Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (23/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de abril de 2011 441479 llame la atención por incumplir las normas de CONAFU al no haber realizado el concurso de docentes y haber contratado a los mismos del año anterior”; Que, con Ofi cio Nº 600-2010-CONAFU-P de fecha 10 de mayo de 2010, el Presiente del CONAFU comunicó al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro lo señalado mediante Ofi cio Nº 363-2010-CONAFU-CDAA de fecha 26 de abril de 2010, otorgándole un plazo de ocho (08) días hábiles a fi n de que cumpla con remitir lo indicado en el referido documento; Que, mediante Ofi cio Nº 055-2010/PCO-UPeCEN recibido con fecha 31 de mayo de 2010, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro, remitió la aclaración sobre concurso de docentes del ítem 05, manifestando que con Ofi cio Nº 006-2010/PCO-UPeCEN, recibido con fecha 27 de enero de 2010 se presentó un informe detallado de la situación académica de la referida universidad, con respecto a la cantidad de alumnos ingresantes en el año 2009 y la cantidad de docentes ganadores de concurso, en la cual adjuntaron la distribución de la carga lectiva para el semestre 2010-I, la misma que fue cubierta con los mismos profesores ganadores del concurso del año anterior; asimismo mencionan que de acuerdo al Art. 3º de la Resolución Nº 121-2007- CONAFU, Reglamento del Concurso Público de Plazas de Docentes Contratados y de conformidad al artículo 4º del Reglamento de ingreso a la docencia mediante contrato de la Universidad Peruana del Centro aprobado por Resolución Nº 373-2008-CONAFU, la Comisión de Gobierno de la universidad acordó prorrogar el contrato de profesores ganadores de concurso hasta diciembre de 2010, previa evaluación, siendo ello el motivo por el cual no se realizó el proceso de concurso de docentes para el inicio del año 2010-I; Que, con Ofi cio Nº 0435-2010-CONAFU-CDAA de fecha 10 de junio de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos da a conocer que la Universidad Peruana del Centro informa ante este Consejo Nacional acerca de la prórroga del contrato de los Profesores Ganadores del Concurso para el semestre académico 2010-I hasta el 31 de diciembre del presente año, previa evaluación; ante ello opina que: Es conveniente aceptar la prórroga del contrato de los docentes para el presente semestre 2010- I de la Universidad Peruana del Centro y se solicite al Presidente de la Comisión Organizadora la presentación del PDI Modifi cado en el más breve plazo para que en futuras evaluaciones se tenga la información real de la Universidad; Que, por Ofi cio Nº 729-2010-CONAFU-P de fecha 11 de junio de 2010, el Presidente del CONAFU comunicó al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro lo señalado mediante Ofi cio Nº 0435- 2010-CONAFU-CDAA de fecha 10 de junio de 2010, otorgándole un plazo de quince (15) días hábiles a fi n de que cumpla con remitir el PDI Modifi cado; Que, con Ofi cio Nº 072-2010/PCO-UPeCEN recibido con fecha 05 de julio de 2010, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro, en atención al Ofi cio Nº 729-2010-CONAFU-P, de fecha 11 de junio de 2010, manifestó que la Autorización Provisional de Funcionamiento de la Universidad Peruana del Centro fue concedida el 11 de marzo de 2009, mediante Resolución Nº 133-2009-CONAFU, y de conformidad con la Resolución Nº 196-2007-CONAFU, se dispone que para modifi car el PDI hay un plazo de dos (02) años; es decir desde el 11 de marzo de 2009 hasta el 11 de marzo de 2011, no obstante señaló, que con la debida anticipación presentará el correspondiente PDI Modifi cado; Que, mediante Ofi cio Nº 0002-2011/PCO-UPeCEN recibido con fecha 05 de enero de 2011, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro, manifi esta que, en sesión de fecha 21 de junio de 2010 acordó modifi car el PDI de la Universidad Peruana del Centro, teniendo en cuenta las causales b y c de la Resolución Nº 196-2007-CONAFU, designándose una Comisión para la elaboración de dicho documento, la misma que fue aprobada y presentada al CONAFU con toda la documentación correspondiente de conformidad a los requisitos exigidos en la Resolución Nº 196-2007-CONAFU para su aprobación, remitiendo para