Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2011 (24/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de agosto de 2011

articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Que, el articulo 13º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, senala que la SBN, constituye un pliego presupuestal; Que, el articulo 75º.2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, mediante Oficio Nº 097-2011-CNT ingresado a la SBN con fecha 18 de marzo de 2011, la Corporacion Nacional de Tasadores S.A.C, remitio el informe de valuacion comercial del terreno MORDAZA referido, cuyo valor asciende a la suma de US$ 46,750.15 (Cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y 15/100 Dolares Americanos); Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo senalado en la Directiva Nº 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la Venta Directa por Causal de predios de dominio privado del Estado de Libre Disponibilidad" aprobada por Resolucion Nº 020-2011/SBN de fecha 08 de MORDAZA de 2011, se publico con fecha 12 de MORDAZA de 2011 en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario "Expreso", asi como en la Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasacion comercial del terreno descrito, con la finalidad que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de diez (10 ) dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibio oferta alguna; Que, la empresa World Cuisine S.R.L, inscrita en la Partida Nº 00347566 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, mediante carta ingresada a la SBN el 01 de MORDAZA de 2011, ha manifestado su aceptacion expresa respecto del valor de la tasacion del terreno materia de venta; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 193-2011/SBNDGPE-SDDI de fecha 05 de MORDAZA de 2011, la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario ha opinado favorablemente por la adjudicacion en venta directa del terreno a favor de la empresa World Cuisine S.R.L ,dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal a) del articulo 77º de Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA, se ha modificado la estructura organica de la SBN, correspondiendo a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, sustentar y aprobar la disposicion de bienes estatales, previa conformidad del Superintendente Nacional de Bienes Estatales de acuerdo a lo dispuesto en el literal a) del Articulo 48º del citado Reglamento, correspondiendo en el presente caso a la SBN dada su condicion de titular de dominio, aprobar su adjudicacion en venta directa; Que, mediante Memorando Nº 06440-2011/SBNDGPE de fecha 29 de MORDAZA de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorando Nº 06719-2011/SBN-SGOAJ de fecha 30 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite la conformidad a la venta por causal al predio descrito en el 2º considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorando Nº 10087-2011/SBN de fecha 10 de agosto de 2011, el Superintendente Nacional de Bienes Estatales ha dado su conformidad a la venta por causal de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y FuncionesROF de la Superintendente Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0072008-VIVIENDA y su modificatoria Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, la Directiva N° 003-2011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN, Decreto de Urgencia N° 071-2001 y Resolucion Nº 035-2011/SBN-SG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa a favor de la empresa World Cuisine S.R.L, del terreno 1,514.42

m², signado como Area Independizada del Remanente 2 del terreno ubicado entre la Curva Generada por la Av. El Silencio y el MORDAZA MORDAZA, distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12228447 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado en el Registro SINABIP Nº 16924 del Libro de Lima. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba asciende a la suma de US$ 46,750.15 (Cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y 15/100 Dolares Americanos) conforme a la valorizacion actualizada efectuada por la empresa Corporacion Nacional de Tasadores, suma que debera ser cancelada en el plazo de 30 dias habiles a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales otorgara la Escritura Publica de transferencia respectiva a favor de la empresa World Cuisine S.R.L, Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, inscribira en el Registro de Predios del MORDAZA, el acto a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la presente y de la correspondiente escritura publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 681065-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Exceptuan a la empresa Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. - SEAL por seis meses de la obligacion de la inscripcion en el Registro de Hidrocarburos, incorporandola al Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP)
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 165-2011-OS/CD MORDAZA, 18 de agosto de 2011 VISTO: El Memorando Nº 2229-2011-GFHL/DPD de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, a traves del cual se somete a la aprobacion del Consejo Directivo la medida transitoria que exceptua a la SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A. - SEAL, del cumplimiento de parte de las obligaciones establecidas en los Reglamentos para la Comercializacion de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobados por los Decretos Supremos Nº 030-98-EM y Nº 045-2001-EM. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su

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