Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2011 (24/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de agosto de 2011

se califico, entre otros, el cargo de Ejecutivo Adjunto I, en la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; Que, con Carta de fecha 08 de agosto de 2011, el medico cirujano MORDAZA MORDAZA Clendenes MORDAZA ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designado; Que, estando a lo solicitado en el documento de visto resulta necesario aceptar la renuncia del funcionario MORDAZA indicado y designar a la profesional propuesta; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276 y el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM y en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el medico cirujano MORDAZA MORDAZA Clendenes MORDAZA, al cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud. Articulo 2º.- Designar a la ingeniera civil MORDAZA MORDAZA Ascasibar MORDAZA, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 681850-3

Supremo, sin perjuicio de la obligacion de registrar en el T-Registro el alta, la modificacion o la baja a que se refiere el articulo 4-A del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR; Que, segun el numeral 7.4 del articulo 7º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, dicho Sector cumple la funcion exclusiva de establecer, conducir y supervisar los sistemas de registro de caracter administrativo para la generacion de informacion y estadisticas nacionales en las materias de su competencia; Que, en ese sentido, el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo se encuentra facultado a aprobar la regulacion de los registros administrativos mediante resolucion ministerial; Que, resulta necesario que el PDT Planilla Electronica Formulario Virtual N° 0601 continue siendo utilizado por los empleadores para la MORDAZA de la PLAME, lo que permitira fortalecer la MORDAZA de difusion de la nueva estructura de la Planilla Electronica asi como de los nuevos soportes electronicos e incidira en el cumplimiento adecuado de las obligaciones laborales y de seguridad social que el empleador deba cumplir; Con las visaciones del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el numeral 7.4 del articulo 7º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 018-2007TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Excepcionalmente, la SUNAT determinara los casos en que se presentara la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) utilizando el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual 0601 aprobado por dicha entidad para la MORDAZA de la Planilla Electronica, hasta el periodo o periodos que esta establezca, conforme a sus atribuciones establecidas en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR. Lo senalado en el parrafo anterior sobre la utilizacion del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual 0601 es sin perjuicio de la obligacion de registrar en el T-REGISTRO el alta, la modificacion o la baja a que se refiere el articulo 4-A del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR. Articulo 2º.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 681851-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 013-2011-TR Mediante Oficio Nº 615-2011-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 013-2011-TR, publicado en nuestra edicion del dia 20 de agosto de 2011. En la Tercera Disposicion Final Complementaria y Transitoria; DICE: (...) Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" se continuaran ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demas instrumentos. DEBE DECIR: (...) Manual de Operaciones, los componentes vinculados al "Programa de Capacitacion Laboral Juvenil - PROJOVEN", se continuaran ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demas instrumentos.

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Disponen que, excepcionalmente, la SUNAT determine los casos en que se presentara la PLAME utilizando el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual 0601
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 252-2011-TR MORDAZA, 23 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR se establecieron disposiciones relativas al uso del documento denominado "Planilla Electronica"; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2010TR se modifico el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, para efectos de su mejor aplicacion, aprobando la nueva estructura de la Planilla Electronica, la misma que pasaria a estar conformada por el Registro de Informacion Laboral (T-REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME); Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2011-TR se aprobaron las normas de adecuacion al T-REGISTRO y PLAME; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2011TR incorporo la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria al Decreto Supremo Nº 015-2010-TR, en virtud de la cual, excepcionalmente, para los periodos comprendidos entre agosto y noviembre de 2011, los empleadores podrian presentar la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) utilizando el PDT Planilla Electronica Formulario Virtual 0601 aprobado por la SUNAT para la MORDAZA de la Planilla Electronica de los periodos anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto

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