Academico MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el profesor del curso, MORDAZA MORDAZA PAURO ASILLO; Que, con fecha 4 de marzo del ano 2009, se lleva a cabo la reunion del Consejo Directivo Transitorio de la E.A.P de Odontologia, integrado por los siguientes docentes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINA, MORDAZA BARCENA TACO, MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, y el estudiante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de "verificar" la evaluacion llevada a cabo por el docente MORDAZA Pauro Asillo, del curso de Endodoncia Clinica I; Consejo Directivo que luego de "verificar" las evaluaciones de cada uno de los alumnos mencionados, procedio a asignarles las siguientes notas finales: GUINER DUBERLY MORDAZA MORDAZA, la nota de doce (12); SNYDERS EYCK MORDAZA MORDAZA COPA, la nota de once (11); SHARET MARIASELLA MORDAZA PUMATAY, la nota de once (11) y MORDAZA MORDAZA HUANACUNI MORDAZA, la nota de once (11); Que, dicho acuerdo del Consejo Directivo, con las "nuevas calificaciones" realizadas a los alumnos desaprobados les fueron remitidas al Decano de la Facultad de Ciencias Medicas, quien habria autorizado la expedicion de una NUEVA ACTA FINAL del curso de ENDODONCIA CLINICA I, desconociendo las normas y reglamentos internos que senalan los procedimientos de Evaluacion, Elaboracion e Inscripcion de Actas; y efectivamente, con fecha 15 de MORDAZA del 2009, los docentes: MORDAZA MORDAZA BORNAZ MORDAZA (Decano), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Secretario AcademicoAdministrativo) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINA "profesor" del curso, proceden a suscribir el ACTA FINAL, donde "aprueban" a los alumnos GUINER DUBERLY MORDAZA MORDAZA, SNYDERS EYCK MORDAZA MORDAZA COPA, SHARET MARIASELLA MORDAZA PUMATAY y MORDAZA MORDAZA HUANACUNI RAMOS; Que, los docentes investigados en el presente MORDAZA administrativo habrian incurrido en falta grave que merece detallar, a fin de establecer el grado de responsabilidad que permita en su momento la aplicacion de la sancion correspondiente; en primer lugar: los integrantes del Consejo Directivo Transitorio de la E.A.P de Odontologia, habrian incurrido en falta al someter a una verificacion (revision) de los examenes de los alumnos desaprobados, cuando estos alumnos en ningun momento solicitaron dicho acto, en todo caso si se trataba de una revision total

de la actuacion del docente MORDAZA MORDAZA PAURO ASILLO, debieron revisar tambien las evaluaciones de los demas alumnos desaprobados en dicha acta; ademas dicha "revision" no MORDAZA con la presencia del responsable y titular del Curso; es decir del C.D MORDAZA MORDAZA PAURO ASILLO; en MORDAZA lugar: existe responsabilidad funcional del Decano de la Facultad de Ciencias Medicas al haber permitido la elaboracion de una "nueva" ACTA FINAL del curso de ENDODONCIA CLINICA I y autorizar la firma de dicha Acta por otro docente ajeno al curso, solo con el objeto de favorecer a los referidos alumnos; y en tercer lugar: existe responsabilidad administrativa de los docentes que suscribieron el ACTA FINAL, quienes pese saber la existencia de un ACTA anterior suscrita por el profesor responsable del curso, no dudaron en suscribir otra Acta, INOBSERVANDO la Directiva para la Suscripcion de Actas, en cuyo Numeral 4.3 senala: "Los resultados de las evaluaciones de los alumnos deberan ser inscritos por el profesor responsable del curso con su MORDAZA y letra" y dice ademas en el numeral 4.5, que: "El acta debe ser firmada en forma obligatoria y secuencial por, el profesor de la asignatura, el Secretario AcademicoAdministrativo y el Decano de la Facultad a la que pertenece la asignatura"; Que, la Comision Externa de Procesos Administrativos con Informe de Pronunciamiento de fecha 19 de MORDAZA del 2010, ha llegado a la conclusion de que existe responsabilidad administrativa de los docentes MORDAZA MORDAZA BORNAZ MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINA; y asimismo, se ha establecido responsabilidad Administrativa de los docentes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINA, MORDAZA BARCENA TACO, MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA y finalmente del Decano de la Facultad de Ciencias Medicas, Dr. MORDAZA MORDAZA RENDON, quienes han incurrido en falta administrativa tipificada en el Art. 28 incisos a), d) y h) del D. L. Nº 276 concordante con los Articulos 127º 129º del D. S. Nº 005-90-PCM y que amerita la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario con arreglo a las normas MORDAZA senaladas, Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 33 Inc. f) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, Art. 125º, concordante con el Art. 134 inc. a) del Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA Basadre Grohmann, la Resolucion Consejo Universitario Nº 7418-2010-CU-COGUN/JBG; y en uso de las atribuciones conferidas al Senor Presidente de la Comision de Orden y Gestion mediante Resoluciones Nº 068, 0676, 0681 y 0724-2010-ANR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra los siguientes docentes de la Facultad de Ciencias Medicas de la Universidad Nacional MORDAZA Basadre Grohmann, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de esta Resolucion: - MORDAZA MORDAZA RENDON - MORDAZA MORDAZA BORNAZ MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINA - MORDAZA BARCENA TACO - MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA Articulo Segundo.- NOTIFICAR a los citados docentes, para que en el plazo de cinco (05) dias despues de notificado, presenten ante el Tribunal de Honor sus descargos debidamente documentados. Articulo Tercero.- REMITIR todo lo actuado al Tribunal de Honor de la Universidad Nacional MORDAZA Basadre Grohmann para que MORDAZA conocimiento del presente MORDAZA con las facultades que le confiere la ley y el Estatuto Universitario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 596471-2

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