mayor información los siguientes documentos: Copia Certifi cada Notarialmente del Acta del Acuerdo de la Comisión Organizadora en la que se acuerda la Modifi cación del PDI, Copia Certifi cada Notarialmente del Acta del Acuerdo de la Comisión Organizadora en la que se aprueba el Proyecto del PDI Modifi cado, Cuadro de Especialización de los Volúmenes y Cuadro de notas de modifi cación del PDI mediante el cual se hace notar las modifi caciones propuestas en relación con el PDI vigente; Que, mediante Informe Legal Nº 030-2011-CONAFU- CJ de fecha 17 de enero de 2011, la Comisión Jurídica del CONAFU da a conocer que el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro, solicita la aprobación de su Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado, la misma que luego de haber sido evaluado informa que: “De acuerdo a lo establecido por la Directiva aprobada por Resolución Nº 196-2007- CONAFU que regula el procedimiento para modifi car el Proyecto de Desarrollo Institucional de las universidades bajo competencia del CONAFU, corresponde a esta Comisión Jurídica evaluar la Parte B) del Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la Universidad Peruana del Centro. Por ello, siendo el estado del procedimiento y en ejercicio de la competencia delegada en el ítem 2.1 del numeral 2 de la referida Directiva, procedemos a verifi car si la citada parte B) del PDI Modifi cado presentado cumple con los requisitos de admisibilidad que exige el ítem 1 de la misma norma. Así tenemos: 1) Se ha verifi cado la presentación de la copia certifi cada notarial del Acta de Sesión de la Comisión Organizadora de fecha 21.06.2010, en la cual consta el Acuerdo por el que se autoriza al Presidente de la Comisión Organizadora a tomar las acciones correspondientes para la modifi cación del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Peruana del Centro; así como de la copia certifi cada notarial del Acta de Sesión de fecha 21.12.2010 que contiene el acuerdo por el cual se aprueba el Proyecto de Modifi cación del PDI y se autoriza su presentación ante el CONAFU para su evaluación y aprobación; razón de ello otorgamos conformidad a estos requisitos de admisibilidad, 2) Que, respecto a la parte “B” se ha verifi cado que el recurrente ha cumplido con remitir el estatuto, Reglamento General, Reglamento Interno de Trabajo. Sin embargo, indicamos que el Reglamento de Organización y Funciones, Organigrama de la Institución Educativa, Declaración Jurada indicando correo electrónico en el cual recibirá toda clase de notifi caciones, Escritura Pública de Constitución de la Promotora, Constancia de Inscripción en la SUNARP, Declaración Jurada que no registra antecedentes penales cada uno de los integrantes de la Promotora, Nómina de Directivos y Carta Compromiso; no han sido presentados. En consecuencia no otorgamos conformidad a estos requisitos, y 3) Respecto al pago de la Tasa Administrativa, se ha cumplido con acreditar el pago respectivo conforme se aprecia de la Factura Nº. 001-0009545 que en copia se adjunta, por lo que damos conformidad a este requisito de admisibilidad”; por lo que sugiere: Se traslade la observación advertida por esta comisión a fi n de que el recurrente proceda a subsanar la misma en un plazo de cinco (05) días hábiles, de conformidad a lo dispuesto por el segundo párrafo del ítem 2 de la Directiva aprobada por Resolución Nº 196-2007- CONAFU, bajo apercibimiento de expedirse la resolución de inadmisibilidad en caso de incumplimiento; Que, mediante Ofi cio Nº 072-2011-CONAFU-CDAA de fecha 18 de enero de 2011, el Consejero de Asuntos Académicos da a conocer que con Ofi cio Nº 0002- 2011/PCO-UPeCEN, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro hace llegar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado para su aprobación, solicitado mediante Ofi cio Nº 729- 2010-CONAFU-P, en concordancia con la Resolución Nº 213-2010-CONAFU que Aprueba y Autoriza el funcionamiento de las nuevas Carreras Profesionales de: 1) Administración de Empresas, 2) Ingeniería Civil, cada una con cincuenta (50) vacantes por ciclo académico; sumadas a las Carreras Profesionales de Enfermería, Derecho y Ciencia Política y Obstetricia, cada una con 100 vacantes por ciclo académico, según