Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2011 (19/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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llegando a un minimo de 15% de area libre, la que en este computo no podra afectar, al area comprendida entre el limite de propiedad y el limite de construccion. Articulo 4°.- DE LOS REQUISITOS Para los procedimientos comprendidos en la presente ordenanza se debera cumplir con la MORDAZA de los siguientes requisitos: 1. FUE consignando los datos requeridos en el, por triplicado visando todas las hojas por el responsable de obra y el propietario. 2- Documentacion notarial o Registral que acredite que cuenta con derecho a edificar que represente al titular (en caso el solicitante de la licencia no sea el propietario del predio). 3.- Vigencia de poder, expedida por el Registro de Personas Juridicas, con una anticipacion no mayor de 30 dias naturales, en caso el solicitante sea una persona juridica. 4.- Presupuesto de obra suscrito por el profesional responsable de la obra: En caso se solicite licencia de Regularizacion para Obra Nueva o Ampliacion el presupuesto de obra sera calculado en base al cuadro de Valores Unitarios Oficiales de Edificacion, si no hubiera incremento en el area techada se presentara el presupuesto de obra al nivel de subpartidas, con costos unitarios de MORDAZA publicados en medios especializados indicando la fuente. 5.- Documentacion tecnica suscrita por el titular y los profesionales del proyecto, la misma que estara compuesta por: a. Plano de Ubicacion y Localizacion: un (01) juego, segun formato el cual se adjunta, firmado por un arquitecto colegiado y el o los propietarios. b. Planos de Arquitectura de Planta, cortes y elevaciones de la obra a Regularizar: un (01) juego, firmados por un profesional verificador o constatador arquitecto o ingeniero colegiado y el o los propietarios. · Una vez aprobado, se presentara dos (2) juegos de planos para el resellado correspondiente. 6.- Carta de Seguridad de Obra segun formato el cual se adjunta firmada por un ingeniero Civil colegiado acompanando la boleta de habilitacion respectiva. 7.- De ser el caso si el proyecto a regularizar esta contemplada en modalidad C y D debera adjuntar MORDAZA de recibos de pago por revision de la Comision Calificadora de Proyectos segun Ley Nº 29090. 8.- De ser el caso si el proyecto a regularizar esta contemplada en modalidad C y D presentara Planos y Memoria Descriptiva de INDECI y/o Bomberos. Asi tambien MORDAZA de recibo de pago por los derechos de revision respectivos. 9. Derecho de Pago (Al inicio de tramite) Derecho a Tramite 5.556% de la UIT = 200.00 Multa por construir sin licencia para viviendas (Modalidad A, B) S/. 200.00 Multa Por construir sin licencia 5% V.O ( para vivienda Modalidad C y D, comercio, industria y otros Para la conformidad de Obra y Declaratoria de Fabrica, deberan adjuntar los requisitos senalados en el MORDAZA vigente, manteniendo el mismo numero de expediente ingresado para la regularizacion de Licencia. Articulo 5°.- DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento a seguir sera el siguiente: 1. La MORDAZA de los expedientes se MORDAZA en la Municipalidad de Ate, via Tramite Documentario, previa calificacion administrativa de contar con los requisitos senalados en la presente ordenanza. 2. Para la Calificacion de Proyectos materia de Regularizacion con fines de vivienda, que se encuentran

bajo la Modalidad C o D, la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos aplicara el Decreto Supremo N° 030-2002MTC publicado en el Diario Oficial el Peruano el 30 de junio del 2002 y sus modificatorias con una tolerancia en los parametros, el cual debera de reajustarse para los expedientes que MORDAZA calificados por el area tecnica de la Subgerencia de Obras Privadas; en lo referente al numero de estacionamientos 1 cada 4 unidades de Vivienda y a las area libres: (se debera demostrar que los ambientes iluminan y ventilan adecuadamente llegando) a un minimo de 15%. Para los casos de Regularizaciones de predios comerciales, educativos o industriales, se aplicara el RNE y normas en la materia. 3. Las Licencias emitidas se entregaran a los administrados en la Sub Gerencia de Obras Privadas, previo pago de la Liquidacion correspondiente, conforme a lo senalado en la Ley 29090 y su reglamento. 4. En caso de que el Dictamen de Arquitectura fuera Desaprobado, el administrado recabara en el area de licencias las observaciones para la subsanacion dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha de recepcion de la notificacion. 5. La Subgerencia de Obras Privadas a cargo de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA conformara un equipo multidisciplinario para la atencion de los expedientes que se presenten en merito a la presente ordenanza. Articulo 6°.- DE LAS CARGAS INSCRITAS Los predios que cuenten con cargas inscritas podran acogerse a la presente Ordenanza con una solicitud simple y los requisitos senalados en el Articulo 4° de la presente Ordenanza, a fin de levantar dichas cargas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Para los casos que aun no cuenten con recepcion de obras de habilitacion MORDAZA podran solicitar la regularizacion de licencia. Segunda.- Para los casos que la construccion exceda los limites de propiedad (volados) hacia la via publica, debera acreditarse la distancia de seguridad a los postes aereos y/o lineas de mediana o alta tension, senalados en el Reglamento de Seguridad correspondiente. DISPOSICION FINAL Primera.- Podran acogerse a la presente Ordenanza los ASENTAMIENTOS HUMANOS que cuenten con titulos y planos de lotizacion aprobados otorgados por COFOPRI. Segunda.- Encargar a la Subgerencia de Obras Privadas la elaboracion del Reglamento que establezca las condiciones minimas de habilitabilidad para las regularizaciones establecidas en la Primera Disposicion Final, la misma que se aprobara por Resolucion de Alcaldia. Tercera.- Todo lo que no se ha considerado y no se contraponga a la presente Ordenanza se regira de manera supletoria conforme a lo senalado en el D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 27157, referente a reglamentos de usos para el caso de multifamiliares. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la ejecucion de la MORDAZA y a la Gerencia de Administracion Tributaria, Servicios Sociales y a la Secretaria de Imagen Institucional la difusion de la misma. Quinta.- Se excluyen de los beneficios y facilidades dispuestas en la presente Ordenanza a las edificaciones levantadas en areas de uso publico, en areas determinadas de alto riesgo, declarado monumento historico, zonas arqueologicas, zonas de proteccion, zonas de reglamentacion especial y tratamiento paisajistico o edificaciones levantadas en contravencion de la normatividad sobre medio ambiente. Sexta.- Encargar a la Jefatura de la Oficina General de Administracion, los tramites respectivos para la firma del contrato con la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, a fin de acceder al servicio de publicidad registral en linea, asimismo, a implementar con

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