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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de abril de 2011 441204 Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema N° 012-2006-ED; y la Resolución Directoral Nacional N° 500/INC de fecha 11 de marzo de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Cusco Provincia Chumbivilcas Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Asoqa Tirani Sector 1 Quiñota 0777614.6285 8384947.1957 0777426.8312 8384573.8146 Asoqa Tirani Sector 2 Quiñota 0778162.5899 8384876.7728 0777974.7944 8384876.3910 Asoqa Tirani Sector 3 Quiñota 0778303.4665 8384857.4013 0778115.6703 8384484.0185 Asoqa Tirani Sector 4 Quiñota 0778363.4926 8384886.5323 0778175.6962 8384886.5323 Artículo 2°.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico N° de Plano en Datum PSAD56 N° de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Asoqa Tirani Sector 1 A-01B A-01A 22117.247 2.2117 641.877 Asoqa Tirani Sector 2 A-02B A-02A 7041.000 0.7041 441.505 Asoqa Tirani Sector 3 A-03B A-03A 1929.000 0.1929 176.808 Asoqa Tirani Sector 4 A-04B A-04A 150.000 0.0150 51.655 Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el Artículo 1° y de los planos señalados en el Artículo 2° de la presente resolución. Artículo 4°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5°.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 629342-1 Modifican la R.D. Nº 082/INC, en extremo referido a la clasificación de monumento arqueológico prehispánico El Sauce o Campo Santo Alto, debiendo corresponderle la de sitio arqueológico RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 427-2011-VMPCIC-MC Lima, 13 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 082/ INC de fecha 30 de enero de 2001, se declaró patrimonio cultural de la Nación, entre otros, a la zona arqueológica Campo Santo Alto o El Sauce, ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe N° 118-2011-SDIC-DA/ DREPH/MC de fecha 21 de enero de 2011, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda aprobar el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico El Sauce o Campo Santo Alto, así como la modificatoria de la clasificación con la que fue declarado patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo N° 068 de fecha 27 de enero de 2011, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura lo siguiente: 1. Modifi car el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 082/INC de fecha 30 de enero de 2001, únicamente en el extremo referido a la clasifi cación del monumento arqueológico prehispánico El Sauce o Campo Santo Alto, debiendo corresponderle la de sitio arqueológico. 2. Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico El Sauce o Campo Santo Alto. Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó